Contrato de Trabajo Especial de los Deportistas Profesionales - Formulario Modelo Word y PDF Pro · ES-law
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CONTRATO DE TRABAJO ESPECIAL DE DEPORTISTA PROFESIONAL
En ________, a ________
REUNIDOS
De una parte,
________, mayor de edad, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF número ________, actuando en su propio nombre y derecho. A los efectos del presente Contrato, su Código de Cuenta de Cotización a la Seguridad Social es ________.
En adelante, la "Empleadora".
De otra parte,
________, mayor de edad, con DNI/NIF número ________, número de afiliación a la Seguridad Social ________, nacionalidad ________, fecha de nacimiento ________, y domicilio en ________, actuando en su propio nombre y derecho.
En adelante, el "Deportista".
La Empleadora y el Deportista podrán ser denominados, en adelante, individualmente, la "Parte" y, conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria y suficiente para contratar y obligarse en la representación con que actúan, y siendo responsables de la veracidad de sus manifestaciones,
EXPONEN
I.- Que el Deportista desarrolla, de forma voluntaria, por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de la Empleadora, una actividad deportiva profesional, de manera regular y a cambio de una retribución, en los términos del artículo 1 del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales. En concreto, el Deportista es: ________.
II.- Que la Empleadora compite en campeonatos o competiciones deportivas, o desarrolla una actividad relacionada con eventos deportivos, consistente en: ________.
III.- Que las Partes manifiestan reunir todos los requisitos legales exigidos para la válida celebración del presente Contrato.
IV.- Que la Empleadora está interesada en contratar los servicios profesionales del Deportista y este en prestarlos, en las condiciones que se establecen en el presente documento.
V.- Y que, habiendo llegado las Partes, libre y espontáneamente, a una coincidencia mutua de sus voluntades, formalizan el presente CONTRATO DE TRABAJO ESPECIAL DE DEPORTISTAS PROFESIONALES, en adelante el "Contrato" o el "Contrato de trabajo", que tiene por objeto el establecimiento de una relación laboral de carácter especial entre las Partes, así como la determinación de sus términos y condiciones, y que se regirá por las siguientes,
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- Objeto y puesto de trabajo.
El presente Contrato de trabajo, de duración determinada conforme al artículo 6 del Real Decreto 1006/1985, se celebra para la participación del Deportista en los siguientes eventos o competiciones deportivas:
________
El Deportista prestará sus servicios en el puesto de: ________, desarrollando, en concreto, las siguientes funciones:
________
El Deportista deberá realizar la actividad pactada con la diligencia que le es exigible conforme a las reglas del juego o de la modalidad deportiva, así como observar la normativa deportiva aplicable y las instrucciones técnicas de la Empleadora.
SEGUNDA.- Lugar de trabajo.
El Deportista prestará sus servicios en el centro de trabajo ubicado en:
________
No obstante, la Empleadora se reserva el derecho de modificar, respetando los plazos de preaviso legalmente establecidos, el lugar de entrenamiento y/o competición del Deportista, incluso si dicho traslado exige un cambio de residencia, siempre que concurran probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. En tal supuesto, el Deportista gozará de los derechos reconocidos en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores, en cuanto resulte compatible con la naturaleza especial de la relación.
TERCERA.- Jornada de trabajo.
La jornada de trabajo del Deportista será a tiempo completo.
La jornada de trabajo será de ________ horas semanales, distribuidas de la siguiente manera:
________
Dado el carácter itinerante de la actividad deportiva, el régimen de desplazamientos quedará regulado del siguiente modo:
________
CUARTA.- Duración del Contrato.
La duración del presente Contrato, de carácter determinado conforme al artículo 6 del Real Decreto 1006/1985, se extenderá desde el día ________ hasta la fecha del último evento, esto es, hasta el día ________. El Contrato podrá prorrogarse mediante acuerdo expreso y por escrito de las Partes, sucesivamente, por la duración que en cada caso se pacte.
QUINTA.- Período de prueba.
Las Partes acuerdan establecer un período de prueba de ________ de duración, dentro de los límites legal y convencionalmente admisibles.
Durante este período de prueba ambas Partes deberán cumplir con sus respectivas obligaciones y gozarán de los derechos derivados de la relación laboral. No obstante, cualquiera de ellas podrá instar la resolución de este Contrato sin necesidad de alegar motivo o causa alguna, y sin que ello dé lugar a indemnización. Para instar dicha resolución, la Parte interesada deberá notificarlo a la otra, de forma fehaciente, con un preaviso mínimo de siete días naturales a la fecha en que el desistimiento haya de surtir efecto.
Aun no mediando indemnización, la Empleadora deberá, en todo caso, abonar al Deportista la liquidación correspondiente a los días efectivamente trabajados, así como la parte proporcional de vacaciones y de las pagas extraordinarias devengadas durante el período trabajado.
Transcurrido el período de prueba sin que se haya producido el desistimiento, el presente Contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados a efectos de antigüedad del Deportista en el club o entidad deportiva.
SEXTA.- Cesión del Deportista.
De conformidad con el artículo 11 del Real Decreto 1006/1985, durante la vigencia del Contrato la Empleadora podrá ceder temporalmente al Deportista a otra entidad deportiva o club, siempre que medie el consentimiento expreso del Deportista.
Si la cesión se realizase a cambio de una contraprestación económica en favor de la Empleadora, el Deportista tendrá derecho a percibir una cantidad que no podrá ser inferior al quince por ciento (15%) bruto de dicha contraprestación, una vez deducidos los gastos de gestión.
Expirado el plazo de cesión, el Deportista se reintegrará a la Empleadora cedente en las condiciones establecidas en el presente Contrato.
SÉPTIMA.- Retribución.
El Deportista percibirá una retribución bruta anual de ________ € (________ euros), que se distribuirá en los siguientes conceptos salariales:
________
Tendrán a todos los efectos la consideración de salario todas las percepciones que el Deportista reciba de la Empleadora, en dinero o en especie, como retribución por la prestación de sus servicios profesionales, sin perjuicio de los conceptos extrasalariales que legalmente proceda.
El pago de la retribución se efectuará mensualmente, por meses vencidos, el día ________ de cada mes. El pago se realizará mediante transferencia o ingreso bancario en la cuenta titularidad del Deportista cuyos datos hayan sido facilitados a la Empleadora, debiendo el Deportista comunicar cualquier modificación de los mismos.
La documentación del salario se efectuará mediante la entrega al Deportista de un recibo individual y justificativo del pago, ajustado al modelo legalmente aplicable.
OCTAVA.- Vacaciones anuales.
La duración de las vacaciones anuales retribuidas del Deportista será la siguiente: ________, y nunca inferior a treinta días naturales. Estos días de vacaciones se reducirán proporcionalmente en los supuestos en que el Deportista no preste sus servicios durante todos los días que, en el conjunto del año, tengan la consideración de laborables.
El calendario de vacaciones se fijará de manera que el Deportista conozca las fechas que le corresponden con, al menos, dos meses de antelación al comienzo de su disfrute, respetándose en todo caso lo establecido en el convenio colectivo aplicable.
El disfrute de las vacaciones deberá producirse dentro del año natural al que correspondan, no siendo posible su acumulación, salvo que la fecha prevista de disfrute coincida en el tiempo con una situación de incapacidad temporal, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.
En caso de extinción del Contrato de trabajo, las vacaciones anuales no disfrutadas serán objeto de compensación económica, que se incluirá en el correspondiente finiquito.
NOVENA.- Reconocimientos y revisiones médicas.
De conformidad con el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como con la normativa contenida en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, el Deportista presta su consentimiento para que se vigile su estado de salud en función de los riesgos inherentes a la actividad profesional, garantizándose el respeto a su intimidad y dignidad y a la confidencialidad de la información relativa a su estado de salud.
DÉCIMA.- Preaviso de extinción.
Salvo condición más beneficiosa, se acuerda que el preaviso de cese voluntario del Deportista será de ________, mediante notificación fehaciente dirigida a la Empleadora.
Si el Deportista incumpliera, total o parcialmente, este preaviso, quedará obligado a compensar a la Empleadora con una cuantía equivalente a los salarios correspondientes a la duración del período incumplido, salvo que la terminación del Contrato tenga lugar por incumplimiento de la Empleadora, en cuyo caso el Deportista no deberá respetar plazo de preaviso alguno.
Por su parte, la Empleadora deberá comunicar al Deportista la terminación del Contrato con una antelación de ________. La falta de preaviso por parte de la Empleadora dará lugar al abono al Deportista de los salarios correspondientes al número de días con los que debiera haberse preanunciado la extinción del Contrato.
DECIMOPRIMERA.- Extinción del Contrato.
El presente Contrato se extinguirá por las causas previstas en el artículo 13 del Real Decreto 1006/1985 y, supletoriamente, por las establecidas en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores. En los supuestos de extinción por despido improcedente, desistimiento de la Empleadora o incumplimiento de cualquiera de las Partes, se estará al régimen indemnizatorio previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Real Decreto 1006/1985, debiendo procederse a la liquidación y finiquito de las cantidades pendientes.
DECIMOSEGUNDA.- Comunicación y registro del Contrato.
El contenido del presente Contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo Estatal dentro de los diez días siguientes a la fecha de su concertación, que figura en el encabezamiento. Asimismo, cuando proceda, se registrará ante la Federación deportiva o entidad organizadora correspondiente, conforme a su normativa específica.
DECIMOTERCERA.- Régimen de la imagen del Deportista.
La explotación comercial de la imagen del Deportista se regirá por lo que las Partes pacten expresamente. A tal efecto, el régimen de cesión y/o explotación de los derechos de imagen, así como su contraprestación, será el siguiente: ________. En lo no previsto, el Deportista conservará la titularidad de sus derechos de imagen conforme a la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo.
DECIMOCUARTA.- Confidencialidad.
El Deportista se obliga a guardar la más estricta confidencialidad sobre toda la información de carácter reservado, técnico, deportivo, comercial, económico, organizativo o de cualquier otra índole a la que tenga acceso como consecuencia de la relación laboral establecida en el presente Contrato.
Esta obligación de confidencialidad subsistirá incluso tras la extinción del presente Contrato, por cualquier causa que esta se produzca, y se mantendrá vigente mientras la información no sea de dominio público.
El Deportista no podrá utilizar dicha información en beneficio propio o de terceros, ni divulgarla a personas ajenas a la Empleadora, sin el consentimiento expreso y por escrito de esta.
El incumplimiento de esta obligación de confidencialidad facultará a la Empleadora para reclamar los daños y perjuicios que de ello pudieran derivarse, sin perjuicio de las demás acciones legales que le correspondan.
DECIMOQUINTA.- Protección de datos de carácter personal.
Las Partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal a los que tengan acceso con motivo del presente Contrato de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos personales del Deportista serán tratados por la Empleadora con la finalidad de gestionar y mantener la relación laboral, así como para el cumplimiento de las obligaciones legales que le incumben. La base jurídica del tratamiento es la ejecución del presente Contrato y el cumplimiento de obligaciones legales por parte de la Empleadora.
El Deportista podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición dirigiéndose por escrito a la Empleadora en el domicilio indicado en el encabezamiento del presente Contrato, así como presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
DECIMOSEXTA.- Legislación aplicable y jurisdicción competente.
Las Partes reconocen quedar obligadas por el presente Contrato, así como por sus correspondientes anexos, si los hubiere, y por sus efectos jurídicos, y se comprometen a su cumplimiento de buena fe.
Todo litigio relativo, especialmente, pero no exclusivamente, a la formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución o terminación de este Contrato y, en general, a la relación laboral establecida entre las Partes, se someterá a la legislación española vigente que resulte de aplicación. Particularmente, se regirá por el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales; supletoriamente, por el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte; y por el siguiente convenio colectivo de aplicación: ________.
En caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación derivada del presente Contrato o relacionada con el mismo, las Partes se someterán a la jurisdicción del orden social, ante los Juzgados y Tribunales que resulten competentes conforme a la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, ambas Partes firman todas las hojas de este Contrato en tres ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
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Dña./D. ________, en su propio nombre y representación (La Empleadora)
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D./Dña. ________, en su propio nombre y representación (El Deportista)
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