Con este modelo puedes preparar la comunicación identificando a las partes y la situación. A continuación explicamos cómo funciona, qué debe contener y cómo completarla, con descarga en Word y PDF.
Incapacidad permanente y extinción
Cuando se reconoce una incapacidad permanente que impide al trabajador realizar su trabajo, el contrato puede extinguirse por esa causa. Se trata de una situación con particularidades respecto a otras formas de finalización.
La comunicación deja constancia de la extinción y de su fundamento.
Qué debe contener
- identificación de las partes,
- referencia a la incapacidad permanente reconocida,
- comunicación de la extinción del contrato,
- fecha de efectos,
- referencia a la liquidación que corresponda,
- fecha y firma.
Cómo rellenar el modelo
- Introduce los datos de las partes.
- Indica la causa y la fecha de efectos.
- Revisa la vista previa.
- Descarga la comunicación en Word y PDF y entrégala dejando constancia.
Recomendaciones
- refleja la causa con claridad,
- ten presentes las particularidades de esta situación,
- calcula la liquidación que proceda,
- el asesoramiento profesional es aconsejable.
Preguntas frecuentes
¿La incapacidad permanente extingue siempre el contrato?
Depende del grado y de la situación concreta. En algunos casos da lugar a la extinción y en otros a la suspensión. Conviene valorar cada supuesto.
¿En qué se diferencia de la suspensión?
La extinción pone fin al contrato; la suspensión lo mantiene en suspenso, por ejemplo cuando la incapacidad es revisable. Son situaciones distintas.
¿Corresponde liquidación?
Al extinguirse el contrato pueden corresponder determinadas cantidades. Conviene calcularlas correctamente.
¿Conviene asesorarse?
Sí. Por sus particularidades, el asesoramiento profesional es recomendable.
¿Puedo editar el modelo?
Sí. Es editable en Word y puedes regenerar el PDF cuando lo necesites.
Contenido revisado periódicamente para mantenerlo claro y actualizado.