ORDEN DE DOMICILIACIÓN DE ADEUDO DIRECTO SEPA
(Mandato de domiciliación bancaria conforme al Reglamento (UE) n.º 260/2012)
En ________, a ________.
REUNIDOS
De una parte, EL DEUDOR (ordenante): ________, mayor de edad, con DNI/NIF número ________ y domicilio a efectos de notificaciones en ________, actuando en su propio nombre y derecho (en adelante, el «Deudor»).
De una parte, EL DEUDOR (ordenante): ________, sociedad con N.I.F. número ________, con domicilio social a efectos de notificaciones en ________, inscrita en el Registro Mercantil de ________ y representada por ________, con DNI/NIE número ________, en su condición de ________ (en adelante, el «Deudor»).
De otra parte, EL ACREEDOR (beneficiario): ________, con CIF/NIF número ________ y domicilio en ________, debidamente representada por ________, con DNI/NIF número ________ (en adelante, el «Acreedor»). Identificador del Acreedor (Identificador de Acreedor SEPA): ________. Referencia única del mandato: ________.
De otra parte, EL ACREEDOR (beneficiario): ________, mayor de edad, con DNI/NIF número ________ y domicilio en ________, actuando en su propio nombre y derecho (en adelante, el «Acreedor»). Identificador del Acreedor (Identificador de Acreedor SEPA): ________. Referencia única del mandato: ________.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para otorgar el presente documento y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que entre las partes existe una relación comercial o contractual de la que se derivan pagos periódicos a favor del Acreedor.
I. Que entre las partes existe una relación comercial o contractual de la que se deriva un pago a favor del Acreedor.
II. Que el Deudor desea atender dichos pagos mediante adeudo directo en cuenta, otorgando el presente mandato de domiciliación al amparo de la normativa aplicable, en particular el Reglamento (UE) n.º 260/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, así como el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y de otras medidas urgentes en materia financiera.
II. Que el Deudor desea atender dicho pago mediante un único adeudo directo en cuenta, otorgando el presente mandato de domiciliación al amparo de la normativa aplicable, en particular el Reglamento (UE) n.º 260/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, así como el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y de otras medidas urgentes en materia financiera.
En su virtud, el Deudor
AUTORIZA Y ORDENA
conforme a las siguientes
ESTIPULACIONES
§ 1. Objeto y autorización. El Deudor autoriza expresamente al Acreedor a iniciar órdenes de cobro mediante adeudo directo en la cuenta bancaria identificada en la estipulación § 3, y a su entidad bancaria a adeudar en dicha cuenta los importes correspondientes a tales órdenes, en los términos previstos en el presente mandato y de conformidad con el artículo 43 y concordantes del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre.
§ 2. Importe, periodicidad y forma de pago. El importe del adeudo recurrente asciende a ________ euros (________ €), con periodicidad ________. El tipo de pago tiene carácter ________ (recurrente / único). El cobro se realizará en la siguiente forma y fechas:
§ 2. Importe y forma de pago. El importe del adeudo asciende a ________ euros (________ €). El tipo de pago tiene carácter único. El cobro se realizará en la siguiente forma y fecha:
________
La presente domiciliación se efectúa en relación con la siguiente actividad, servicio o concepto:
________
§ 3. Cuenta de cargo. Los adeudos se efectuarán en la siguiente cuenta de pago del Deudor:
§ 3. Cuenta de cargo. El adeudo se efectuará en la siguiente cuenta de pago del Deudor:
- Entidad bancaria: ________
- Titular de la cuenta: ________
- Número IBAN: ________
- Código de Identificación Bancaria (BIC/SWIFT): ________
- Domicilio de la entidad bancaria: ________
Xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxx xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxx xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx.
Xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxx xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxx xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx.
§ 6. Revocación del mandato. El presente mandato podrá ser revocado por el Deudor en cualquier momento, mediante notificación escrita y fehaciente dirigida al Acreedor, surtiendo efectos respecto de los adeudos cuya orden de cobro se inicie con posterioridad a la recepción de dicha notificación, sin perjuicio de las obligaciones de pago derivadas de la relación contractual subyacente, que subsistirán por los medios alternativos que las partes acuerden.
§ 7. Vigencia. Este mandato de domiciliación se emite con carácter indefinido y permanecerá vigente mientras subsista la relación comercial o contractual entre las partes, salvo revocación expresa conforme a la estipulación § 6. El mandato caducará automáticamente cuando hayan transcurrido treinta y seis (36) meses desde la última orden de cobro presentada a su amparo, conforme a la normativa de adeudos SEPA.
§ 7. Vigencia. Este mandato de domiciliación se emite para un único adeudo y quedará sin efecto una vez atendido este, salvo revocación expresa conforme a la estipulación § 6.
§ 8. Protección de datos de carácter personal. En cumplimiento del artículo 65 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, el tratamiento y la cesión de los datos personales incluidos en este mandato quedan sometidos a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Los datos serán tratados por el Acreedor, en calidad de responsable del tratamiento, con la finalidad de gestionar los cobros derivados de la relación contractual, sobre la base de la ejecución del contrato y del cumplimiento de obligaciones legales. El Deudor podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad dirigiéndose a la dirección del Acreedor indicada en el encabezamiento o a la siguiente dirección: ________, así como reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
§ 9. Legislación aplicable y fuero. El presente mandato se rige por la legislación española. Para la resolución de cuantas cuestiones pudieran derivarse de su interpretación o cumplimiento, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de ________, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, salvo el imperativo legalmente establecido para el caso de que el Deudor tenga la condición de consumidor.
Y en prueba de conformidad, el Deudor firma el presente mandato de domiciliación en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
...............................................
EL DEUDOR
________
...............................................
EL DEUDOR
________
________, en nombre y representación de la sociedad deudora
Sus derechos como deudor relativos a esta orden de domiciliación se recogen en las condiciones que su entidad bancaria pueda facilitarle. Conserve una copia del presente mandato firmado.
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