Acuerdo de Compensación Económica por el uso Exclusivo del Inmueble - Formulario Modelo Word y PDF Pro · ES-law
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ACUERDO ENTRE COPROPIETARIOS PARA EL USO EXCLUSIVO DE INMUEBLE EN PROINDIVISO CON COMPENSACIÓN ECONÓMICA
En ________, a ________
REUNIDOS
De una parte, el COPROPIETARIO CEDENTE:
D.ª ________, mayor de edad, con DNI/NIE núm. ________, y domicilio en ________, actuando en su propio nombre y derecho, titular de una cuota de copropiedad del ________%.
De otra parte, el COPROPIETARIO OCUPANTE:
D.ª ________, mayor de edad, con DNI/NIE núm. ________, y domicilio en ________, actuando en su propio nombre y derecho, titular de una cuota de copropiedad del ________%.
Ambas partes, en la condición en que respectivamente intervienen, se reconocen recíprocamente la capacidad legal y la legitimación necesarias para el otorgamiento del presente Acuerdo, y a tal efecto
EXPONEN
I.- Que ambas partes son copropietarias en régimen de comunidad de bienes (proindiviso), conforme a los artículos 392 y siguientes del Código Civil, de la siguiente finca: vivienda sita en ________, con referencia catastral ________, e inscrita en el Registro de la Propiedad de ________, al tomo ________, libro ________, folio ________, finca registral núm. ________ (en adelante, la "Vivienda").
II.- Que la Vivienda es indivisible o de difícil división, por lo que las partes, en uso de la facultad de adoptar acuerdos sobre la administración y mejor disfrute de la cosa común reconocida en el artículo 398 del Código Civil, han convenido atribuir su uso exclusivo a D.ª ________, a cambio de la compensación económica que más adelante se establece a favor del COPROPIETARIO CEDENTE, conforme a la doctrina del artículo 394 del Código Civil sobre el uso de la cosa común.
III.- Que el presente Acuerdo tiene naturaleza estrictamente civil y no constituye contrato de arrendamiento, no resultando de aplicación la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, por cuanto el ocupante ostenta la condición de copropietario de la finca.
Reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación suficientes, las partes convienen suscribir el presente Acuerdo con arreglo a las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- OBJETO
De común acuerdo, y al amparo de los artículos 394 y 398 del Código Civil, las partes convienen que D.ª ________ utilice con carácter exclusivo y excluyente la Vivienda descrita en el Expositivo I, sin que ello altere las cuotas de copropiedad de cada parte ni implique transmisión alguna de la propiedad o de la posesión a título de dueño.
El COPROPIETARIO OCUPANTE se obliga a destinar la Vivienda exclusivamente a su vivienda habitual, no pudiendo variar dicho destino, ni cederla, subarrendarla o ceder su uso a terceros, en todo o en parte, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito del COPROPIETARIO CEDENTE. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución del presente Acuerdo.
SEGUNDA.- DURACIÓN
El uso exclusivo de la Vivienda se pacta libremente por las partes por el plazo de ________, a contar desde el día ________.
Llegado el día del vencimiento, el Acuerdo se prorrogará automáticamente por períodos anuales, hasta un máximo de ________ prórrogas, salvo que cualquiera de las partes manifieste a la otra, con una antelación mínima de treinta (30) días a la fecha de terminación del Acuerdo o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no prorrogarlo.
De conformidad con el artículo 400 del Código Civil, ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad, por lo que el presente Acuerdo se entiende sin perjuicio del derecho de cualquiera de las partes a instar en todo momento la división de la cosa común o la extinción del condominio.
TERCERA.- CONTRAPRESTACIÓN POR EL USO EXCLUSIVO DEL INMUEBLE
En compensación por el uso exclusivo de la Vivienda, el COPROPIETARIO OCUPANTE abonará al COPROPIETARIO CEDENTE la cantidad mensual de ________ euros, en consideración a la cuota de copropiedad del cedente y a la privación de uso que para él supone la atribución de uso exclusivo.
Dicha cantidad será abonada anticipadamente, dentro de los siete (7) primeros días de cada mes, mediante ingreso o transferencia bancaria a favor del COPROPIETARIO CEDENTE, a la cuenta siguiente:
Titular de la cuenta: D.ª ________
Entidad bancaria: ________
IBAN identificador de la cuenta: ________
El justificante del ingreso o transferencia servirá como prueba y comprobante del pago efectuado. Cualquier modificación en la forma o medio de pago deberá ser acordada por escrito entre las partes.
El impago de la contraprestación acordada será causa de resolución del presente Acuerdo, debiendo el COPROPIETARIO OCUPANTE restituir inmediatamente el uso compartido de la Vivienda, siendo de su cuenta los gastos que la resolución pudiera ocasionar, así como los intereses de demora legalmente establecidos conforme a los artículos 1.100 y 1.108 del Código Civil.
CUARTA.- GASTOS GENERALES (SERVICIOS Y SUMINISTROS DEL INMUEBLE)
Los gastos por servicios y suministros individualizados de luz, agua, gas o similares, así como las tasas administrativas que graven el uso de la Vivienda, serán por cuenta exclusiva del COPROPIETARIO OCUPANTE, no encontrándose incluidos en la contraprestación pactada.
Igualmente serán de cuenta del COPROPIETARIO OCUPANTE los servicios y suministros de teléfono, internet u otros de análoga naturaleza que se disfruten en la Vivienda, así como los gastos y trámites de alta, baja o contratación a su nombre, si fuere necesario.
El COPROPIETARIO OCUPANTE asumirá las cuotas ordinarias de la comunidad de propietarios que correspondan a la Vivienda durante la vigencia del Acuerdo, con sus eventuales variaciones. Las cuotas extraordinarias, derramas y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) serán satisfechos por ambos copropietarios en proporción a sus respectivas cuotas de copropiedad, salvo pacto expreso en contrario reflejado por escrito.
QUINTA.- CONSERVACIÓN, OBRAS Y REPARACIONES
El COPROPIETARIO OCUPANTE se obliga a conservar la Vivienda en buen estado, manteniéndola con la debida diligencia y empleándola conforme a su naturaleza y destino. Serán de su cuenta las pequeñas reparaciones que exija el desgaste derivado del uso ordinario.
Las reparaciones necesarias para conservar la Vivienda en condiciones de habitabilidad y uso, así como las obras de carácter estructural o que afecten a los elementos comunes, serán sufragadas por ambos copropietarios en proporción a sus respectivas cuotas, conforme al artículo 395 del Código Civil, salvo que el deterioro sea imputable a un uso negligente o indebido del COPROPIETARIO OCUPANTE, en cuyo caso correrán de su exclusiva cuenta.
El COPROPIETARIO OCUPANTE no podrá realizar obras que modifiquen la configuración de la Vivienda o de sus instalaciones sin el consentimiento previo, expreso y por escrito del COPROPIETARIO CEDENTE. Las obras realizadas sin dicho consentimiento podrán ser causa de resolución del Acuerdo, sin perjuicio de la facultad del otro copropietario de exigir la reposición de la Vivienda a su estado anterior a costa del infractor.
El COPROPIETARIO OCUPANTE deberá poner en conocimiento del COPROPIETARIO CEDENTE, en el plazo más breve posible, la necesidad de cuantas reparaciones resulten precisas para la conservación de la Vivienda.
SEXTA.- SEGURO
El COPROPIETARIO OCUPANTE se obliga a suscribir y mantener vigente, durante toda la duración del Acuerdo, una póliza de seguro multirriesgo que cubra los daños del continente y contenido de la Vivienda, así como la responsabilidad civil derivada de su uso, debiendo acreditar su vigencia a requerimiento del COPROPIETARIO CEDENTE.
SÉPTIMA.- RESTITUCIÓN
Extinguido el Acuerdo por cualquier causa, cesará el uso exclusivo y se restablecerá el régimen de utilización común de la cosa conforme al artículo 394 del Código Civil, debiendo el COPROPIETARIO OCUPANTE dejar la Vivienda libre y expedita en el estado en que la recibió, salvo el desgaste por el uso ordinario, y responder de los daños y deterioros que excedan del normal uso.
OCTAVA.- PROTECCIÓN DE DATOS
NOVENA.- NOTIFICACIONES
A efectos de cuantas notificaciones hubieran de cursarse en relación con el presente Acuerdo, las partes designan como domicilios los indicados en el encabezamiento, sin perjuicio de su modificación mediante comunicación fehaciente a la otra parte. Se admitirá como medio adicional de notificación la dirección de correo electrónico que las partes designan a continuación: COPROPIETARIO CEDENTE: ________; COPROPIETARIO OCUPANTE: ________.
DÉCIMA.- NULIDAD PARCIAL
Si alguna de las estipulaciones del presente Acuerdo fuera declarada nula o ineficaz, total o parcialmente, tal nulidad o ineficacia no afectará a las restantes, que conservarán su plena validez, comprometiéndose las partes a sustituir la cláusula afectada por otra que, siendo válida, se ajuste en lo posible a la voluntad y finalidad inicialmente perseguidas.
UNDÉCIMA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Las partes reconocen quedar obligadas por el presente Acuerdo, de naturaleza civil, y se comprometen a su cumplimiento de buena fe, conforme a los artículos 1.091, 1.255 y 1.258 del Código Civil.
Todo litigio relativo, especialmente pero no exclusivamente, a la formación, validez, interpretación, existencia, ejecución, cumplimiento o terminación de este Acuerdo y, en general, a la relación establecida entre las partes, se someterá a la legislación española, en particular al Código Civil.
Las referencias realizadas a cualquier norma legal o reglamentaria, o disposición de las mismas, deben entenderse efectuadas a las normas o preceptos que puedan sustituirlas en el futuro.
Para la resolución de cualquier controversia, diferencia, conflicto o reclamación derivada del presente Acuerdo, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales del lugar donde radica la Vivienda.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente Acuerdo, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
El COPROPIETARIO CEDENTE:
Fdo. D.ª ________
El COPROPIETARIO OCUPANTE:
Fdo. D.ª ________
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