Contrato de Retroventa - Modelo de Formulario Pro · ES-law

Válido en España · redactado conforme a la legislación local

La retroventa es una compraventa con un pacto que permite al vendedor recuperar el bien dentro de un plazo, devolviendo el precio y lo acordado. Es útil cuando se vende un bien pero se quiere conservar la posibilidad de recuperarlo.

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Cómo funciona

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Con este modelo puedes preparar el contrato identificando a las partes, el bien y el pacto de retroventa. A continuación explicamos cómo funciona y cómo completarlo, con descarga en Word y PDF.

Vender con derecho a recuperar

En la retroventa, el vendedor transmite el bien pero se reserva el derecho a recuperarlo en un plazo, devolviendo el precio y lo pactado. Combina la venta con una opción de recompra a favor del vendedor.

Conviene fijar con claridad el plazo y las condiciones de la recuperación.

Qué debe contener

Cómo rellenar el modelo

Recomendaciones

Preguntas frecuentes

¿Qué es la retroventa?

Una compraventa con un pacto que permite al vendedor recuperar el bien en un plazo, devolviendo el precio y lo acordado.

¿El vendedor está obligado a recomprar?

No. Tiene el derecho a recuperar el bien dentro del plazo, pero puede ejercerlo o no, según lo pactado.

¿Conviene fijar un plazo?

Sí. El plazo para recuperar el bien es un elemento clave del pacto.

¿Conviene asesorarse?

Por sus efectos, especialmente con inmuebles, el asesoramiento es recomendable.

¿Puedo editar el modelo?

Sí. Es editable en Word y puedes regenerar el PDF cuando lo necesites.

Contenido revisado periódicamente para mantenerlo claro y actualizado.

Vista previa del documento

CONTRATO DE COMPRAVENTA CON PACTO DE RETRO (RETROVENTA)

En ________, a ________


REUNIDOS


De una parte,

D./Dña. ________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con D.N.I./N.I.E. n.º ________, y con domicilio a efectos de notificaciones en ________.

En adelante, EL PROPIETARIO-VENDEDOR.


De otra parte,

D./Dña. ________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con D.N.I./N.I.E. n.º ________, y con domicilio a efectos de notificaciones en ________.

En adelante, EL RETRAYENTE-COMPRADOR.

Ambas partes, en lo sucesivo, podrán ser denominadas conjuntamente como «las Partes» e, individualmente, como «la Parte».

Las Partes se reconocen recíprocamente la capacidad jurídica y de obrar necesaria para el otorgamiento del presente Contrato, actuando en su propio nombre y derecho, y a tal efecto,


EXPONEN

I.- Que D./Dña. ________ es titular del pleno dominio de la siguiente vivienda (en adelante, «el Inmueble»):

________

Descripción registral: el Inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de ________, finca registral n.º ________, al tomo ________, folio ________ y hoja ________, con referencia catastral ________ y superficie de ________ metros cuadrados.

Se adjunta como Anexo I nota simple informativa expedida por el Registro de la Propiedad.

II.- Que el Inmueble fue adquirido por el actual PROPIETARIO-VENDEDOR en virtud de contrato de compraventa elevado a escritura pública con fecha ________, autorizada por el/la Notario/a de ________, bajo el número de protocolo ________. Se adjunta copia como Anexo II.

III.- Que en el citado contrato de compraventa las partes pactaron expresamente, conforme a lo previsto en los artículos 1.507 y siguientes del Código Civil, un derecho de retracto convencional (pacto de retro) a favor del entonces vendedor, hoy RETRAYENTE-COMPRADOR, en cuya virtud éste se reservó el derecho de recuperar el Inmueble vendido restituyendo el precio y los conceptos legalmente reembolsables.

IV.- Que el referido derecho de retracto convencional se encuentra vigente, no habiendo transcurrido el plazo de ejercicio pactado, el cual no podrá exceder de diez años conforme al artículo 1.508 del Código Civil, siendo dicho plazo de ________.

V.- Que, manifestando el RETRAYENTE-COMPRADOR su voluntad de ejercitar dicho derecho de retracto dentro del plazo convenido, ambas Partes otorgan el presente CONTRATO DE RETROVENTA, que se regirá por las siguientes


CLÁUSULAS


PRIMERA.- OBJETO

1.1.- En virtud del presente Contrato, el RETRAYENTE-COMPRADOR ejercita el derecho de retracto convencional que le asiste sobre el Inmueble descrito en el Expositivo I, y el PROPIETARIO-VENDEDOR le retrovende y transmite el pleno dominio del mismo, libre de cargas, gravámenes, arrendatarios, ocupantes y al corriente en el pago de toda clase de impuestos, tasas y gastos, todo ello de conformidad con los artículos 1.507, 1.518 y concordantes del Código Civil.

1.2.- La transmisión se entiende efectuada como cuerpo cierto, con cuantos derechos, usos, servidumbres y accesorios le sean inherentes.


SEGUNDA.- PRECIO Y CONCEPTOS REEMBOLSABLES

2.1.- El RETRAYENTE-COMPRADOR satisfará al PROPIETARIO-VENDEDOR la cantidad total de ________ euros (________), en concepto de precio de retroventa.

2.2.- Conforme al artículo 1.518 del Código Civil, dicho importe se integra por: (i) el precio satisfecho en la compraventa de fecha ________, ascendente a ________ euros; (ii) los gastos del contrato y cualesquiera otros legítimos hechos para la venta; y (iii) los gastos necesarios y útiles realizados en el Inmueble, por importe de ________ euros.

2.3.- En este mismo acto, el RETRAYENTE-COMPRADOR satisface íntegramente su obligación pecuniaria mediante pago al PROPIETARIO-VENDEDOR de la cantidad estipulada. El PROPIETARIO-VENDEDOR declara haber recibido dicha cantidad a su entera satisfacción, otorgando por el presente la más eficaz y solemne carta de pago que en Derecho proceda.

2.4.- El pago se efectúa mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada por el PROPIETARIO-VENDEDOR:

Titular de la cuenta: ________

Entidad bancaria: ________

IBAN: ________

2.5.- Una vez hecho efectivo el pago del precio pactado, se procederá a la entrega de la posesión y de las llaves del Inmueble, surtiendo el presente documento, conjuntamente con la entrega referida, los efectos traditorios previstos en el artículo 1.462 del Código Civil.


TERCERA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Respecto a los términos y condiciones generales, las Partes convienen las siguientes estipulaciones:

a) El PROPIETARIO-VENDEDOR queda obligado a la entrega del Inmueble objeto de la retroventa, en los términos del artículo 1.461 del Código Civil.

b) El PROPIETARIO-VENDEDOR queda obligado al saneamiento por evicción y por vicios o defectos ocultos del Inmueble, conforme a los artículos 1.474 a 1.499 del Código Civil.

c) El RETRAYENTE-COMPRADOR manifiesta aceptar el Inmueble en el estado físico y jurídico en que se encuentra, que declara conocer, sin reservas, salvo respecto de los vicios o gravámenes ocultos de los que deberá responder el PROPIETARIO-VENDEDOR.

d) El PROPIETARIO-VENDEDOR declara, y el RETRAYENTE-COMPRADOR acepta, hallarse al corriente en el pago de las cuotas de la Comunidad de Propietarios y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, lo que se acreditará, al tiempo del otorgamiento de la escritura pública, mediante el certificado a que se refiere el artículo 9.1.e) de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

e) Conforme al artículo 1.518 del Código Civil, el PROPIETARIO-VENDEDOR tiene derecho al reembolso del precio y de los gastos necesarios y útiles hechos en el Inmueble, según lo estipulado en la Cláusula Segunda.

f) El PROPIETARIO-VENDEDOR entregará al RETRAYENTE-COMPRADOR el certificado de eficiencia energética en vigor y la cédula de habitabilidad cuando legalmente proceda.

g) Las Partes deberán respetar el conjunto de obligaciones que la legislación vigente y el presente Contrato les atribuyen y que no hayan sido previstas en los apartados anteriores.


CUARTA.- ELEVACIÓN A ESCRITURA PÚBLICA E INSCRIPCIÓN

4.1.- Las Partes se obligan a elevar el presente Contrato a escritura pública, a fin de proceder a su inscripción en el Registro de la Propiedad y a la cancelación de la condición resolutoria o del pacto de retro, en el plazo de ________ días desde la firma del presente documento, ante el/la Notario/a que designe ________.

4.2.- Cualquiera de las Partes podrá compeler a la otra al otorgamiento de dicha escritura, de conformidad con el artículo 1.279 del Código Civil.


QUINTA.- GASTOS E IMPUESTOS

5.1.- Todos los gastos e impuestos que se deriven del presente Contrato, del otorgamiento de la correspondiente escritura pública y de su inscripción en el Registro de la Propiedad, se abonarán conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, salvo pacto expreso en contrario entre las Partes.

5.2.- En particular, los gastos de notaría y registro se satisfarán conforme al artículo 1.455 del Código Civil; el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados o, en su caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido, corresponderá a la parte legalmente obligada al pago; y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana corresponderá al PROPIETARIO-VENDEDOR, salvo pacto distinto. Las Partes se comprometen a colaborar de buena fe en cuantos trámites y gestiones resulten necesarios para la plena eficacia de la presente retroventa.


SEXTA.- PROTECCIÓN DE DATOS


SÉPTIMA.- FUERZA MAYOR


OCTAVA.- RESOLUCIÓN

El presente Contrato podrá resolverse, sin indemnización, en los casos de fuerza mayor que hagan imposible la ejecución de la obligación, así como por mutuo acuerdo de las Partes. Asimismo, conforme al artículo 1.124 del Código Civil, cada Parte podrá optar entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con resarcimiento de daños y perjuicios, por concurrir «causa justificada», entendida como:

a) el incumplimiento total o parcial por la otra Parte de alguna condición u obligación esencial del Contrato que no sea subsanado en el plazo de treinta (30) días desde la notificación escrita requiriendo su cumplimiento, con mención expresa de la presente estipulación resolutoria; o

b) la falta de pago del precio en la fecha de vencimiento, por parte del RETRAYENTE-COMPRADOR; o

c) el retraso del PROPIETARIO-VENDEDOR en la entrega del Inmueble sobre el plazo fijado en el presente Contrato; o

d) las demás establecidas por la Ley.

Cualquiera de las causas de resolución dará derecho a la Parte cumplidora a la indemnización de los daños y perjuicios derivados de la misma. El hecho de que una Parte no ejercite alguna de las causas previstas no se considerará renuncia a sus derechos derivados del incumplimiento de la otra Parte, ni limitará sus facultades para exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales.


NOVENA.- NOTIFICACIONES

Las Partes señalan como domicilios a efectos de notificaciones los indicados en el encabezamiento del presente Contrato. Para su validez, toda notificación deberá realizarse por medio fehaciente que deje constancia de su envío, dirección y recepción. El cambio de domicilio deberá comunicarse a la otra Parte, a la mayor brevedad, conforme al procedimiento aquí establecido.


DÉCIMA.- LEGISLACIÓN APLICABLE

El presente Contrato se rige por sus propias cláusulas y anexos, si los hubiere, y, en lo no previsto, por el Código Civil, en especial sus artículos 1.507 y siguientes, y demás legislación civil aplicable, comprometiéndose las Partes a su cumplimiento de buena fe. Todo litigio relativo a la formación, validez, interpretación, ejecución o terminación de este Contrato se someterá a la legislación española. Las referencias a normas legales o reglamentarias se entenderán hechas a las disposiciones que en el futuro puedan sustituirlas.


UNDÉCIMA.- JURISDICCIÓN

Para cuantas cuestiones, discrepancias o controversias pudieran derivarse de la interpretación o ejecución del presente Contrato, las Partes se someten a los Juzgados y Tribunales que resulten competentes conforme a la legislación procesal vigente, correspondiendo en todo caso, en materia de derechos reales sobre bienes inmuebles, a los del lugar en que radica el Inmueble, conforme al artículo 52.1.1.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil.


Y en prueba de conformidad, leído el presente Contrato y hallándolo conforme, las Partes lo firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.



EL PROPIETARIO-VENDEDOR


Fdo.: D./Dña. ________



EL RETRAYENTE-COMPRADOR


Fdo.: D./Dña. ________

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