Contrato de Housing de Hardware - Modelo de Formulario Pro · ES-law

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Contrato de Housing de Hardware - Modelo de Formulario
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE HOUSING (ALOJAMIENTO DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO)


En ________, a ________


REUNIDOS

De una parte,

________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________, actuando en su propio nombre y derecho [o, en su caso, en nombre y representación de ________, con C.I.F. núm. ________ y domicilio social en ________, inscrita en el Registro Mercantil de ________, en virtud de escritura de poder otorgada ante el Notario ________ el día ________, con número de protocolo ________].


En adelante, el "Proveedor".


De otra parte,

________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________, actuando en su propio nombre y derecho [o, en su caso, en nombre y representación de ________, con C.I.F. núm. ________ y domicilio social en ________, inscrita en el Registro Mercantil de ________, en virtud de poder bastante].


En adelante, el "Cliente".


El Proveedor y el Cliente podrán ser denominados, individualmente, la "Parte" y, conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica y de obrar necesaria para contratar y obligarse y, en especial, para el otorgamiento del presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE HOUSING (en adelante, el "Contrato").


EXPONEN


I. Que el Proveedor está especializado en la prestación de servicios de housing o alojamiento de hardware o componentes electrónicos en centros de datos.

II. Que el Proveedor dispone de los conocimientos, experiencia y los medios materiales, técnicos y personales necesarios para prestar servicios relacionados con el housing y alojamiento de hardware o componentes electrónicos.

III. Que el Cliente se dedica a la siguiente actividad:

________.

IV. Que el Cliente desea contar con los servicios de housing o alojamiento de hardware del Proveedor con el siguiente fin:

________.

V. Que, a los efectos de alcanzar un acuerdo, las Partes han negociado y aceptado un presupuesto, así como una propuesta de objetivos y de contenido del servicio de alojamiento deseado.

VI. Que, en virtud de lo anterior, el Proveedor desea, libre y espontáneamente, comprometerse a la prestación del servicio de housing solicitado por el Cliente, circunstancia que las Partes desean formalizar a través del presente Contrato, que se regirá por las siguientes


ESTIPULACIONES


PRIMERA. Objeto del Contrato

El objeto del presente Contrato consiste en la prestación de servicios de alojamiento o housing de componentes informáticos o hardware de acuerdo con las condiciones recogidas en el presente Contrato (en adelante, el "Alojamiento").

El Proveedor prestará el servicio de Alojamiento con total autonomía e independencia respecto del Cliente, atendiendo a su grado de especialización y a su capacidad técnica, y conforme a los usos y costumbres de su sector de actividad.

La ejecución del servicio de Alojamiento se ceñirá a lo establecido en las estipulaciones de este Contrato, así como a lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI-CE), en los artículos 1.254 y siguientes y 1.583 y siguientes del Código Civil sobre el arrendamiento de servicios y, en su caso, en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) cuando el Cliente ostente la condición de consumidor, y en la restante legislación aplicable.


SEGUNDA. Componentes incluidos en el servicio de Alojamiento

El servicio de Alojamiento ofrecido por el Proveedor incluirá, de forma específica, los siguientes componentes:

________

En adelante, el "Hardware".

En relación con estos servicios, el Proveedor facilitará al Cliente una guía de usuario, así como el panel de control o software correspondiente para permitir el correcto acceso al Alojamiento.


TERCERA. Características de las instalaciones del Alojamiento

El Proveedor dispone de unas instalaciones que cuentan con todos los elementos técnicos y con las características necesarias para permitir la correcta instalación y funcionamiento óptimo del Hardware, conforme a las características técnicas que se detallan, en su caso, en el Anexo correspondiente al presente Contrato.


CUARTA. Modificaciones o ampliaciones del objeto del Contrato

Si, durante la vigencia del presente Contrato, el Cliente y/o el Proveedor consideran oportuno modificar y/o ampliar el contenido del servicio de Alojamiento, ambas Partes deberán negociar el alcance de dichas modificaciones o ampliaciones.

Los acuerdos adoptados deberán constar por escrito y quedarán incorporados como anexos al presente Contrato. En todo caso, la ampliación del objeto de este Contrato con el fin de incluir cualquier servicio adicional o complementario solicitado por el Cliente se regirá por las estipulaciones de este Contrato.

i) Alteración de las características técnicas del Alojamiento

Si una de las Partes considera oportuno modificar o alterar las características del Alojamiento, deberá notificarlo a la otra Parte con el fin de negociar y/o acordar el nuevo precio. Si la solicitud de modificación proviene únicamente del Proveedor, este informará con una antelación mínima de 15 días naturales a fin de permitir al Cliente, si así lo decide, la resolución del Contrato por el cambio en las condiciones.

ii) Reducción de los servicios incluidos dentro del Alojamiento

La decisión del Cliente de reducir el objeto del servicio no supondrá la obligación de devolver los pagos realizados hasta el momento, al tratarse de una modificación unilateral del objeto del servicio por parte del Cliente. En todo caso, dichas cantidades previamente pagadas podrán utilizarse como crédito para la contratación de otros servicios adicionales.


QUINTA. Direcciones IP asignadas al Cliente

El Proveedor asignará la correspondiente dirección IP para permitir que el Cliente pueda hacer uso correcto del servidor a través del cual se prestará el servicio de Alojamiento.

Esta dirección IP será propiedad del Proveedor en todo momento, debiendo el Cliente devolverla a la finalización del Contrato, ya sea por su llegada a término o por su terminación anticipada por cualquier motivo.

El Proveedor no prestará servicio adicional al propio servicio de Alojamiento. Su labor de asistencia se limitará a garantizar el correcto alojamiento del Hardware y su acceso al Cliente, no haciéndose cargo de cualquier otro servicio o necesidad adicional que el Cliente pueda requerir, ni de las limitaciones en dicho acceso derivadas del uso inadecuado realizado por el propio Cliente.

Las Partes podrán negociar en el futuro la posible prestación de servicios adicionales, acordándose en ese caso los plazos, condiciones y coste adicional de dichos servicios.


SEXTA. Obligaciones del Proveedor

i) Obligaciones relacionadas con el Alojamiento

El Proveedor se compromete a prestar el servicio de Alojamiento de forma diligente y conforme a los usos y costumbres profesionales propios de su sector de actividad, así como de acuerdo con las instrucciones y condiciones señaladas por el Cliente en este Contrato y con las instrucciones concretas que este pueda emitir durante la ejecución del Contrato.

De forma específica, el Proveedor garantizará el funcionamiento del Alojamiento y la idoneidad de sus características técnicas, teniendo en cuenta lo dispuesto en este Contrato sobre las labores de mantenimiento del Alojamiento así como sobre las potenciales situaciones de fuerza mayor que puedan afectar a los medios técnicos del Proveedor.

Igualmente, el Proveedor se compromete a prestar el servicio de Alojamiento dentro de las fechas y/o plazos indicados en este Contrato y de acuerdo con las instrucciones acordadas con el Cliente.

ii) Obligaciones de información en favor del Cliente

El Proveedor reconoce haber informado al Cliente, de forma previa a la firma de este Contrato, sobre las características esenciales del servicio de Alojamiento, sobre cómo y en qué condiciones se presta y sobre las condiciones de su uso, además de cualquier otra información precontractual que fuese necesaria conforme a los artículos 60 y 97 del TRLGDCU cuando resulten de aplicación.


SÉPTIMA. Obligaciones del Cliente

i) Obligaciones de información del Cliente

El Cliente se compromete a facilitar toda la información útil, relevante y veraz para permitir el correcto uso del Alojamiento. Especialmente, se obliga a aportar aquellos datos relativos a sus necesidades particulares que puedan contribuir al correcto mantenimiento e instalación del Hardware por parte del Proveedor.

Asimismo, el Cliente se compromete a colaborar con el Proveedor para la ejecución de las labores de mantenimiento o de reparación necesarias en relación con el Alojamiento, facilitándole toda aquella información o datos que puedan ser necesarios.

ii) Obligaciones sobre el uso del Alojamiento

El Cliente deberá hacer uso del Alojamiento de acuerdo con las condiciones establecidas por el Proveedor y atendiendo a las limitaciones establecidas en este Contrato, debiendo atender las sugerencias o requerimientos del Proveedor con el fin de garantizar el correcto uso del Alojamiento y de solventar los posibles errores o fallos en la configuración del Hardware que pueda detectar el Proveedor.

El Cliente respetará la configuración de los servidores establecida por el Proveedor, no pudiendo alterarla unilateralmente, debiendo adaptar la instalación de su Hardware a las características del Alojamiento. El Cliente deberá avisar al Proveedor en caso de detectar cualquier incidencia o problema en el servidor y en su configuración o cuando desee sugerir la introducción de algún cambio.

iii) Obligación del pago del precio

El Cliente se obliga a pagar el precio, tal y como resulta del presente Contrato.


OCTAVA. Uso del Alojamiento

El Cliente podrá albergar todo tipo de contenido o de datos en el Hardware siempre que no sea de carácter ilegal o nocivo, no transfiriendo contenido contrario a la legislación nacional o internacional, ya sea desde un punto de vista civil, administrativo, penal o mercantil.

Independientemente de lo anterior, el Cliente no podrá utilizar el Alojamiento para:

a. Incluir contenido de carácter discriminatorio o que atente contra derechos fundamentales reconocidos a nivel nacional e internacional, incluido todo tipo de contenido que pueda atentar contra la dignidad de las personas.

b. Almacenar contenido que viole las leyes de propiedad industrial e intelectual, tanto nacionales como internacionales.

c. Realizar actividades molestas o que puedan afectar negativamente a terceros usuarios, incluidos, entre otros, el envío de spam y de todo tipo de malware.

d. Guardar datos personales de terceros sin contar con su autorización o vulnerando la legislación correspondiente sobre protección de datos.

El Proveedor se reserva el derecho a terminar o suspender el servicio de Alojamiento en caso de que el Cliente incluya contenido contrario a lo anterior, así como a reportar a las autoridades pertinentes cualquier vulneración de la legislación vigente. Asimismo, el Proveedor podrá suspender el servicio y denegar el acceso al contenido cuando así se exija por parte de una autoridad judicial o administrativa.


NOVENA. Conectividad del Alojamiento

El Proveedor ofrecerá al Cliente la conectividad necesaria para permitir el correcto uso remoto del Hardware.

i) Uso excesivo de volumen de datos por parte del Cliente

El Proveedor avisará al Cliente en caso de que alcance el límite máximo de transferencia de datos contratado, a efectos de permitir la contratación de una ampliación de la capacidad máxima de transferencia de datos del Alojamiento.

ii) Mejoras en la capacidad de datos ofrecida por el Proveedor

El Proveedor podrá realizar mejoras en el servicio de Alojamiento siempre que supongan una mejora de la capacidad de transferencia de datos o de las características técnicas del Alojamiento.


DÉCIMA. Copias de seguridad de los datos

El Proveedor se compromete a llevar a cabo las copias de seguridad necesarias para garantizar la protección de los datos del Alojamiento, con la siguiente periodicidad: ________.


DECIMOPRIMERA. Seguimiento de la ejecución del Contrato

El Proveedor se compromete, a fin de facilitar el seguimiento de la ejecución del Contrato, a remitir periódicamente al Cliente información y/o documentación sobre el estado de las actividades relacionadas con el servicio del Alojamiento y sobre su funcionamiento.

No obstante, el Cliente se reserva la facultad de exigir al Proveedor cualquier otra información o documentación adicional que pudiera necesitar para realizar un correcto seguimiento del servicio de Alojamiento.


DECIMOSEGUNDA. Lugar de prestación del servicio de Alojamiento

El servicio de Alojamiento se prestará en las instalaciones del Proveedor situadas en la siguiente dirección: ________.

El Proveedor deberá comunicar cualquier cambio de instalaciones que implique un cambio de dirección, con el fin de permitir al Cliente, en su caso, el cambio de ubicación del Hardware.

DECIMOTERCERA. Instalación y retirada del Hardware de las instalaciones

El Cliente realizará la puesta en funcionamiento del Hardware en las instalaciones de acuerdo con las instrucciones facilitadas por el Proveedor. En caso necesario, el personal del Proveedor podrá asistir al Cliente para garantizar la correcta instalación y configuración del Hardware.

i) Instalación de software o aplicaciones en el Hardware

Una vez instalado el Hardware, el Cliente será el responsable de la instalación de todo el software necesario para su correcto funcionamiento, así como de realizar sus correspondientes actualizaciones, debiendo cumplir en todo momento con la legislación sobre propiedad intelectual aplicable.

ii) Retirada del Hardware de las instalaciones

El Cliente podrá realizar la retirada del Hardware en cualquier momento, siempre que haya cumplido con lo dispuesto en este Contrato y, en particular, hubiera realizado el pago del precio correspondiente.


DECIMOCUARTA. Duración del Contrato

La duración de este Contrato se extenderá desde el ________, fecha de entrada en vigor del Contrato, hasta el ________, fecha en la que termina el Contrato.

Llegado su vencimiento, el Contrato se entenderá tácitamente prorrogado por períodos sucesivos de ________, salvo que cualquiera de las Partes comunique a la otra su voluntad de no renovarlo, de forma fehaciente y con una antelación mínima de ________ a la fecha de vencimiento o de cada prórroga.

En todo caso, el inicio del servicio de Alojamiento quedará condicionado al pago del precio correspondiente por parte del Cliente de acuerdo con lo acordado en este Contrato.

- Penalización por incumplimiento de los plazos del servicio de Alojamiento

En el caso de no respetarse los plazos de ejecución establecidos en esta Estipulación por causa imputable al Proveedor, este se compromete a pagar una penalidad cuyo importe ascenderá a ________ € por día de retraso, sin perjuicio de otras sanciones o penalidades que se puedan recoger en el presente Contrato.

El Cliente se obliga a colaborar y a aportar toda la información necesaria que le sea requerida por el Proveedor para iniciar la prestación del servicio de Alojamiento dentro de los plazos establecidos. En caso de que el Cliente no facilite dicha información o no preste su colaboración de forma adecuada, el Proveedor podrá comunicar por escrito al Cliente su imposibilidad de cumplir con los plazos establecidos en esta Estipulación.


DECIMOQUINTA. Precio y forma de pago

Las Partes acuerdan el pago de una cantidad ascendente a ________ como remuneración por el servicio de Alojamiento, a la que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al tipo legalmente vigente y cualesquiera otros impuestos que pudieran derivarse de esta operación.

i) Forma de pago del precio del Alojamiento

El Cliente satisfará el pago del precio el ________ mediante ________ en favor del Proveedor, en la siguiente cuenta bancaria (IBAN): ________.

ii) Actualización del precio del Alojamiento

El precio se actualizará en los supuestos de renovación expresa o tácita del Contrato aplicando la evolución anual del Índice de Precios al Consumo (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística correspondiente al año en que se produzca dicha renovación. Asimismo, el Proveedor podrá actualizar el precio del Alojamiento dentro de cada renovación, notificándolo al Cliente con al menos 30 días naturales de antelación.

iii) Emisión de la factura correspondiente

El Proveedor emitirá las facturas correspondientes cumpliendo con los requisitos previstos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y dentro de los plazos previstos en la legislación vigente.


DECIMOSEXTA. Intereses de demora

De conformidad con los artículos 1.100, 1.101 y 1.108 del Código Civil, cualquier retraso en el pago de la remuneración establecida en el presente Contrato dará lugar al devengo de los correspondientes intereses de demora.

Cuando ambas Partes actúen en el marco de su actividad empresarial o profesional, resultará de aplicación la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, siendo el tipo de interés de demora el resultante de adicionar ocho puntos porcentuales al tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de financiación, según se publique semestralmente.

Los intereses de demora serán exigibles automáticamente a partir de la fecha de pago fijada, sin necesidad de aviso de vencimiento ni intimación alguna por parte del Proveedor. El devengo de dichos intereses no afectará al ejercicio de cualquier otra acción que pueda corresponder al Proveedor derivada del incumplimiento del pago.


DECIMOSÉPTIMA. Consecuencias de los impagos

El Proveedor podrá suspender la prestación del Alojamiento, incluyendo todos los servicios adicionales contratados, en caso de impago o retraso en el pago, previo requerimiento fehaciente al Cliente.

El Proveedor podrá llegar a la desactivación del Alojamiento si el Cliente no realiza los pagos correspondientes. El Cliente deberá volver a cargar los datos eliminados en caso de que abone con posterioridad las cantidades adeudadas.


DECIMOCTAVA. Responsabilidad sobre los datos incluidos en el Alojamiento

De conformidad con el artículo 16 de la LSSI-CE, el Proveedor no será responsable de la información almacenada o incluida en el Hardware del Cliente, siempre que:

a. No tenga conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización; o

b. Si lo tiene, actúe con diligencia para retirar dichos datos o hacer imposible el acceso a ellos, poniendo en conocimiento de las autoridades los posibles incumplimientos.

En todo caso, el Proveedor conservará los datos durante el tiempo exigible por Ley con el fin de poder determinar su origen si así fuera requerido por las autoridades competentes.


DECIMONOVENA. Mantenimiento del Alojamiento

El Proveedor se compromete a realizar las labores de mantenimiento necesarias para garantizar el correcto funcionamiento del Alojamiento y de las instalaciones en las que se aloja el Hardware, llevando a cabo tanto las labores de mantenimiento preventivo como correctivo que resulten oportunas a fin de evitar errores, averías o problemas en la conectividad y en el acceso al Hardware por parte del Cliente.

En caso de que las labores de mantenimiento supongan una interrupción o suspensión del servicio de Alojamiento, el Proveedor procurará realizarlas en aquellas franjas horarias en las que se cause el menor perjuicio posible al Cliente, comunicándole con la suficiente antelación la fecha y duración prevista de dicha interrupción, salvo en los supuestos de urgencia o de fuerza mayor en los que no resulte posible dicho preaviso.


VIGÉSIMA. Garantía del servicio de Alojamiento

El Proveedor prestará el servicio de Alojamiento de forma adecuada según lo señalado en este Contrato, garantizando el correcto mantenimiento técnico de las instalaciones y la formación adecuada de su personal para permitir la correcta instalación del Hardware.

El Proveedor se compromete al correcto funcionamiento del Alojamiento, estableciendo los sistemas de monitorización necesarios para garantizar la conectividad del Hardware. Se descontarán del precio los días completos en los que el Proveedor no pueda garantizar la conectividad del Hardware o el acceso de los datos al Cliente. El nivel de servicio comprometido (disponibilidad) será de ________.

Esta garantía no será de aplicación cuando los problemas de conectividad o funcionamiento del Hardware se deban a alguna de las siguientes circunstancias:

a. El uso inadecuado o abusivo del Hardware y de su conectividad realizado por el Cliente.

b. Los cambios en la configuración del Hardware realizados por el propio Cliente.

c. Los fallos derivados del software o programas instalados en el Hardware, así como los derivados de un virus, troyano o cualquier otro tipo de malware.

d. Los cortes en la conectividad relacionados con el sistema de comunicación, como fallos en la red telefónica o en cualquier otro componente de la red ajeno al Proveedor.

e. La existencia de errores o averías derivados de situaciones de fuerza mayor o de posibles sabotajes o ataques realizados por terceros.

f. Los cortes en el servicio llevados a cabo por el Proveedor en caso de incumplimiento de alguna de las condiciones aquí señaladas o de uso de software ilegal o sin las correspondientes autorizaciones sobre el Hardware.


VIGESIMOPRIMERA. Derecho de desistimiento

En el supuesto de que el Cliente ostente la condición de consumidor o usuario y el Contrato se haya celebrado a distancia o fuera del establecimiento mercantil, podrá desistir del mismo, sin necesidad de justificación y sin penalización alguna, en el plazo de 14 días naturales desde su celebración, conforme a los artículos 68 y siguientes del TRLGDCU. Para ello, el Cliente deberá comunicar su decisión de forma inequívoca, indicando su nombre completo, documento de identificación, domicilio y firma, mediante escrito remitido a la dirección señalada en el encabezamiento de este Contrato o a la siguiente dirección de correo electrónico:

________

Cuando el Cliente no ostente la condición de consumidor, no resultará de aplicación el derecho de desistimiento previsto en esta Estipulación, rigiéndose la terminación del Contrato por lo dispuesto en la Estipulación relativa a las causas de resolución.


VIGESIMOSEGUNDA. Gastos

El Proveedor se hará cargo de todos los gastos relacionados con el servicio de Alojamiento, incluidos los medios e instrumentos necesarios para ejecutar el Contrato correctamente y todos los impuestos o tasas que se devenguen en relación con el desarrollo de su actividad, quedando el Cliente indemne del pago de dichos gastos, sin perjuicio del precio y los impuestos repercutibles previstos en la Estipulación Decimoquinta.


VIGESIMOTERCERA. Inexistencia de relación laboral

La relación entre las Partes tiene exclusivamente carácter mercantil, no existiendo vínculo laboral alguno entre el Proveedor (o, en su caso, su personal) y el Cliente. Dicho personal no podrá considerarse, ni de hecho ni de derecho, empleado del Cliente, dependiendo a todos los efectos, incluidos los aspectos laborales y de Seguridad Social, única y exclusivamente de la dirección del Proveedor.

- Responsabilidad sobre el personal del Proveedor

El Proveedor reconoce que el personal que pudiera colaborar en la prestación del servicio de Alojamiento estará contratado conforme a la Ley y asume cuantas obligaciones se deriven del Estatuto de los Trabajadores y de la legislación social y, en especial, de las disposiciones vigentes en materia de Seguridad Social y de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, eximiendo al Cliente de cualquier responsabilidad derivada de su incumplimiento.

El Cliente renunciará expresamente a contratar, directamente o a través de terceros, a ningún empleado del Proveedor durante la vigencia del presente Contrato. El Cliente podrá requerir al Proveedor copia de la documentación justificativa de encontrarse al corriente de sus obligaciones laborales, de Seguridad Social y tributarias.


VIGESIMOCUARTA. Cumplimiento de la normativa aplicable

El Proveedor se compromete a prestar el servicio de Alojamiento cumpliendo diligentemente con toda la normativa aplicable y, en particular, con todas las obligaciones laborales, de Seguridad Social, fiscales, sobre competencia desleal y de protección de datos que le sean aplicables en relación con el servicio de Alojamiento.


VIGESIMOQUINTA. Responsabilidad

Incurrirá en responsabilidad cualquiera de las Partes que actúe de forma negligente o culposa en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato y ocasionare con ello un daño o perjuicio a la otra Parte, pudiendo la Parte perjudicada reclamar la correspondiente indemnización de daños y perjuicios conforme a los artículos 1.101 y siguientes del Código Civil.

i) Responsabilidad del Proveedor

El Proveedor prestará el Alojamiento con la diligencia y calidad debidas, asumiendo la responsabilidad por los errores, defectos o demoras producidos en su ejecución. No obstante, el Proveedor no será responsable cuando dichos errores, defectos o demoras emanen de la omisión o falseamiento de cualquier información, documento o dato facilitado por el Cliente, no estando obligado a verificar la autenticidad y exactitud de dichos datos.

El Proveedor responderá en los supuestos de deficiencia en el funcionamiento del Alojamiento o ante la existencia de fallos técnicos que:

a. Impidan su uso correcto;

b. No tengan su origen en un uso inadecuado, negligente o abusivo por parte del Cliente o contrario a las instrucciones o guías del Proveedor;

c. No se deriven de una configuración o instalación inadecuada llevada a cabo por el Cliente o del uso de software sin las correspondientes licencias; y

d. No tengan su origen en circunstancias de fuerza mayor o de carácter fortuito.

En su caso, la responsabilidad total acumulada del Proveedor frente al Cliente quedará limitada al importe equivalente a ________, salvo en los supuestos de dolo o culpa grave, o cuando la limitación esté prohibida por norma imperativa.

ii) Responsabilidad sobre las claves de acceso al Hardware

El Cliente será el único responsable de la gestión de las claves de acceso al Hardware, debiendo encargarse de su correcta custodia y de evitar su pérdida.


VIGESIMOSEXTA. Elevación a público del Contrato

Cualquiera de las Partes podrá solicitar, mediante requerimiento fehaciente, la elevación a público del presente Contrato. En tal caso, las Partes elegirán de mutuo acuerdo el Notario ante el cual se otorgará la escritura pública, y la parte solicitante se hará cargo de los correspondientes gastos notariales.


VIGESIMOSÉPTIMA. Fuerza mayor

Ninguna de las Partes podrá ser considerada responsable de un retraso, defecto o error en la ejecución de sus obligaciones contractuales cuando aquellos sean debidos a una causa de fuerza mayor, conforme al artículo 1.105 del Código Civil. No obstante, las Partes quedan obligadas a notificar a la otra Parte cuando tengan conocimiento de que una causa de esta naturaleza ha ocurrido y afectará a la correcta ejecución de sus obligaciones.

Se entenderá por "fuerza mayor": inundación, incendio, explosión, avería en la planta de producción, cierre patronal, huelga, disturbio civil, bloqueo, embargo, mandato, ley, orden, regulación, ordenanza, cortes de energía, averías graves imprevistas no derivadas de la falta de mantenimiento, demanda o petición de cualquier Administración o de cualquier subdivisión o representante de esta, o cualquier otra causa fuera del control de la Parte afectada, sin que pueda entenderse que la falta de fondos constituye causa de fuerza mayor.

El Cliente deberá soportar, durante el tiempo que dure la situación de fuerza mayor, los posibles cortes en el servicio de Alojamiento que de ella se deriven, no pudiendo exigir responsabilidad al Proveedor en estos casos.


VIGESIMOCTAVA. Obligación de secreto y confidencialidad

Las Partes reconocen que toda la información a la que puedan tener acceso en el marco del Contrato, incluidos todos los datos transmitidos durante la prestación del servicio de Alojamiento (en adelante, la "Información"), tiene carácter confidencial, comprometiéndose a no divulgarla y a mantener la más estricta confidencialidad, advirtiendo de dicho deber a sus empleados, asociados y a cualquier persona que pueda tener acceso a la misma.

Ninguna de las Partes podrá reproducir, modificar, copiar, revelar al público o divulgar a terceros la Información sin previa autorización escrita y expresa de la otra Parte. Las Partes adoptarán las mismas medidas de seguridad que adoptarían respecto de su propia información confidencial, evitando su pérdida, robo o sustracción.

i) Respeto de la confidencialidad por empleados y/o asociados

El receptor de la Información se compromete a advertir del deber de confidencialidad a sus empleados, asociados y a toda persona a la que se facilite la Información, haciéndose responsable del uso indebido que estos puedan hacer de la misma.

ii) Denuncia de actividades de terceros

La Parte que recibe la Información se compromete a poner en conocimiento de la otra Parte cualquier acción o incidente por parte de terceros que pueda atentar contra la confidencialidad de la Información o suponer un riesgo de su divulgación.

iii) Protección de la confidencialidad de los datos del Hardware

El Cliente será el único responsable de garantizar la confidencialidad de todos los datos recogidos en el Hardware, debiendo adoptar las medidas necesarias para su protección, sin que pueda exigirse responsabilidad alguna al Proveedor sobre este punto.

iv) Uso de la información confidencial

Ambas Partes se comprometen a que la utilización de la Información esté dirigida exclusivamente a alcanzar los objetivos del Contrato.

v) Período de protección

Las disposiciones relativas a la confidencialidad se aplicarán durante la vigencia del Contrato y se mantendrán durante el siguiente período tras su terminación: ________.


VIGESIMONOVENA. Protección de datos de carácter personal

Las Partes conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y su normativa de desarrollo.

i) Tratamiento por cuenta de tercero (encargo del tratamiento)

ii) Propiedad de los datos

Los datos personales a los que el Proveedor tenga acceso como consecuencia de la prestación del servicio son de titularidad del Cliente. Al finalizar la prestación de los servicios, el Proveedor devolverá al Cliente o destruirá, según elija el Cliente, los datos personales y los soportes en que consten, salvo que deba conservarlos por obligación legal.

iii) Medidas de seguridad

El Proveedor se compromete a mantener el secreto profesional y a adoptar las medidas técnicas y organizativas apropiadas, conforme al artículo 32 del RGPD, para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo y evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado a los datos. Estos deberes serán exigibles durante la vigencia del Contrato y subsistirán tras su terminación por cualquier causa.

iv) Responsabilidad

El Proveedor responderá frente al Cliente del incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de esta Estipulación, incluso cuando dicho incumplimiento sea imputable al personal del que deba responder legalmente.


TRIGÉSIMA. Propiedad intelectual e industrial

El Cliente es el titular legal de todo el Hardware, así como del software o código utilizado en relación con el servicio de Alojamiento, debiendo disponer de todas las licencias necesarias para hacer un correcto uso del software y mantenerlas vigentes. Asimismo, el Cliente deberá garantizar que dispone de la titularidad sobre todos los dominios o direcciones de internet de las que haga uso con el Hardware.

i) Limitación de responsabilidad del Proveedor

En ningún caso podrá exigirse al Proveedor responsabilidad alguna en caso de que el Cliente vulnere la propiedad industrial o intelectual de terceros, ni por posibles reclamaciones de terceros sobre los dominios de internet utilizados por el Cliente. El Proveedor no adquirirá derecho de propiedad o uso alguno sobre el Hardware, el software o demás elementos relacionados con el servicio de Alojamiento.

ii) Responsabilidad del Cliente sobre la titularidad del software

El Cliente responderá del uso fraudulento o sin las licencias correspondientes de software en relación con los datos almacenados, eximiéndose de cualquier responsabilidad al Proveedor.


TRIGÉSIMA PRIMERA. Cesión del Contrato. Subcontratación

Las Partes no podrán ceder su posición contractual, ni los derechos u obligaciones que de este Contrato emanen, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra Parte.

i) Cesión por parte del Cliente

El Cliente no podrá ceder ni transmitir su espacio en las instalaciones bajo ningún tipo de acuerdo sin contar con la autorización específica del Proveedor.

ii) Subcontratación por parte del Proveedor

El Proveedor se compromete a comunicar al Cliente, por escrito y previamente a la celebración de un acuerdo de subcontratación, su intención de contratar a una parte subcontratista que le asista en la prestación del servicio de Alojamiento, la identidad de la misma, el tipo de servicios a realizar y las condiciones económicas y legales de dicha relación, a fin de que el Cliente pueda aprobarla, sin que tal autorización suponga la asunción de responsabilidad alguna por parte del Cliente.

iii) Responsabilidad del Proveedor sobre la subcontratación

Será responsabilidad del Proveedor comprobar que la parte subcontratista está autorizada para la prestación de los servicios objeto de subcontratación, así como regular por escrito dicha relación contractual incorporando los acuerdos del presente Contrato. El Proveedor entregará al Cliente copia de dicho contrato en los 5 (cinco) días siguientes a su firma. La parte subcontratista actuará bajo la dirección y control del Proveedor, quien responderá solidariamente de sus obligaciones, incluso cuando el Cliente hubiera autorizado la subcontratación. El incumplimiento de esta Estipulación será motivo suficiente para resolver el presente Contrato.


TRIGÉSIMA SEGUNDA. Inexistencia de renuncia

La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de alguna obligación o a ejercer algún derecho o acción: (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones; y (b) no se entenderá como renuncia a exigir en el futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Contrato.

La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos contemplados será únicamente vinculante si consta por escrito, limitándose al caso concreto en que se produjo, y no restringirá la exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta.


TRIGÉSIMA TERCERA. Causas de resolución

Las Partes se comprometen a cumplir las obligaciones que emanan de este Contrato en los términos y condiciones establecidos en el mismo.

En el supuesto de que alguna de las Partes incumpliera alguna de las obligaciones del Contrato, o las cumpliera de forma defectuosa, la Parte cumplidora podrá optar, conforme al artículo 1.124 del Código Civil, entre resolver el Contrato o exigir su cumplimiento, reclamando en ambos casos la correspondiente indemnización de daños y perjuicios.

Además, el Contrato podrá resolverse en los supuestos de insolvencia o declaración de concurso de cualquiera de las Partes, en los términos previstos en el Texto Refundido de la Ley Concursal aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo.

i) Resolución por incumplimiento del Proveedor

Será causa de resolución anticipada la existencia de deficiencias recurrentes en la calidad o características del servicio de Alojamiento, o el incumplimiento de las instrucciones u objetivos establecidos en este Contrato, siempre que no se deba a fuerza mayor o a un uso inadecuado por parte del Cliente. Igualmente, será causa de resolución que el Proveedor deje de prestar el servicio de Alojamiento por no desarrollar dicha actividad regularmente o no contar con los medios materiales y personales adecuados.

ii) Resolución por incumplimiento del Cliente

La falta de pago del servicio de Alojamiento por parte del Cliente dará derecho al Proveedor a resolver el Contrato y, en su caso, a proceder a su reclamación conforme a la Ley, pudiendo mantener en depósito el Hardware, ejerciendo el derecho de retención previsto en el artículo 1.600 del Código Civil, hasta que el Cliente satisfaga los pagos pendientes. Si la terminación se produce por la decisión del Cliente de cambiar de proveedor de housing, este deberá asumir los costes necesarios para la correcta migración de los componentes a otras instalaciones.

iii) Resolución por voluntad unilateral

Asimismo, cualquiera de las Partes podrá resolver el Contrato, notificando su voluntad por escrito conforme al procedimiento de notificación establecido en este Contrato con una antelación mínima de: ________.

En este supuesto, cuando se resuelva por voluntad del Cliente, este deberá abonar al Proveedor toda factura devengada y no pagada relacionada con el servicio durante la vigencia del Contrato, así como una posible indemnización por daños y perjuicios si ejercita su voluntad sin respetar el preaviso. Cuando se resuelva por voluntad del Proveedor, este deberá facilitar al Cliente todo documento, elemento o producción resultante de su actividad hasta ese momento, además de la posible indemnización por daños y perjuicios si no respeta el preaviso aquí previsto.


TRIGÉSIMA CUARTA. Notificaciones

Para cualquier notificación entre las Partes derivada del presente Contrato, estas designan como domicilio a tales efectos las direcciones indicadas en el encabezamiento. Toda notificación deberá realizarse por un medio fehaciente que deje constancia del momento de su envío, de la dirección a la que se envía y del momento de su recepción. Cualquier cambio de domicilio a efectos de notificaciones deberá comunicarse a la otra Parte, lo antes posible, siguiendo el procedimiento aquí establecido.

A efectos de notificaciones, se señalan las siguientes direcciones de correo electrónico: del Proveedor, ________; del Cliente, ________.


TRIGÉSIMA QUINTA. Integridad del Contrato y nulidad parcial

Este Contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación desarrollado previamente entre las Partes. Las Partes reconocen que los documentos Anexos y/o adjuntos al presente Contrato, de existir, forman parte integrante del mismo a todos los efectos legales.

Si una o varias estipulaciones devinieran ineficaces, anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante, comprometiéndose las Partes a negociar de buena fe un nuevo texto para las estipulaciones afectadas que respete la finalidad perseguida.


TRIGÉSIMA SEXTA. Legislación aplicable y jurisdicción

El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con la legislación española.

Para la resolución de cuantas cuestiones, controversias o reclamaciones puedan derivarse de la interpretación, validez, ejecución o terminación del presente Contrato, las Partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de ________. Cuando el Cliente ostente la condición de consumidor, será competente el fuero que con carácter imperativo le reconozca la legislación de consumidores y usuarios.

[Opcionalmente, las Partes podrán someter las controversias derivadas del presente Contrato a arbitraje de derecho administrado por ________, conforme a su reglamento, salvo cuando el Cliente sea consumidor.]


EN VIRTUD DE LO CUAL, las Partes reconocen haber leído íntegramente el Contrato, manifiestan comprenderlo y aceptan obligarse por sus términos y condiciones, constituyendo el completo y total acuerdo entre ellas. Y, en prueba de conformidad, las Partes firman el presente Contrato en todas sus hojas, y en tantas copias originales como Partes intervienen, constituyendo todas ellas un único acuerdo, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.


EL PROVEEDOR




...........................................
________


EL CLIENTE




...........................................
________

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