Contrato de Freelance - Modelo de Formulario Pro · ES-law

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Contrato de Freelance - Modelo de Formulario
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES (FREELANCE)

En ________, a ________

REUNIDOS

De una parte,

D./Dña. ________, mayor de edad, con DNI/NIF ________, y domicilio a efectos de notificaciones en ________, con dirección de correo electrónico ________ (en adelante, el «CLIENTE»).


Y de otra parte,

D./Dña. ________, mayor de edad, con DNI/NIF ________, y domicilio a efectos de notificaciones en ________, dado de alta en el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas número ________, con dirección de correo electrónico ________ (en adelante, el «FREELANCE» o «AUTÓNOMO»).


Las partes serán referidas individualmente como «Parte», «CLIENTE» o «FREELANCE», o conjuntamente como las «Partes».


INTERVIENEN

Ambas Partes en su propio nombre y derecho, reconociéndose recíprocamente la capacidad jurídica y de obrar suficiente y necesaria para contratar y obligarse en los términos del presente Contrato, y a tal efecto

EXPONEN

I.- Que el FREELANCE está especializado, en su condición de trabajador autónomo, en la prestación de servicios comprendidos dentro de su actividad principal consistente en:

________.

II.- Que el CLIENTE está interesado en contar con los servicios profesionales del FREELANCE en los términos descritos en este Contrato.

III.- Que el FREELANCE hace constar expresamente su condición de trabajador autónomo, ejerciendo su actividad de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia, fuera del ámbito de dirección y organización del CLIENTE, conforme a la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo. Asimismo, declara prestar sus servicios con criterios organizativos propios, asumiendo el riesgo y ventura de los mismos.

IV.- Que ambas Partes acuerdan formalizar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES (FREELANCE), de naturaleza mercantil, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.

El FREELANCE, en su calidad de trabajador independiente, se obliga frente al CLIENTE a ejecutar los trabajos y demás actividades propias del servicio contratado, que deberá realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento y que consistirán en:

________

En adelante, los «Servicios».


SEGUNDA.- MODIFICACIONES O AMPLIACIONES DEL OBJETO.

Si durante la vigencia del presente Contrato cualquiera de las Partes considerase oportuno modificar o ampliar la prestación de los Servicios, ambas Partes deberán negociar de buena fe el alcance de dichas modificaciones o ampliaciones.

Los acuerdos adoptados deberán constar por escrito y quedarán incorporados como anexos al presente Contrato. En caso de que las Partes no alcancen acuerdo sobre dichas modificaciones o ampliaciones, cualquiera de ellas podrá resolver el Contrato sin penalización, abonándose los Servicios efectivamente prestados hasta la fecha.

Toda modificación o ampliación de los Servicios conllevará, en su caso, la renegociación del precio conforme a la cláusula CUARTA. La prestación de cualquier servicio adicional o complementario solicitado por el CLIENTE se regirá por las estipulaciones de este Contrato.


TERCERA.- DURACIÓN.

Los Servicios se prestarán durante el periodo comprendido entre el ________, fecha de entrada en vigor del Contrato, y el ________, fecha de finalización del mismo.

El Contrato podrá prorrogarse por acuerdo escrito de las Partes por períodos sucesivos de ________.

La no entrega del proyecto contratado en el plazo acordado, o el incumplimiento de cualquiera de los compromisos asumidos en el Contrato, facultará al CLIENTE para resolver el Contrato o para exigir al FREELANCE la indemnización por los daños y perjuicios causados, salvo en supuestos de fuerza mayor o por causa no imputable al FREELANCE.


CUARTA.- PRECIO Y FORMA DE PAGO.

El precio que el CLIENTE abonará al FREELANCE por la realización de los Servicios objeto de este Contrato se fija en la cantidad de ________ euros (________), más el Impuesto sobre el Valor Añadido que resulte aplicable, satisfecho de la siguiente forma:

________.

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN ________, en el plazo de ________ días desde la recepción de la factura correspondiente. En defecto de pacto, el plazo de pago será de treinta (30) días, conforme a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Las cantidades pactadas se incrementarán con el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo legalmente vigente, que será debidamente repercutido al CLIENTE en la factura, sin perjuicio de las retenciones a cuenta del IRPF que, en su caso, resulten legalmente procedentes.

Correrán a cuenta del FREELANCE cuantos gastos, tributos e impuestos, ya sean estatales, autonómicos o municipales, se generen y resulten aplicables como consecuencia de su actividad y de la ejecución de este Contrato, con la única excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido o impuesto que lo sustituya, que será repercutido al CLIENTE.

El retraso en el pago devengará automáticamente, sin necesidad de previo requerimiento, el interés de demora legalmente previsto en la citada Ley 3/2004.


QUINTA.- TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN.

Las Partes fijan el siguiente calendario de trabajo:

________.

Respecto a los términos y condiciones de la prestación, se establecen las siguientes estipulaciones:

a) El FREELANCE se obliga a gestionar y obtener, a su cargo, todas las licencias, permisos y autorizaciones administrativas que pudieran ser necesarias para la realización de los Servicios.

b) El FREELANCE estará obligado a cumplir con lo estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas en este documento.

c) Los honorarios se estiman sobre la base de la realización del proyecto en condiciones ordinarias. El CLIENTE deberá abonar el recargo que se pacte por escrito por cualquier Servicio que requiera trabajar fuera de los plazos programados por razones de fechas de entrega no previstas o como consecuencia de que el CLIENTE no haya cumplido con los plazos de entrega de información, materiales o aprobaciones.

d) El FREELANCE deberá cumplir de forma eficiente y diligente los trabajos encomendados y aquellas obligaciones que se deriven de la naturaleza del servicio.

e) El FREELANCE contará con los recursos materiales y humanos que resulten razonablemente satisfactorios para la prestación de los Servicios.

f) El FREELANCE informará de manera inmediata al CLIENTE si se prevé o se produce algún incidente que pueda menoscabar o perjudicar los intereses de este último, así como cuando detecte un error, a fin de que pueda adoptar las medidas y acciones correctoras que estime oportunas.

g) El FREELANCE conservará en todo momento un detalle completo y adecuado de las actividades realizadas para la prestación de los Servicios, información que podrá ser solicitada por el CLIENTE en cualquier momento, sin que el FREELANCE pueda negarse a entregarla sin causa justificada.

h) El FREELANCE prestará los Servicios con la diligencia profesional exigible, respondiendo por los daños y perjuicios derivados de su incumplimiento o cumplimiento defectuoso en los términos de los artículos 1101 y siguientes del Código Civil, sin que quepan exoneraciones de responsabilidad por dolo o culpa grave.


SEXTA.- OBLIGACIONES DEL CLIENTE.

El CLIENTE se obliga a facilitar al FREELANCE toda la información, documentación, materiales y medios que resulten necesarios para la correcta prestación de los Servicios, así como a prestar la colaboración que razonablemente le sea requerida.

Asimismo, el CLIENTE se compromete a abonar al FREELANCE el precio pactado en la cláusula CUARTA, en los términos, plazos y forma en ella establecidos.

El CLIENTE deberá emitir las aprobaciones, validaciones y comunicaciones que sean precisas dentro de los plazos acordados, no pudiendo imputar al FREELANCE los retrasos que tuvieran su origen en el incumplimiento de estas obligaciones.


SÉPTIMA.- INDEPENDENCIA DE LAS PARTES.

El presente Contrato tiene naturaleza mercantil y no laboral, de modo que entre las Partes no existe ni se establece relación laboral alguna ni vínculo de dependencia o subordinación, rigiéndose por la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, y supletoriamente por el Código de Comercio y el Código Civil.

a) El FREELANCE presta los Servicios con plena autonomía e independencia, con sus propios medios y organización, asumiendo el riesgo y ventura de su actividad, sin estar sometido a horario, dirección ni control del CLIENTE más allá de las instrucciones generales necesarias para la correcta ejecución de los Servicios.

b) El FREELANCE declara hallarse dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, así como en el correspondiente epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas, y al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.

c) Serán de exclusiva cuenta y cargo del FREELANCE el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, así como el cumplimiento de cuantas obligaciones fiscales, laborales y de cualquier otra índole se deriven de su condición de trabajador autónomo.

d) El FREELANCE será el único responsable frente al personal que, en su caso, pudiera emplear para la prestación de los Servicios, sin que el CLIENTE asuma responsabilidad alguna respecto de dicho personal.

Nada de lo previsto en este Contrato podrá interpretarse en el sentido de constituir una sociedad, asociación, joint venture o relación de mandato entre las Partes, ni facultará a ninguna de ellas para obligar o vincular a la otra frente a terceros.

El FREELANCE mantendrá indemne al CLIENTE de cualquier reclamación, sanción o responsabilidad que pudiera derivarse del incumplimiento de las obligaciones referidas en la presente cláusula.


OCTAVA.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.

Las Partes no podrán ceder su posición contractual a terceros, ni los derechos u obligaciones que de este Contrato emanen a su favor o a su cargo, sin el consentimiento previo y por escrito de la otra Parte. La sustitución o delegación de la prestación del servicio en un tercero se tratará como un supuesto de subcontratación, sin que el FREELANCE quede desligado de la relación negocial con el CLIENTE ni liberado de los deberes que le incumben como prestador de los Servicios.

El incumplimiento de esta cláusula por el FREELANCE será motivo suficiente para resolver el presente Contrato.


NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD.

Las Partes se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para mantener en secreto y con carácter confidencial toda la información que les haya sido comunicada como tal por la otra Parte durante la ejecución del Contrato, o que hayan conocido en el curso de la misma. Esta obligación no se aplicará a:

a) la información que sea de dominio público;

b) la información de que las Partes dispusieran antes de haberles sido facilitada por la otra Parte; y

c) la información legalmente adquirida por las Partes de fuentes distintas a la otra Parte.

Las Partes se comprometen a utilizar dicha información únicamente para la ejecución del Contrato, así como a no explotar, por cuenta propia o de tercero, directa o indirectamente, toda o parte de la misma.

Esta obligación de confidencialidad deberá respetarse durante toda la vigencia del Contrato y, una vez finalizado el mismo, durante un período de ________.

Toda violación o incumplimiento de la presente estipulación obligará a la Parte infractora a indemnizar a la otra por los daños y perjuicios causados, sin perjuicio del derecho de la Parte afectada a ejercitar las acciones que legalmente procedan.


DÉCIMA.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.

El FREELANCE podrá exhibir muestras del resultado de los Servicios como piezas de su portafolio únicamente con el consentimiento previo y por escrito del CLIENTE.

La titularidad de los derechos cedidos afecta no solo al producto final, sino al conjunto de trabajos, bocetos, esquemas, documentos previos, diagramas y, en general, a todos y cada uno de los trabajos susceptibles de ser objeto de propiedad intelectual o industrial realizados en ejecución del Contrato.

El FREELANCE garantiza al CLIENTE que el material es original y que ostenta la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre el mismo, habiendo sido íntegramente realizado por él, y que no vulnera norma, contrato, derecho, interés o propiedad de terceros, manteniendo indemne al CLIENTE frente a cualquier reclamación de tercero a este respecto.


DECIMOPRIMERA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

Las Partes conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). Ninguna de las Partes asumirá responsabilidad por el incumplimiento de dicha normativa por la otra Parte.

En el caso de que la prestación de los Servicios suponga el acceso del FREELANCE a datos personales responsabilidad del CLIENTE, las Partes suscribirán el correspondiente contrato de encargo de tratamiento conforme al artículo 28 del RGPD, en cuya virtud el FREELANCE, como encargado del tratamiento, se obliga a:

a) Tratar los datos personales únicamente conforme a las instrucciones documentadas del CLIENTE y exclusivamente para cumplir con sus obligaciones contractuales.

b) Adoptar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia en el tratamiento de los datos.

c) No comunicar ni ceder los datos a terceros, ni subcontratar el tratamiento, sin autorización previa del CLIENTE.

d) Guardar el deber de secreto y confidencialidad respecto de los datos personales a los que tenga acceso, conforme al artículo 5 de la LOPDGDD, subsistente aun después de finalizar la relación.

e) Una vez finalizada la prestación, devolver o destruir, a elección del CLIENTE, los datos personales y los soportes en que consten, suprimiendo cualquier copia salvo obligación legal de conservación.


DECIMOSEGUNDA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 1124 del Código Civil, será causa de resolución del presente Contrato el incumplimiento grave por cualquiera de las Partes de las obligaciones esenciales asumidas, así como la declaración de concurso de acreedores de cualquiera de ellas en los términos legalmente previstos.

La Parte cumplidora podrá optar entre exigir el cumplimiento o resolver el Contrato, con la indemnización de daños y perjuicios y abono de intereses en ambos casos. La resolución no afectará a las cláusulas que, por su naturaleza, deban permanecer en vigor, tales como confidencialidad, protección de datos y propiedad intelectual.


DECIMOTERCERA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO.

Las Partes reconocen quedar obligadas por el presente Contrato, que tiene carácter mercantil, así como por sus correspondientes anexos, comprometiéndose a su cumplimiento de buena fe.

Todo litigio relativo, especialmente pero no exclusivamente, a la formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución o terminación de este Contrato y, en general, a la relación establecida entre las Partes, se someterá a la legislación española; en particular, a la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, al Código de Comercio y, supletoriamente, al Código Civil.

Las referencias a cualquier norma legal o reglamentaria deberán entenderse realizadas a las normas o preceptos que puedan sustituirlas en el futuro.


DECIMOCUARTA.- JURISDICCIÓN.

Para la resolución de cuantas cuestiones o controversias pudieran derivarse de la interpretación o ejecución del presente Contrato, las Partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de ________.


DECIMOQUINTA.- NOTIFICACIONES.

Cualquier comunicación entre las Partes en relación con el presente Contrato deberá efectuarse por escrito a los domicilios y direcciones de correo electrónico indicados en el encabezamiento, salvo que se notifique fehacientemente su modificación.


DECIMOSEXTA.- GENERALIDADES.

El presente Contrato anula y reemplaza cualquier contrato o acuerdo anterior entre las Partes con el mismo objeto, y solo podrá ser modificado por un nuevo acuerdo escrito firmado por ambas Partes.

Si alguna de las cláusulas fuere declarada nula o inaplicable, se considerará excluida del Contrato sin que ello implique su nulidad total. En tal caso, las Partes harán cuanto esté a su alcance para encontrar una solución equivalente válida que refleje debidamente sus intenciones.

Los encabezamientos de las distintas cláusulas tienen carácter meramente informativo y no afectarán, calificarán ni ampliarán la interpretación de este Contrato.


Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las Partes firman el presente Contrato por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.


EL CLIENTE


Fdo. ________.



EL FREELANCE


Fdo. ________.

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