Contrato de Coworking - Modelo de Formulario Pro · ES-law

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Contrato de Coworking - Modelo de Formulario
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CONTRATO DE COWORKING (CESIÓN DE USO DE PUESTO DE TRABAJO)


En ________, a ________

REUNIDOS


De una parte,

________, con DNI/NIF ________, mayor de edad, y con domicilio a efectos del presente Contrato en: ________. Correo electrónico a efectos de notificaciones: ________.

En adelante, la PARTE ARRENDADORA/COWORKING.


Y de otra parte,

________, con DNI/NIF ________, mayor de edad, y con domicilio a efectos del presente Contrato en: ________. Correo electrónico a efectos de notificaciones: ________.

En adelante, la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER.


INTERVIENEN

La PARTE ARRENDADORA/COWORKING y la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER comparecen, cada una de ellas, en su propio nombre y derecho, reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para obligarse y otorgar el presente Contrato, y a tal efecto,


EXPONEN

I.- Que la PARTE ARRENDADORA/COWORKING desarrolla una actividad de coworking, prestando servicios de cesión de uso de puestos de trabajo y de espacios profesionales compartidos, y ostenta el derecho y la facultad de ceder el uso y gestionar el siguiente local u oficina:

________

Que la oficina o espacio de coworking se compone de las siguientes partes:

________

II.- Que la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER se dedica a la actividad descrita a continuación:

________

III.- Que las partes hacen constar expresamente que el presente Contrato no constituye un arrendamiento de finca urbana en el sentido de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, sino un contrato atípico de prestación de servicios y cesión de uso de puesto de trabajo en espacio compartido, que se rige por la voluntad de las partes manifestada en sus estipulaciones, por lo dispuesto en el Título II del Libro IV del Código Civil y, supletoriamente, por los principios generales del Derecho de obligaciones y contratos. Toda referencia a "arrendamiento", "arrendador" o "arrendatario" se entiende efectuada en este sentido y a meros efectos identificativos.

IV.- Que, estando la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER interesada en el uso de un puesto de trabajo dentro de la oficina o espacio de coworking descrito anteriormente, ambas partes acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE COWORKING, con arreglo a las siguientes,


ESTIPULACIONES


PRIMERA.- OBJETO.

El presente Contrato tiene por objeto la cesión de uso a la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER de un puesto de trabajo dentro de la oficina o espacio de coworking antes mencionado, cuya situación y estado son conocidos y aceptados por ambas partes contratantes.

Concretamente, la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER podrá utilizar el puesto de trabajo asignado dentro del espacio de coworking, en función de los puestos disponibles en el momento de la firma del Contrato. Tras la firma del presente Contrato, el puesto de trabajo que ocupará la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER será el siguiente:

________

El puesto de trabajo es fijo. Los cambios que puedan producirse, bien por la existencia de puestos disponibles, bien por acuerdo entre los coworkers, deberán comunicarse a la PARTE ARRENDADORA/COWORKING. Asimismo, la PARTE ARRENDADORA/COWORKING se reserva el derecho a modificar el puesto de trabajo de la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER si lo estima oportuno por causas organizativas, garantizando en todo momento un lugar de trabajo de características equivalentes.

La PARTE ARRENDATARIA/COWORKER declara de forma expresa en este acto recibir el puesto de trabajo dentro de la oficina o espacio de coworking en perfectas condiciones de uso, comprometiéndose a devolverlo en idéntico estado, salvo el desgaste derivado de un uso normal y diligente, a la finalización del Contrato.


SEGUNDA.- DESTINO.

El puesto de trabajo dentro de la oficina objeto de este Contrato será destinado única y exclusivamente al ejercicio de la actividad profesional descrita en el Expositivo II, sin que pueda dársele cualquier otro uso o destino sin el consentimiento previo y por escrito de la PARTE ARRENDADORA/COWORKING.


TERCERA.- HORARIO.

El horario de apertura y cierre será de ________ a ________. La PARTE ARRENDATARIA/COWORKER dispondrá de una llave o sistema de acceso al local y podrá organizar su jornada dentro del horario estipulado anteriormente, obligándose a su correcta custodia y a su devolución a la finalización del Contrato.

En cuanto a la sala de reuniones, su uso deberá reservarse con un período mínimo de ________ de antelación.


CUARTA.- DURACIÓN, PRÓRROGA Y DESISTIMIENTO.

La cesión de uso del espacio de coworking se pacta por el plazo siguiente: ________, a contar desde el día ________.

Llegado el día del vencimiento del Contrato, si ninguna de las Partes hubiese notificado a la otra con, como mínimo, ________ de antelación, y siguiendo el procedimiento de notificaciones previsto, su voluntad de NO renovar el presente Contrato, se entenderá que éste entra en periodos sucesivos de prórroga automática. Estos periodos de prórroga serán de ________ y se prolongarán de forma sucesiva hasta alcanzar un máximo de ________. Alcanzado este límite, el Contrato terminará de forma automática, esto es, sin necesidad de requerimiento alguno.

No obstante, durante los periodos de prórroga cualquiera de las Partes podrá, igualmente, notificar a la otra, siguiendo el procedimiento de notificaciones previsto, con como mínimo ________ de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de NO renovarlo.

Transcurrido el plazo de duración del Contrato y, en su caso, los periodos de prórroga correspondientes, la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER pondrá a disposición de la PARTE ARRENDADORA/COWORKING la totalidad del puesto de trabajo dentro de la oficina o espacio de coworking, sin necesidad de previo requerimiento expreso de aquélla. Lo anterior será de aplicación salvo que las Partes lleguen a un acuerdo para otorgar un nuevo contrato o proceder de forma distinta.

Tanto la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER como la PARTE ARRENDADORA/COWORKING tendrán derecho a desistir anticipadamente del Contrato en cualquier momento. En todo caso, la Parte que pretenda desistir deberá notificarlo, expresamente y por escrito, a la otra Parte con como mínimo ________ de antelación al momento en que el desistimiento haya de surtir efecto. Respetado dicho preaviso, el desistimiento no generará indemnización ni penalidad alguna.

En todo caso, cuando se resuelva el Contrato por voluntad de la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER, ésta deberá abonar a la PARTE ARRENDADORA/COWORKING todo importe devengado y no pagado durante la vigencia del Contrato. Ambas Partes son conscientes de que el ejercicio del derecho de desistimiento sin respetar el preaviso de ________ podrá acarrear el pago de una indemnización por los daños y perjuicios efectivamente acreditados.


QUINTA.- PRECIO.

La contraprestación pactada por las Partes es de ________ (________ €) por hora.

La obligación de la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER de pagar dicho importe nace a partir del momento de la entrada en vigor del presente Contrato.

La tarifa contratada incluye los siguientes servicios:

________

a) Impuestos.

La cantidad acordada en concepto de precio se verá incrementada en el porcentaje que resulte de la aplicación, según la legislación vigente, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o de cualquier otro tributo que, en su caso, viniera a sustituirlo, así como sujeta a las retenciones que en su caso procedan conforme a la normativa fiscal aplicable.

La referencia al Impuesto sobre el Valor Añadido deberá entenderse hecha al Impuesto General Indirecto Canario y/o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla, en aquellos territorios en los que estas figuras impositivas rijan, o bien a cualesquiera otras figuras impositivas que vengan a sustituir a las anteriores.

b) Forma de pago.

El pago se realizará cada mes, por anticipado, dentro de los siete (7) primeros días de cada mes.

El pago se realizará mediante ingreso o transferencia bancaria al número de cuenta (IBAN): ________ de la entidad bancaria: ________ y cuyo titular es: ________. El comprobante de ingreso o transferencia servirá como justificante del pago. No obstante, la PARTE ARRENDADORA/COWORKING emitirá y entregará a la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER la correspondiente factura con el desglose de cantidades y conceptos que corresponda, conforme al Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

El incumplimiento por la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER de la obligación de pago del precio en el periodo fijado será motivo de resolución del Contrato, debiendo en tal caso restituir inmediatamente el puesto de trabajo a la PARTE ARRENDADORA/COWORKING, siendo de cuenta de aquélla los gastos que la resolución pudiera ocasionar, así como el interés de demora legalmente establecido.


SEXTA.- FIANZA.

La PARTE ARRENDATARIA/COWORKER hará entrega de la cantidad de ________ (________ €) en concepto de fianza. Ésta servirá para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, hasta donde alcance, derivadas del presente Contrato, entre otras y a título enunciativo: la reparación de daños ocasionados en la oficina que sean de su responsabilidad y de los que no se hubiese hecho cargo; y la falta de pago del precio u otros conceptos.

Esta fianza será devuelta a la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER en el plazo máximo de ________ desde la finalización del Contrato, una vez comprobado el estado y condiciones en que se entrega el puesto de trabajo a la PARTE ARRENDADORA/COWORKING. La existencia de esta fianza no habilita a la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER a retrasar, impagar o compensar ninguna mensualidad del precio.


SÉPTIMA.- SERVICIOS OPTATIVOS.

Con independencia de los servicios incluidos en la estipulación "Precio", la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER podrá contratar los siguientes servicios adicionales ofrecidos por la PARTE ARRENDADORA/COWORKING:

________

Estos servicios serán abonados por la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la factura por la PARTE ARRENDADORA/COWORKING, en función de los servicios contratados y del consumo.


OCTAVA.- OBLIGACIONES DE LA PARTE ARRENDATARIA/COWORKER.

Queda prohibida la realización de cualquier obra por la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER, quien únicamente podrá realizar actuaciones de conservación y mantenimiento siempre que sean autorizadas previamente y por escrito por la PARTE ARRENDADORA/COWORKING.

En cualquier caso, estas obras nunca podrán alterar la seguridad y/o estabilidad del inmueble. Toda obra ejecutada quedará en beneficio de la propiedad, sin derecho a indemnización alguna para la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER, pudiendo la PARTE ARRENDADORA/COWORKING exigir la reposición de las cosas a su estado anterior, sin que tampoco en este caso se genere derecho a indemnización a su favor.

El puesto de trabajo se destinará única y exclusivamente al uso y destino acordado en la estipulación "Destino". En consecuencia, la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER renuncia expresamente a la cesión del presente Contrato y/o al subarriendo, total o parcial, del puesto de trabajo dentro de la oficina.

La PARTE ARRENDATARIA/COWORKER se obliga, asimismo, a cumplir las normas internas de uso y convivencia del espacio de coworking, así como la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, seguridad e higiene aplicable a su actividad. El incumplimiento de las prohibiciones contenidas en esta estipulación dará lugar a la resolución del presente Contrato de forma inmediata.


NOVENA.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

Con carácter general, el incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones que para ellas emanan del presente Contrato dará derecho a la Parte cumplidora a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del Contrato, conforme a lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil, con resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos.


DÉCIMA.- NOTIFICACIONES.

Para cualquier notificación entre las Partes derivada del presente Contrato, éstas acuerdan que sus domicilios y direcciones de correo electrónico a tales efectos serán los indicados al inicio de este Contrato y, en su caso, la dirección de la oficina. Para que una notificación sea válida deberá realizarse por un medio fehaciente que deje constancia del momento del envío, de la dirección a la que se envía y del momento de su recepción por la otra Parte. Cualquier cambio de domicilio o dirección a efectos de notificaciones deberá comunicarse a la otra Parte lo antes posible, siguiendo el procedimiento aquí establecido.


DECIMOPRIMERA.- LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD.

Sin perjuicio de cualquier daño que pudiera producirse y cualquiera que fuese su causa, la responsabilidad de la PARTE ARRENDADORA/COWORKING, sus agentes, socios, representantes y empleados en virtud de cualquier disposición de este Contrato se limitará a los daños reales y efectivamente acreditados, hasta el máximo previsto en la póliza de Responsabilidad Civil existente o conforme a la regulación de sus cláusulas aplicables. La presente limitación no será de aplicación en los supuestos de dolo o culpa grave conforme al artículo 1.102 del Código Civil.

La PARTE ARRENDADORA/COWORKING quedará exenta de responsabilidad en relación con la actividad de la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER, que utiliza sus instalaciones únicamente como lugar físico para el desarrollo de su trabajo. Quedan prohibidas las actividades ilegales, contrarias al orden público o de dudosa legalidad que pudieran realizarse en sus instalaciones, siendo dicha circunstancia causa de resolución del Contrato y reservándose la PARTE ARRENDADORA/COWORKING el derecho a emprender las acciones legales que procedan. Su responsabilidad recae únicamente en la cesión de uso de uno o varios puestos de trabajo.

En definitiva, la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER es la única responsable de sus actividades, declinando la PARTE ARRENDADORA/COWORKING cualquier responsabilidad por los actos realizados sin su consentimiento o conocimiento, así como cualquier vinculación comercial, empresarial, económica o de cualquier otra índole con la PARTE ARRENDATARIA/COWORKER.


DECIMOSEGUNDA.- SEGUROS.

La PARTE ARRENDATARIA/COWORKER deberá disponer y mantener vigente una póliza de seguro que cubra su propia responsabilidad civil durante el tiempo en que utilice la oficina o espacio de coworking, debiendo acreditar su vigencia a la PARTE ARRENDADORA/COWORKING cuando ésta lo requiera.


DECIMOTERCERA.- CONFIDENCIALIDAD.

En consecuencia, las Partes se obligan a mantener toda la Información Confidencial en estricta confidencialidad, a no revelarla a terceros y a no utilizarla, directa o indirectamente, de cualquier forma que perjudique a la otra Parte o a cualquier participante o usuario de los servicios. Las Partes se comprometen a utilizar dicha información únicamente para la ejecución del Contrato, sin explotarla por cuenta propia o de tercero.

Esta obligación de confidencialidad deberá respetarse durante toda la vigencia del Contrato y, una vez finalizado éste, durante un período de ________. Lo dispuesto en esta estipulación se entiende sin perjuicio de la protección dispensada a los secretos empresariales por la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales.

Toda violación o incumplimiento de la presente estipulación conllevará la obligación, para la Parte incumplidora, de indemnizar a la otra Parte por los daños y perjuicios efectivamente acreditados, sin perjuicio del derecho de la Parte afectada a ejercitar las acciones que legalmente procedan.


DECIMOCUARTA.- PROTECCIÓN DE DATOS.

Ambas Partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal a los que tengan acceso como consecuencia de la suscripción y ejecución del presente Contrato de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

Los datos personales facilitados por las Partes serán tratados, cada una en calidad de responsable del tratamiento respecto de los datos del personal de contacto de la otra, con la única finalidad de gestionar y mantener la relación contractual derivada del presente Contrato, así como para el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales que de él se deriven. La base de legitimación del tratamiento es la ejecución del propio Contrato (art. 6.1.b RGPD) y el cumplimiento de obligaciones legales (art. 6.1.c RGPD).

Las Partes se comprometen a adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Los datos serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir la finalidad para la que fueron recabados y, en todo caso, durante los plazos legalmente exigibles.

Las Partes podrán ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición, dirigiéndose por escrito al domicilio indicado al inicio del presente Contrato, así como presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).


DECIMOQUINTA.- GASTOS E IMPUESTOS.

Todos los gastos e impuestos que se deriven de la formalización, otorgamiento y, en su caso, ejecución del presente Contrato serán abonados por cada una de las Partes conforme a lo establecido en la legislación aplicable.

Los tributos que graven el presente Contrato serán satisfechos por la Parte que resulte obligada a su pago según la normativa fiscal vigente en cada momento. Cualquier gasto que no esté expresamente atribuido a una de las Partes será asumido por aquella que lo origine o, en su defecto, por ambas Partes a partes iguales.


DECIMOSEXTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN.

El presente Contrato se rige e interpreta conforme a la legislación española. En caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación relacionada con el presente Contrato, o derivada de su interpretación o ejecución, las Partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de ________, sin perjuicio de los fueros de carácter imperativo que resulten legalmente aplicables.


DECIMOSÉPTIMA.- GENERALIDADES.

El presente Contrato anula y reemplaza cualquier acuerdo o contrato anterior entre las Partes con el mismo objeto, y sólo podrá ser modificado mediante documento escrito firmado por ambas Partes.

Si alguna de las cláusulas del presente Contrato fuere declarada nula o inaplicable, dicha cláusula se considerará excluida del Contrato, sin que ello implique la nulidad del mismo. En tal caso, las Partes harán cuanto esté a su alcance para encontrar una solución equivalente, válida, que refleje debidamente sus intenciones.

Los encabezamientos de las distintas estipulaciones tienen carácter meramente informativo y no afectarán, calificarán ni ampliarán la interpretación de este Contrato.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las Partes firman el presente Contrato de coworking, extendido por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.


PARTE ARRENDADORA/COWORKING:

Fdo. ________



PARTE ARRENDATARIA/COWORKER:

Fdo. ________

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