Contrato de Community Mánager - Modelo de Formulario Pro · ES-law

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Contrato de Community Mánager - Modelo de Formulario
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE COMMUNITY MANAGER Y GESTIÓN DE REDES SOCIALES


En ________, a ________


REUNIDOS

De una parte,

Don/Doña ________, mayor de edad, con DNI/NIF ________, y con domicilio a efectos de notificaciones en ________, con dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones ________ (en adelante, el "CLIENTE").

Y de otra parte,

Don/Doña ________, mayor de edad, con DNI/NIF ________, dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y con domicilio a efectos de notificaciones en ________, con dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones ________ (en adelante, el "COMMUNITY MANAGER").

El CLIENTE y el COMMUNITY MANAGER serán referidos individualmente como "Parte" y conjuntamente como las "Partes".


INTERVIENEN

Ambas Partes intervienen en su propio nombre y derecho, reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria y suficiente para obligarse y otorgar el presente Contrato, y a tal efecto

EXPONEN

I.- Que el CLIENTE está interesado en dar a conocer y promocionar de forma adecuada sus productos y/o servicios, y a tales efectos desea contratar la prestación de determinados servicios profesionales de gestión de redes sociales, marketing digital y publicidad en línea (en adelante, los "Servicios"), a desarrollar por el COMMUNITY MANAGER. Concretamente, el CLIENTE está interesado en la contratación de los siguientes Servicios:

________

II.- Que el COMMUNITY MANAGER cuenta con experiencia, medios y cualificación profesional acreditada en el sector del marketing digital y la gestión de redes sociales, y se encuentra interesado en prestar sus servicios profesionales al CLIENTE con plena autonomía técnica, organizativa y de medios.

III.- Que ambas Partes, reconociéndose capacidad legal suficiente, han convenido celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE COMMUNITY MANAGER (en adelante, el "Contrato"), de naturaleza civil/mercantil de arrendamiento de servicios al amparo de los artículos 1.254 y siguientes y 1.544 del Código Civil, sin que en ningún caso pueda entenderse constituida relación laboral alguna entre las Partes, con sujeción a las siguientes


CLÁUSULAS


PRIMERA.- OBJETO.

1.1. En virtud del presente Contrato, el COMMUNITY MANAGER se obliga frente al CLIENTE a ejecutar, con plena autonomía e independencia y asumiendo el riesgo y ventura de su actividad, los Servicios contratados que se describen en el Expositivo I, de conformidad con los términos y condiciones del presente documento, sin que exista horario determinado, exclusividad, dependencia ni subordinación jerárquica alguna.

1.2. Los Servicios objeto del presente Contrato son, en concreto, los siguientes:

________

1.3. Las Partes declaran expresamente que la relación que les vincula es de carácter civil/mercantil, prestándose los Servicios por cuenta propia del COMMUNITY MANAGER, quedando excluida la aplicación del Estatuto de los Trabajadores y de cualquier normativa de carácter laboral.


SEGUNDA.- MODIFICACIONES O AMPLIACIONES DEL OBJETO.

2.1. Si durante la vigencia del presente Contrato cualquiera de las Partes considera oportuno modificar y/o ampliar la prestación de Servicios, ambas Partes deberán negociar de buena fe el alcance de dichas modificaciones o ampliaciones.

2.2. Los acuerdos adoptados deberán constar por escrito y quedarán incorporados como anexos numerados al presente Contrato, formando parte integrante del mismo. En caso de no alcanzarse acuerdo, cualquiera de las Partes podrá resolver el presente Contrato conforme a lo previsto en la Cláusula Novena.

2.3. La modificación o ampliación de los Servicios conllevará la renegociación del precio conforme a la Cláusula Quinta. La prestación de cualquier servicio adicional o complementario solicitado por el CLIENTE se regirá por las estipulaciones de este Contrato salvo pacto expreso en contrario.


TERCERA.- LUGAR Y MODO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.

3.1. El COMMUNITY MANAGER no tendrá obligación de acudir a las instalaciones del CLIENTE, pudiendo prestar los Servicios desde sus propias instalaciones y con sus propios medios materiales y técnicos.

3.2. El COMMUNITY MANAGER organizará su trabajo con plena autonomía, no existiendo horario fijo ni determinado, debiendo únicamente cumplir los plazos y calendarios pactados en el presente Contrato y sus anexos.


CUARTA.- DURACIÓN.

4.1. El presente Contrato entrará en vigor en la fecha indicada en el encabezamiento y tendrá una duración de ________, prorrogable por acuerdo expreso y escrito de las Partes.

4.2. El incumplimiento de los plazos de entrega o de cualquiera de los compromisos asumidos en el Contrato dará derecho al CLIENTE a resolver el Contrato o a exigir el cumplimiento, así como, en su caso, la indemnización por los daños y perjuicios causados, salvo que el incumplimiento traiga causa de fuerza mayor o de causa no imputable al COMMUNITY MANAGER.


QUINTA.- PRECIO Y FORMA DE PAGO.

a) Contraprestación pactada

El precio que el CLIENTE abonará al COMMUNITY MANAGER por la prestación de los Servicios se fija en la cantidad de ________ € (________), más el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aplicable conforme a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido al CLIENTE en la correspondiente factura. La periodicidad de la contraprestación será: ________.

b) Forma de pago

El pago se efectuará mediante ________, en la cuenta bancaria con IBAN ________ titularidad del COMMUNITY MANAGER, previa emisión de la correspondiente factura con los requisitos legales y fiscales aplicables.

c) Liquidación y plazos

La contraprestación deberá abonarse en el plazo de ________ días desde la recepción de la factura correspondiente. En defecto de pacto, el plazo de pago será de treinta (30) días, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. El retraso en el pago devengará el interés de demora legalmente previsto.

El COMMUNITY MANAGER practicará, en su caso, la retención por Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que resulte legalmente procedente en la emisión de las facturas. Correrán por cuenta del COMMUNITY MANAGER cuantos tributos, cotizaciones e impuestos, estatales, autonómicos o municipales, se generen como consecuencia del ejercicio de su actividad profesional, con la única excepción del IVA, que será repercutido al CLIENTE.


SEXTA.- CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO.

6.1. Las Partes fijan el siguiente calendario de trabajo:

________

6.2. Respecto a los términos y condiciones generales del Servicio contratado, se establecen las siguientes estipulaciones:

a) El COMMUNITY MANAGER deberá cumplir de forma eficiente y oportuna los trabajos encomendados y las obligaciones que se deriven de la naturaleza del Servicio.

b) El COMMUNITY MANAGER se obliga a gestionar y obtener, a su cargo, las licencias, permisos y autorizaciones que pudieran resultar necesarios para la realización de los Servicios.

c) El COMMUNITY MANAGER dispondrá de los recursos humanos y materiales razonablemente suficientes para la prestación de los Servicios.

d) Los Servicios se prestarán a favor del CLIENTE conforme a la legislación española vigente.

f) El COMMUNITY MANAGER se compromete a la realización de las tareas especificadas en la Cláusula Primera. Cualquier trabajo adicional no especificado se realizará bajo demanda expresa y deberá ser objeto de pacto específico.

g) El COMMUNITY MANAGER informará de manera inmediata al CLIENTE si se prevé o produce cualquier incidente que pueda menoscabar o perjudicar sus intereses, así como cuando detecte un error, a fin de que el CLIENTE pueda adoptar las medidas correctoras oportunas.

h) El COMMUNITY MANAGER conservará en todo momento un registro completo y adecuado de las actividades realizadas, que podrá ser solicitado por el CLIENTE en cualquier momento, sin que el COMMUNITY MANAGER pueda negarse sin causa justificada a entregar dicha información.

i) Las averías o el mal funcionamiento de los Servicios se comunicarán al COMMUNITY MANAGER, quien procederá a realizar las correcciones necesarias en un plazo máximo de ________ días.

j) El COMMUNITY MANAGER mantendrá las reuniones que resulten necesarias con el CLIENTE para establecer los objetivos de la estrategia de Social Media y la medición de resultados.


SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.

7.2. Obligaciones del CLIENTE. El CLIENTE se obliga a facilitar al COMMUNITY MANAGER toda la información, documentación, accesos y materiales necesarios para la correcta prestación de los Servicios, a colaborar de buena fe y a abonar el precio pactado en las condiciones y plazos de la Cláusula Quinta.

El CLIENTE será el único responsable de la veracidad, licitud y exactitud de la información y los contenidos que facilite, así como de contar con los derechos y autorizaciones necesarios sobre los mismos, manteniendo indemne al COMMUNITY MANAGER frente a cualquier reclamación de terceros derivada de ello.

Ambas Partes se comprometen a comunicarse de forma fluida y a colaborar mutuamente en todo aquello que resulte necesario para el adecuado cumplimiento del objeto del presente Contrato.


OCTAVA.- PROPIEDAD INTELECTUAL Y CESIÓN DE DERECHOS.

8.1. Salvo pacto expreso en contrario, los derechos de explotación de propiedad intelectual sobre los contenidos creativos elaborados por el COMMUNITY MANAGER en ejecución del presente Contrato (textos, diseños, piezas gráficas y audiovisuales) se entenderán cedidos al CLIENTE, conforme al Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en la modalidad, ámbito territorial y temporal de ________, una vez satisfecho íntegramente el precio.

8.2. El COMMUNITY MANAGER conservará los derechos morales que le reconoce el artículo 14 del citado texto legal, que son irrenunciables e inalienables.


NOVENA.- SUBCONTRATACIÓN.

El COMMUNITY MANAGER no podrá subcontratar, total ni parcialmente, los Servicios objeto del presente Contrato sin la autorización previa y por escrito del CLIENTE. El incumplimiento de esta estipulación será causa suficiente de resolución del Contrato.


DÉCIMA.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.

10.1. El presente Contrato podrá ser resuelto por mutuo acuerdo de las Partes, con los efectos que ellas determinen, así como por cualquiera de las Partes, sin necesidad de intervención judicial y sin perjuicio de las responsabilidades en que incurra la otra Parte, por "causa justificada", entendiéndose por tal:

a) el incumplimiento por la otra Parte de cualquiera de las obligaciones previstas en este Contrato que no sea subsanado en el plazo de treinta (30) días desde la notificación escrita y fehaciente requiriendo su cumplimiento; o

b) la situación de insolvencia, la expropiación o embargo de una parte sustancial de sus activos o la declaración de concurso de acreedores de cualquiera de las Partes, conforme al texto refundido de la Ley Concursal aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo; o

c) las demás causas establecidas en el presente Contrato y en la Ley.

10.2. El incumplimiento por cualquiera de las Partes dará derecho a la Parte cumplidora a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del Contrato, conforme al artículo 1.124 del Código Civil, con resarcimiento de daños y abono de intereses.

10.3. Cualquiera de las causas de resolución anteriores dará derecho a la Parte que no la hubiera provocado a la indemnización de los daños y perjuicios derivados de la misma.

10.4. La no utilización por una Parte de alguna de las causas de resolución no se considerará renuncia a sus derechos derivados del incumplimiento de la otra Parte.


UNDÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD.

11.1. Las Partes se comprometen a mantener en estricto secreto toda la información que les haya sido comunicada como confidencial por la otra Parte, o que hayan conocido durante la ejecución del Contrato. Esta obligación no se aplicará a la información que: a) sea de dominio público; b) estuviera en poder de la Parte receptora antes de su comunicación; o c) hubiera sido legalmente adquirida de fuentes distintas a la otra Parte.

11.2. Las Partes se comprometen a utilizar dicha información únicamente para la ejecución del Contrato y a no explotarla, por cuenta propia o ajena, directa o indirectamente.

11.3. Esta obligación de confidencialidad regirá durante toda la vigencia del Contrato y, una vez finalizado, durante un período de ________.

11.4. Toda violación de la presente estipulación conllevará la obligación de indemnizar a la Parte afectada por los daños y perjuicios ocasionados, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.


DUODÉCIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

12.1. Las Partes se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). Cada Parte responde individualmente del cumplimiento de la normativa que le resulte aplicable.

12.2. En la medida en que la prestación de los Servicios implique el acceso por el COMMUNITY MANAGER a datos personales responsabilidad del CLIENTE, aquél tendrá la condición de encargado del tratamiento conforme al artículo 28 del RGPD, regulándose dicho tratamiento mediante el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento que se incorporará como anexo, obligándose el COMMUNITY MANAGER a:

a) Tratar los datos personales únicamente conforme a las instrucciones documentadas del CLIENTE y para la exclusiva finalidad de cumplir sus obligaciones contractuales.

b) Implantar las medidas técnicas y organizativas apropiadas que garanticen la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia de los sistemas y servicios de tratamiento.

c) No comunicar ni ceder los datos a terceros, ni subcontratar el tratamiento, sin autorización previa del CLIENTE.

d) Guardar el deber de confidencialidad respecto de los datos personales conforme al artículo 5 de la LOPDGDD, incluso una vez finalizada la relación contractual, y suprimir o devolver los datos a la finalización del encargo.


DECIMOTERCERA.- NOTIFICACIONES.

Todas las notificaciones entre las Partes se realizarán por escrito a los domicilios y direcciones de correo electrónico indicados en el encabezamiento, surtiendo plenos efectos. Cualquier cambio de domicilio o de datos de contacto deberá comunicarse fehacientemente a la otra Parte.


DECIMOCUARTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO.

14.1. El presente Contrato tiene naturaleza civil/mercantil y se rige por la legislación española, en particular por el Código Civil y, en lo aplicable, por el Código de Comercio.

14.2. Todo litigio relativo a la formación, validez, interpretación, ejecución o terminación del presente Contrato será sometido a la legislación española.

14.3. Las referencias a normas legales o reglamentarias se entenderán realizadas a las disposiciones que puedan sustituirlas en el futuro.


DECIMOQUINTA.- JURISDICCIÓN.

Para la resolución de cuantas cuestiones o controversias pudieran derivarse del presente Contrato, las Partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de ________, salvo que el CLIENTE tuviera la condición de consumidor, en cuyo caso será competente el fuero legalmente imperativo que le corresponda.


DECIMOSEXTA.- GENERALIDADES.

16.1. El presente Contrato anula y reemplaza cualquier acuerdo anterior entre las Partes con el mismo objeto y sólo podrá ser modificado mediante nuevo acuerdo escrito firmado por ambas.

16.2. Si alguna cláusula fuera declarada nula o inaplicable, se considerará excluida sin que ello implique la nulidad del Contrato, comprometiéndose las Partes a sustituirla por otra válida que refleje su intención.

16.3. Los encabezamientos de las cláusulas tienen carácter meramente informativo y no afectarán a la interpretación del Contrato.


Y en prueba de conformidad, las Partes firman el presente Contrato por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.


EL CLIENTE



Fdo. Don/Doña ________.


EL COMMUNITY MANAGER


Fdo. Don/Doña ________.

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