CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS
En ________, a ________
REUNIDOS
De una parte,
________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________, actuando en su propio nombre y derecho.
En adelante, el "CEDENTE".
De otra parte,
________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________, actuando en su propio nombre y derecho.
En adelante, el "CESIONARIO".
El CEDENTE y el CESIONARIO, que en lo sucesivo podrán ser denominados, individualmente, "la Parte" y, conjuntamente, "las Partes", se reconocen recíprocamente la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse en los términos del presente Contrato, manifestando ser responsables de la veracidad de cuantas declaraciones realizan, y a tal efecto exponen las siguientes
DECLARACIONES
I.- Que Don/Doña ________ (en adelante, el "causante") falleció en ________, el día ________, en estado civil de ________, bajo testamento abierto otorgado en ________, el día ________, ante el Notario de ________ Don/Doña ________, con número de protocolo ________, según resulta del Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad de fecha ________, por el cual instituyó herederos a las siguientes ________ personas:
________.
II.- Que el CEDENTE ostenta la condición de heredero del causante, habiendo aceptado la herencia, y que su cuota o porcentaje en la misma asciende a ________.
III.- Que la herencia ha sido liquidada del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, conforme a lo previsto en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, pero no ha sido objeto de partición ni adjudicación, encontrándose, por tanto, en estado de comunidad hereditaria (Arts. 1051 y siguientes del Código Civil). Asimismo, las Partes manifiestan conocer la situación de cargas y deudas que, en su caso, gravaren el caudal hereditario y la sociedad de gananciales del causante, según se relaciona en la Cláusula Tercera.
IV.- Que, reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria, las Partes han convenido celebrar el presente CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS, al amparo de lo dispuesto en los Arts. 1112, 1255, 1280.4.º, 1531 y 1532 del Código Civil, que llevan a efecto con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO:
El CEDENTE cede y transfiere al CESIONARIO, que adquiere, la totalidad de los derechos hereditarios, así como las asignaciones a título singular, que le correspondan o puedan corresponderle en su condición de heredero en la sucesión de Don/Doña ________, fallecido en ________, el día ________. La cesión se realiza sobre la cuota indivisa que ostenta el CEDENTE en la comunidad hereditaria, considerada como universalidad, y no sobre bienes concretos y determinados, de conformidad con los Arts. 1531 y 1532 del Código Civil.
SEGUNDA.- TÍTULO Y NATURALEZA DEL DERECHO CEDIDO:
El derecho de herencia que transmite el CEDENTE le corresponde en virtud de la sucesión testada del causante, habiendo sido adquirido por título de herencia. El CEDENTE manifiesta que la cesión comprende su cuota hereditaria considerada en su conjunto, sin individualización de bienes, en los términos del Art. 1531 del Código Civil, respondiendo únicamente de su cualidad de heredero.
TERCERA.- BIENES, CARGAS Y DEUDAS QUE INTEGRAN LA HERENCIA:
El derecho de herencia cedido recae sobre la cuota que corresponde al CEDENTE en la sucesión no partida, en cuyo caudal se incluyen, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, los siguientes bienes y derechos:
________.
Las cargas, deudas y obligaciones conocidas que gravan el caudal hereditario son las siguientes:
________.
El CESIONARIO declara conocer y aceptar que la relación de bienes anterior tiene carácter informativo y que los bienes finalmente adjudicados tras la partición de la herencia podrán no coincidir con los reseñados. La cesión de los derechos hereditarios comprende la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones que integran el caudal hereditario, y no solo los relacionados en el presente Contrato, de modo que, en caso de aparecer nuevos bienes, estos quedarán igualmente comprendidos en la presente cesión. Asimismo, el CESIONARIO declara conocer y asumir que, a partir de la presente cesión, deberá hacer frente a las deudas y cargas hereditarias del causante en proporción a la cuota adquirida, en los términos legalmente previstos.
CUARTA.- PRECIO Y FORMA DE PAGO:
La presente cesión de derechos hereditarios se realiza a título oneroso, en concepto de compraventa, conforme a lo dispuesto en los Arts. 1531 y 1532 del Código Civil.
Las Partes convienen como precio de la cesión la cantidad de ________ euros (________), que será satisfecha por el CESIONARIO al CEDENTE del siguiente modo: ________.
En este mismo acto, el CESIONARIO satisface su obligación pecuniaria mediante pago al CEDENTE de la cantidad estipulada, a través de ________. El CEDENTE declara recibir a su entera satisfacción dicha cantidad, sirviendo el presente documento como la más eficaz y formal carta de pago que en Derecho proceda.
El pago se realizará a través de ________, y el CEDENTE otorgará la correspondiente carta de pago a medida que reciba las cantidades estipuladas.
QUINTA.- DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL CEDENTE:
El CEDENTE declara y garantiza que:
a) responde de su cualidad de heredero de Don/Doña ________, conforme al Art. 1531 del Código Civil;
a) responde de su cualidad de heredera de Don ________, conforme al Art. 1531 del Código Civil;
a) responde de su cualidad de heredero de Don ________, conforme al Art. 1531 del Código Civil;
a) responde de su cualidad de heredera de Doña ________, conforme al Art. 1531 del Código Civil;
a) responde de su cualidad de heredero de Doña ________, conforme al Art. 1531 del Código Civil;
a) responde de su cualidad de heredera de Don/Doña ________, conforme al Art. 1531 del Código Civil;
b) no ha enajenado, gravado ni dispuesto con anterioridad del derecho de herencia objeto del presente Contrato;
c) el derecho que cede se encuentra libre de gravámenes, usufructos, limitaciones, condiciones, embargos, anotaciones, litigios pendientes y cualesquiera otras situaciones que afecten al derecho enajenado;
d) se obliga al saneamiento por evicción y vicios ocultos en los casos previstos por la ley (Arts. 1532, 1474 y siguientes del Código Civil);
e) transmite la posesión legal de sus derechos al CESIONARIO con efectos a partir del día ________, percibiendo el CESIONARIO desde dicha fecha los frutos y rentas que la cuota cedida produzca.
e) transmite la posesión legal de sus derechos al CESIONARIO con efectos desde la fecha de firma del presente Contrato, percibiendo el CESIONARIO desde dicha fecha los frutos y rentas que la cuota cedida produzca.
SEXTA.- ELEVACIÓN A PÚBLICO Y AUTORIZACIÓN:
Las Partes se obligan a elevar a escritura pública el presente Contrato a requerimiento de cualquiera de ellas, siendo los gastos de tal otorgamiento de cuenta de la parte conforme a la Cláusula Octava. Se autoriza expresamente al CESIONARIO para intervenir en las operaciones particionales de la herencia y para solicitar la formación a su nombre de la hijuela correspondiente al derecho adquirido.
En consecuencia, si por cualquier motivo la hijuela o adjudicación se formalizase a nombre del CEDENTE, este manifiesta entender dicha adjudicación como realizada por cuenta del CESIONARIO, quien, una vez inscrita o adjudicada, será considerado retroactivamente propietario de los bienes adjudicados, obligándose el CEDENTE a otorgar cuantos documentos públicos o privados resulten necesarios para la efectividad de la transmisión.
SÉPTIMA.- ACEPTACIÓN:
El CESIONARIO acepta expresamente la cesión de los derechos hereditarios en los términos previstos en el presente Contrato, y ambas Partes prestan su consentimiento a la totalidad de las estipulaciones del mismo.
OCTAVA.- GASTOS E IMPUESTOS:
Todos los gastos e impuestos que se deriven del otorgamiento del presente Contrato, así como los honorarios notariales y registrales que, en su caso, procedan, serán satisfechos por las Partes de conformidad con lo establecido en la legislación vigente. En particular, el CESIONARIO asumirá los tributos que graven la adquisición de los derechos hereditarios objeto de la presente cesión, en los términos de la normativa fiscal aplicable.
NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS:
Xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxx xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxx xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx.
DÉCIMA.- NULIDAD PARCIAL:
Si cualquiera de las cláusulas del presente Contrato fuera declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan solo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, subsistiendo el Contrato en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resultare afectada, por no puesta.
Las Partes se comprometen a sustituir la cláusula o cláusulas afectadas por otra u otras que, siendo válidas y eficaces, persigan los mismos fines y produzcan efectos equivalentes a los inicialmente perseguidos por las Partes.
DECIMOPRIMERA.- NOTIFICACIONES:
Xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxx xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxx xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx.
DECIMOSEGUNDA.- LEGISLACIÓN APLICABLE:
Las Partes reconocen quedar obligadas por el presente Contrato, que tiene carácter civil, así como por sus correspondientes anexos, y por sus efectos jurídicos, comprometiéndose a su cumplimiento de buena fe.
Todo litigio relativo, especialmente, pero no solo, a la formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución o terminación de este Contrato y, en general, a la relación establecida entre las Partes, quedará sometido a la legislación española y, en particular, al Código Civil.
Las referencias realizadas a cualquier norma legal o reglamentaria, o a disposición de las mismas, deben entenderse hechas a las normas o preceptos que puedan sustituirlas en el futuro.
DECIMOTERCERA.- JURISDICCIÓN:
En caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Contrato, o en relación con o derivada del mismo, las Partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de ________, conforme a Derecho.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las Partes firman el presente Contrato, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
CEDENTE:
Fdo. ________.
CESIONARIO:
Fdo. D./Dña. ________, en nombre y representación de ________.
________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provista de DNI/NIF núm. ________, actuando en su propio nombre y derecho.
________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provista de DNI/NIF núm. ________, actuando en su propio nombre y derecho.
________, sociedad de nacionalidad ________, con domicilio social en ________, provista de N.I.F. núm. ________ e inscrita en el Registro Mercantil de ________ con los siguientes datos de inscripción: ________, representada en este acto por D./Dña. ________, mayor de edad, con DNI/NIE núm. ________, en su condición de ________, en virtud de ________, con facultades suficientes para este acto.
El CEDENTE y el CESIONARIO, que en lo sucesivo podrán ser denominados, individualmente, "la Parte" y, conjuntamente, "las Partes", se reconocen recíprocamente la capacidad legal necesaria y la representación con que actúan para contratar y obligarse en los términos del presente Contrato, manifestando ser responsables de la veracidad de cuantas declaraciones realizan, y a tal efecto exponen las siguientes
I.- Que Don ________ (en adelante, el "causante") falleció en ________, el día ________, en estado civil de ________, bajo testamento abierto otorgado en ________, el día ________, ante el Notario de ________ Don/Doña ________, con número de protocolo ________, según resulta del Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad de fecha ________, por el cual instituyó herederos a las siguientes ________ personas:
I.- Que Doña ________ (en adelante, el "causante") falleció en ________, el día ________, en estado civil de ________, bajo testamento abierto otorgado en ________, el día ________, ante el Notario de ________ Don/Doña ________, con número de protocolo ________, según resulta del Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad de fecha ________, por el cual instituyó herederos a las siguientes ________ personas:
II.- Que el CEDENTE ostenta la condición de heredera del causante, habiendo aceptado la herencia, y que su cuota o porcentaje en la misma asciende a ________.
El CEDENTE cede y transfiere al CESIONARIO, que adquiere, la totalidad de los derechos hereditarios, así como las asignaciones a título singular, que le correspondan o puedan corresponderle en su condición de heredera en la sucesión de Don ________, fallecido en ________, el día ________. La cesión se realiza sobre la cuota indivisa que ostenta el CEDENTE en la comunidad hereditaria, considerada como universalidad, y no sobre bienes concretos y determinados, de conformidad con los Arts. 1531 y 1532 del Código Civil.
El CEDENTE cede y transfiere al CESIONARIO, que adquiere, la totalidad de los derechos hereditarios, así como las asignaciones a título singular, que le correspondan o puedan corresponderle en su condición de heredero en la sucesión de Don ________, fallecido en ________, el día ________. La cesión se realiza sobre la cuota indivisa que ostenta el CEDENTE en la comunidad hereditaria, considerada como universalidad, y no sobre bienes concretos y determinados, de conformidad con los Arts. 1531 y 1532 del Código Civil.
El CEDENTE cede y transfiere al CESIONARIO, que adquiere, la totalidad de los derechos hereditarios, así como las asignaciones a título singular, que le correspondan o puedan corresponderle en su condición de heredera en la sucesión de Doña ________, fallecida en ________, el día ________. La cesión se realiza sobre la cuota indivisa que ostenta el CEDENTE en la comunidad hereditaria, considerada como universalidad, y no sobre bienes concretos y determinados, de conformidad con los Arts. 1531 y 1532 del Código Civil.
El CEDENTE cede y transfiere al CESIONARIO, que adquiere, la totalidad de los derechos hereditarios, así como las asignaciones a título singular, que le correspondan o puedan corresponderle en su condición de heredero en la sucesión de Doña ________, fallecida en ________, el día ________. La cesión se realiza sobre la cuota indivisa que ostenta el CEDENTE en la comunidad hereditaria, considerada como universalidad, y no sobre bienes concretos y determinados, de conformidad con los Arts. 1531 y 1532 del Código Civil.
El CEDENTE cede y transfiere al CESIONARIO, que adquiere, la totalidad de los derechos hereditarios, así como las asignaciones a título singular, que le correspondan o puedan corresponderle en su condición de heredera en la sucesión de Don/Doña ________, fallecido en ________, el día ________. La cesión se realiza sobre la cuota indivisa que ostenta el CEDENTE en la comunidad hereditaria, considerada como universalidad, y no sobre bienes concretos y determinados, de conformidad con los Arts. 1531 y 1532 del Código Civil.
El derecho de herencia que transmite el CEDENTE le corresponde en virtud de la sucesión testada del causante, habiendo sido adquirido por título de herencia. El CEDENTE manifiesta que la cesión comprende su cuota hereditaria considerada en su conjunto, sin individualización de bienes, en los términos del Art. 1531 del Código Civil, respondiendo únicamente de su cualidad de heredera.
{"version": 1, "questions": [{"key": "genero_causante", "label": "¿La persona fallecida (el causante) es un hombre o una mujer?", "type": "text", "choices": [{"value": "neutro", "label": "Mantener la fórmula Don/Doña"}, {"value": "hombre", "label": "Un hombre (Don, fallecido)"}, {"value": "mujer", "label": "Una mujer (Doña, fallecida)"}], "default": "neutro"}, {"key": "genero_cedente", "label": "¿Quién cede sus derechos hereditarios (el cedente)?", "type": "text", "choices": [{"value": "hombre", "label": "Un hombre (provisto, heredero)"}, {"value": "mujer", "label": "Una mujer (provista, heredera)"}], "default": "hombre"}, {"key": "tipo_cesionario", "label": "¿Quién adquiere los derechos hereditarios (el cesionario)?", "type": "text", "choices": [{"value": "hombre", "label": "Un hombre (provisto de DNI/NIF)"}, {"value": "mujer", "label": "Una mujer (provista de DNI/NIF)"}, {"value": "sociedad", "label": "Una sociedad, que actúa por medio de su representante"}], "default": "hombre"}, {"key": "pago", "label": "¿Cuándo se paga el precio de la cesión?", "type": "text", "choices": [{"value": "acto", "label": "En el acto de la firma: el contrato sirve como carta de pago"}, {"value": "aplazado", "label": "Según la forma de pago pactada: la carta de pago se otorgará al recibir el precio"}], "default": "acto"}, {"key": "posesion", "label": "¿Desde cuándo recibe el cesionario la posesión y los frutos de la cuota cedida?", "type": "text", "choices": [{"value": "fecha", "label": "Desde una fecha concreta"}, {"value": "firma", "label": "Desde la firma del contrato"}], "default": "fecha"}], "labels": {"nombre_cesionario_1": "Nombre completo o razón social del cesionario", "domicilio_cesionario_1": "Domicilio (o domicilio social) del cesionario", "registro_mercantil_cesionario": "Registro Mercantil en el que está inscrita la sociedad cesionaria", "inscripcion_cesionario": "Datos de inscripción de la sociedad cesionaria (tomo, folio, hoja)", "representante_cesionario": "Nombre completo del representante de la sociedad cesionaria", "dni_representante_cesionario": "DNI/NIE del representante de la sociedad cesionaria", "cargo_representante_cesionario": "Cargo del representante (p. ej., administrador único)", "titulo_representacion_cesionario": "Título de la representación (p. ej., escritura de nombramiento o de poder)"}, "help": {}, "constraints": [], "dateRanges": [], "legacyReviewKeys": [], "scope": "Contrato privado de cesión onerosa de la cuota hereditaria de un heredero (cedente) a favor de una persona física o de una sociedad (cesionario), con el precio pagado en el acto o según la forma pactada y la posesión transmitida desde la firma o desde una fecha concreta; las partes se obligan a elevarlo a escritura pública.", "notice": "Contrato privado de cesión onerosa de la cuota hereditaria de un heredero (cedente) a favor de una persona física o de una sociedad (cesionario), con el precio pagado en el acto o según la forma pactada y la posesión transmitida desde la firma o desde una fecha concreta; las partes se obligan a elevarlo a escritura pública."}