Contrato de Arrendamiento de Amarre - Formulario Pro · ES-law

Valid in Spain · drafted to comply with local law

Create your Contrato de Arrendamiento de Amarre - Formulario for use in Spain. Answer a few plain-English questions and the document fills in automatically as you go — then download it in Word and PDF, ready to sign or share. This version has been professionally rewritten to comply with local law.

  • Answer 44 simple questions — the document fills in as you go
  • Live preview: watch your document update in real time
  • Download as Word (.docx) and PDF
  • Edit your answers and re-download anytime
Save to access it later, on any device.

Fill in the details

0/44

Type below — the document on the right updates as you go.

Contrato de Arrendamiento de Amarre - Formulario
🔒The clauses below are blurred in the preview. Fill in your details, then pay once to unlock the full document and download it as Word & PDF.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PLAZA DE AMARRE


En ________, a ________



REUNIDOS


De una parte,

D./D.ª ________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________, actuando en su propio nombre y derecho.


En adelante, el "Arrendador".


De otra parte,

D./D.ª ________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________, actuando en su propio nombre y derecho.


En adelante, el "Arrendatario".


El Arrendador y el Arrendatario podrán ser denominados, individualmente, la "Parte" y, conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse en la representación en que actúan, siendo responsables de la veracidad de sus manifestaciones, y a tal efecto, libre y espontáneamente,


EXPONEN


I.
Que el Arrendador ostenta título legítimo y suficiente, en virtud de ________, que le faculta para ceder en arrendamiento una plaza de amarre situada en el siguiente puerto o instalación náutico-deportiva: ________, y que está interesado en arrendar conforme a los términos del presente Contrato.

II. Que el Amarre cuenta con todos los servicios necesarios para su correcto uso, incluyendo la correspondiente toma de agua y de electricidad, así como con los elementos precisos para permitir el amarre seguro de la embarcación.

III. Que el Arrendatario está interesado en el uso temporal del Amarre y acepta la cesión de su uso temporal a cambio del pago de un precio determinado, declarando ser titular de la embarcación con matrícula ________, de nombre ________ y eslora ________.

IV. Que, habiendo llegado las Partes a una coincidencia mutua de voluntades, formalizan el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PLAZA DE AMARRE, en adelante, el "Contrato", que tiene por objeto la cesión temporal del uso del Amarre, y que se regirá por las siguientes,


ESTIPULACIONES


PRIMERA.- Objeto del Contrato

En este acto, el Arrendador cede al Arrendatario, en concepto de arrendamiento temporal, el siguiente Amarre situado en ________:

- Plaza de amarre número ________, con las siguientes dimensiones (eslora x manga): ________.

En adelante, también, el "Amarre".

El Arrendatario declara recibir el Amarre con los elementos precisos para permitir su uso conforme a su destino, y en el estado que se hará constar en la Estipulación siguiente.


SEGUNDA.- Estado del Amarre

El Arrendador cede el uso del Amarre en perfecto estado de conservación, uso y funcionamiento, con el fin de permitir su correcto aprovechamiento por el Arrendatario. Las Partes podrán suscribir un acta de entrega o inventario que se incorporará como Anexo y describirá el estado del Amarre y de sus instalaciones en el momento de la cesión.

TERCERA.- Precio y forma de pago

Las Partes acuerdan como remuneración del arrendamiento la cantidad de (________ €), más el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que en su caso resulte de aplicación conforme a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

El Arrendatario satisfará el precio el ________, mediante ________ en favor del Arrendador, sirviendo el justificante correspondiente como recibo de pago.

Cuando legalmente proceda, la Parte obligada practicará e ingresará en la Agencia Estatal de Administración Tributaria la retención que corresponda en concepto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del Impuesto sobre Sociedades (IS), según sea aplicable a la condición del Arrendador.


CUARTA.- Intereses de demora

De conformidad con el artículo 1.101 del Código Civil, cualquier retraso en el pago de la remuneración establecida en el presente Contrato dará lugar al devengo de los correspondientes intereses de demora.

El tipo de interés de demora será el legal del dinero vigente en cada momento incrementado en ________ puntos porcentuales, salvo que resulte de aplicación un tipo superior por disposición legal imperativa.

Los intereses de demora serán exigibles de forma automática desde la fecha de pago fijada, sin necesidad de previo aviso ni intimación por parte del Arrendador, de conformidad con el artículo 1.100 del Código Civil. El devengo de dichos intereses no afectará al ejercicio de cualquier otra acción que corresponda al Arrendador por el incumplimiento.


QUINTA.- Duración del Contrato

El presente Contrato iniciará su vigencia el día ________, siendo su fecha de finalización el día ________.

Llegado el vencimiento del Contrato, si ninguna de las Partes hubiese notificado a la otra, con una antelación mínima de ________ y siguiendo el procedimiento de notificaciones previsto en este Contrato, su voluntad de no renovarlo, se entenderá prorrogado por periodos sucesivos de ________, hasta un máximo de ________.

Durante los periodos de prórroga, cualquiera de las Partes podrá igualmente notificar a la otra, conforme al procedimiento previsto y con una antelación mínima de ________ a la fecha de terminación de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovar.

Transcurrido el plazo de duración y, en su caso, los periodos de prórroga, el Arrendatario pondrá el Amarre a disposición del Arrendador, libre de su embarcación y enseres, sin necesidad de previo requerimiento expreso, salvo que las Partes acuerden el otorgamiento de un nuevo contrato o procedan de modo distinto.


SEXTA.- Fianza

El Arrendatario entrega al Arrendador, en este acto, la cantidad de (________ €) en concepto de Fianza, sirviendo el presente Contrato como carta de pago. Dicha Fianza garantizará, hasta donde alcance, el cumplimiento de las obligaciones del Arrendatario derivadas del presente Contrato, incluyendo, con carácter enunciativo y no limitativo, la reparación de los daños ocasionados en el Amarre que le sean imputables y la falta de pago de la renta u otros conceptos.

La Fianza será reembolsada al Arrendatario, en su caso minorada en los importes procedentes, una vez comprobado el estado y condiciones en que se restituye el Amarre al Arrendador al finalizar el Contrato.

La existencia de esta Fianza no habilita al Arrendatario para retrasar, dejar de pagar o compensar cantidad alguna de la renta del arrendamiento.


SÉPTIMA.- Gastos ordinarios y de mantenimiento del Amarre

El importe de los servicios y gastos de mantenimiento, así como los gastos individualizados de luz, agua u otros similares medidos por contador, que se disfruten o pudieran disfrutarse en el Amarre, junto con las tasas administrativas especiales aplicables, serán por cuenta y cargo del Arrendatario, así como los gastos y trámites de alta, baja o contratación a su nombre, si fueran necesarios. Igualmente, serán de su cargo la adquisición, conservación, reparación y/o sustitución de los contadores adecuados.

El precio expresado como renta incluye los gastos generales de la comunidad correspondientes al Amarre que dicha comunidad gire para el mismo, de modo que el justificante de pago de la renta acreditará igualmente el pago de aquéllos.

El Arrendatario deberá abonar, en su caso, las cuotas del club náutico o entidad similar, ascendiendo dicha cuota a (________ €) con periodicidad ________.

Los gastos relacionados con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), de existir, serán por cuenta del Arrendatario. A tal efecto, se hace constar que el último importe anual conocido del IBI fue de (________ €).

Asimismo, las tasas portuarias serán por cuenta del Arrendatario. A tal efecto, se hace constar que el último importe anual conocido de dichas tasas fue de (________ €).


OCTAVA.- Obras y mejoras en el Amarre

a) Obras que modifiquen la configuración del Amarre

Siendo la finalidad de este Contrato la cesión del disfrute normal del Amarre, el Arrendatario no podrá realizar, sin el consentimiento expreso y por escrito del Arrendador, obras que alteren la configuración del Amarre o que puedan afectar a su funcionamiento, estabilidad o seguridad, ni aquellas que contravengan las normas de la comunidad o la normativa portuaria.

Sin perjuicio de la facultad de resolver el Contrato, si el Arrendador no hubiera autorizado las obras, o si, aun autorizadas, supusieran una disminución de la estabilidad y seguridad del Amarre, el Arrendador podrá exigir, al concluir el Contrato, que el Arrendatario reponga las cosas a su estado anterior, sin derecho a indemnización alguna.

Al solicitar la autorización, el Arrendatario deberá presentar memoria o proyecto de las obras a realizar, siendo responsable de la obtención de cuantos permisos y autorizaciones administrativas resulten necesarios.

Las obras autorizadas, incluso las consistentes en estructuras modulares prefabricadas ensambladas a la estructura existente, quedarán de inmediato afectas al Amarre, no pudiendo el Arrendatario desafectarlas sin consentimiento del Arrendador, pasando a ser propiedad de este y quedando a su beneficio al terminar el Contrato, sin derecho del Arrendatario a indemnización alguna, salvo pacto en contrario al otorgar la autorización.

Aun habiendo sido autorizadas las obras, el Arrendatario será exclusivamente responsable de los daños que puedan causarse al Amarre o a terceros como consecuencia de las mismas.

b) Reparaciones necesarias y pequeñas reparaciones

El Arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones necesarias para conservar el Amarre en estado de servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro sea imputable al Arrendatario, de conformidad con los artículos 1.554, 1.563 y 1.564 del Código Civil.

Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario del Amarre serán de cargo del Arrendatario, con carácter enunciativo y no limitativo: alumbrado, enchufes, interruptores, cabos, defensas, escaleras, pasarelas de acceso y elementos similares.

Si el Arrendatario no efectuara los trabajos necesarios de mantenimiento, conservación y reparación a su cargo, el Arrendador se lo notificará. Si transcurridos treinta (30) días desde la recepción de la notificación el Arrendatario no las hubiera acometido, podrán ser realizadas por el Arrendador, que facturará su importe al Arrendatario. La negativa del Arrendatario a abonar dichos gastos podrá dar lugar a la resolución del Contrato.

c) Obras de mejora

El Arrendatario estará obligado a soportar la realización por el Arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento.

El Arrendatario que soporte estas obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte del Amarre de que se vea privado, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.


NOVENA.- Cesión del Contrato y subarriendo

El Arrendatario no podrá ceder el presente Contrato ni subarrendar el Amarre o cualquiera de los elementos que lo integran, sin la autorización previa, expresa y por escrito del Arrendador. La cesión o el subarriendo sin dicho consentimiento dará lugar a la resolución inmediata del Contrato.


DÉCIMA.- Derecho de adquisición preferente sobre el Amarre

En caso de que el Arrendador proyecte la transmisión onerosa del Amarre, las Partes reconocen el derecho de adquisición preferente del Arrendatario, que se ejercitará en las condiciones que las Partes convengan, debiendo el Arrendador notificar fehacientemente al Arrendatario las condiciones de la operación con una antelación mínima de ________.


UNDÉCIMA.- Impuestos y gastos derivados de la formalización del Contrato

Todos los impuestos y gastos que se devenguen como consecuencia de la formalización, cumplimiento o extinción del presente Contrato y de las obligaciones que de él se deriven serán de cargo de ambas Partes por igual, salvo aquellos que por disposición legal imperativa correspondan a una Parte determinada.


DUODÉCIMA.- Obligación de secreto y confidencialidad

Las Partes se obligan a mantener la más estricta confidencialidad sobre toda la información, datos, documentación y antecedentes de cualquier naturaleza a los que hayan tenido acceso con ocasión de la negociación, suscripción y ejecución del presente Contrato, así como sobre el propio contenido del mismo, comprometiéndose a no divulgarla, comunicarla ni cederla a terceros sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra Parte.

Esta obligación de confidencialidad no resultará de aplicación respecto de aquella información que: (i) sea o pase a ser de dominio público sin que medie incumplimiento del presente Contrato; (ii) deba ser revelada en virtud de una obligación legal o por requerimiento de una autoridad judicial o administrativa competente, limitándose en tal caso la comunicación a lo estrictamente exigido; o (iii) ya fuera legítimamente conocida por la Parte receptora con anterioridad a su revelación.

La obligación de secreto y confidencialidad establecida en la presente Estipulación permanecerá vigente durante toda la vigencia del Contrato y subsistirá, igualmente, tras la terminación del mismo por cualquier causa.


DECIMOTERCERA.- Fiador solidario del Arrendatario

Con el fin de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones que para el Arrendatario emanan del presente Contrato, se constituye por la presente la figura del fiador personal y solidario, que, con independencia de estar integrada por uno o varios sujetos, estará formada por:

- D./D.ª ________, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________.

En adelante, el "Fiador".

El Fiador se constituye en garante solidario, con renuncia expresa a los beneficios de orden, excusión y división previstos en los artículos 1.830, 1.831 y 1.837 del Código Civil, considerando como propias las obligaciones del Arrendatario y obligándose a cumplir todas y cada una de ellas en caso de incumplimiento, incluidos los gastos judiciales y extrajudiciales que puedan ocasionarse.

El Fiador reconoce que su compromiso será vinculante durante la vigencia del Contrato y de sus sucesivas prórrogas. Su responsabilidad permanecerá vigente hasta el cumplimiento de todas las obligaciones del Contrato, incluyendo, con carácter enunciativo y no limitativo, rentas, recibos, servicios y suministros pendientes, gastos de reparación y todo otro gasto que el Arrendatario deje pendiente y el Arrendador deba satisfacer.


DECIMOCUARTA.- Elevación a público del Contrato

Cualquiera de las Partes podrá promover la elevación a escritura pública del presente Contrato y, en su caso, su inscripción en el Registro de la Propiedad, cuando legalmente proceda, sin necesidad de autorización expresa de la otra Parte, siendo de cargo de la Parte que lo promueva los gastos derivados de dicha elevación e inscripción.


DECIMOQUINTA.- Fuerza mayor

El retraso o el incumplimiento de cualquier obligación de las Partes no será considerado incumplimiento del Contrato cuando tenga su origen en causas imprevisibles o inevitables (en adelante, "Fuerza Mayor"), en los términos del artículo 1.105 del Código Civil, siempre que se haya informado debidamente a la otra Parte.

Se entenderá como Fuerza Mayor, entre otras: inundación, temporal, incendio, explosión, huelga, disturbio civil, embargo, mandato, ley, orden, regulación, ordenanza o demanda de la autoridad, o cualquier otra causa fuera del control razonable de la Parte afectada, sin que la falta de fondos pueda constituir Fuerza Mayor.

La Parte afectada hará todo lo posible por eliminar su causa. La exigibilidad de la obligación afectada se suspenderá hasta diez (10) días después de que la Fuerza Mayor deje de impedir o retrasar el cumplimiento. Si la causa no desaparece transcurridos treinta (30) días, las Partes podrán acordar la modificación o la resolución del Contrato.


DECIMOSEXTA.- Inexistencia de renuncia

La renuncia de una Parte a exigir el cumplimiento de alguna obligación, o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del Contrato, (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones; y (b) no se entenderá como renuncia a exigir en el futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Contrato.

La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos del Contrato será únicamente vinculante si consta por escrito, limitándose al caso concreto en que se produjo, sin restringir su exigibilidad en otros supuestos.


DECIMOSÉPTIMA.- Terminación anticipada del Contrato

El presente Contrato podrá resolverse por mutuo acuerdo entre las Partes, con los efectos que ellas determinen, debiendo formalizarse por escrito.

El Contrato finalizará igualmente a la terminación del periodo de duración inicial o de cualquiera de sus prórrogas, cuando una de las Partes denuncie su prórroga conforme a la Estipulación Quinta.

Asimismo, podrá ser resuelto por cualquiera de las Partes, sin necesidad de intervención judicial y sin perjuicio de la responsabilidad por incumplimiento, cuando concurran causas justificadas, tales como:

a. el incumplimiento total o parcial por la otra Parte de alguna de las condiciones u obligaciones esenciales del Contrato que no sea subsanado en el plazo de diez (10) días desde la notificación escrita y fehaciente requiriendo su cumplimiento; y

b. las demás establecidas en el presente Contrato o en la ley, en particular en el Código Civil.

Ante la terminación anticipada por cualquier causa, el Arrendatario restituirá el Amarre al Arrendador, libre de embarcación y enseres, debiendo cumplirse en todo caso lo dispuesto en la Estipulación "Obligación de secreto y confidencialidad".


DECIMOCTAVA.- Incumplimiento del Contrato

El incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones del presente Contrato facultará a la otra Parte, conforme al artículo 1.124 del Código Civil, para exigir su cumplimiento más los intereses derivados del retraso, o para resolver el Contrato si el incumplimiento no se subsana en el plazo de diez (10) días naturales desde la notificación, con la consiguiente indemnización de daños y perjuicios.

Ninguna Parte podrá eximirse del cumplimiento de sus obligaciones mediante el pago de la indemnización de daños y perjuicios, pudiendo exigirse el cumplimiento de las prestaciones debidas junto con dicha indemnización.


DECIMONOVENA.- Integridad del Contrato

Las Partes reconocen que todos los documentos y Anexos adjuntados al presente Contrato forman parte integrante del mismo a todos los efectos y son plenamente vinculantes para ellas.


VIGÉSIMA.- Protección de datos personales

Las Partes conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Cada Parte tratará los datos personales de la otra, en su condición de responsable del tratamiento, con la única finalidad de la correcta gestión, ejecución y cumplimiento de la relación contractual, así como para el cumplimiento de las obligaciones legales que de ella deriven. La base jurídica del tratamiento es la ejecución del presente Contrato y el cumplimiento de obligaciones legales.

Los datos se conservarán durante la vigencia del Contrato y, posteriormente, durante los plazos legalmente exigibles. Las Partes no comunicarán los datos a terceros salvo obligación legal o consentimiento previo, expreso e informado del titular.

Los titulares podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose por escrito a los domicilios indicados en el encabezamiento, así como presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.


VIGESIMOPRIMERA.- Miscelánea

a. Acuerdo único. El presente Contrato sustituye y reemplaza a cualesquiera contratos o pactos, escritos o verbales, anteriores entre las Partes en relación con el mismo objeto, que quedan sin vigencia ni efecto desde la fecha del encabezamiento.

b. Modificaciones. Carecerá de validez y eficacia cualquier modificación del Contrato que no conste por escrito y no sea formalizada por las Partes en forma idéntica a la del presente Contrato.

c. Nulidad parcial. La declaración judicial o administrativa de ilegalidad, invalidez, nulidad o inexigibilidad de alguna estipulación del presente Contrato, o de parte de ella, no afectará a la validez de las restantes, que permanecerán vigentes, siempre que las afectadas no sean esenciales. Las Partes negociarán de buena fe la sustitución de las estipulaciones afectadas para adecuarlas a la finalidad pretendida.


VIGESIMOSEGUNDA.- Domicilio a efectos de notificaciones

Para cualquier notificación derivada del presente Contrato, las Partes designan como domicilio las direcciones indicadas en el encabezamiento. Toda notificación deberá realizarse por medio fehaciente que deje constancia de su envío, dirección de destino y recepción por la otra Parte. Cualquier cambio de domicilio deberá comunicarse a la otra Parte, lo antes posible, siguiendo el procedimiento aquí establecido.

VIGESIMOTERCERA.- Legislación aplicable y fuero

Las Partes reconocen quedar obligadas por el presente Contrato, de carácter civil, y por sus anexos, comprometiéndose a su cumplimiento de buena fe.

El presente Contrato se regirá e interpretará conforme a la legislación española y, en particular, al Código Civil. Todo litigio relativo a su formación, validez, interpretación, existencia, ejecución o terminación será sometido a los Juzgados y Tribunales de ________, con renuncia expresa de las Partes a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, en la medida en que tal sumisión sea legalmente válida.

Las referencias a cualquier norma legal o reglamentaria se entenderán hechas a las disposiciones que en el futuro puedan sustituirlas.


Y en prueba de conformidad y aceptación de cuanto antecede, las Partes firman el presente Contrato, a un solo efecto, en todas sus hojas, en dos (2) ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

EL ARRENDADOR


...........................................
________

EL ARRENDATARIO


...........................................
________

EL FIADOR


...........................................
________

Fields you complete are inserted into the document live. This template is general guidance only — not legal advice.