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N.I.F.: ________
Núm. de inscripción en la S.S.: ________
Inscrita en el Registro Mercantil de ________
A la atención de:
D./Dña. ________
En calidad de representante legal de los trabajadores (delegado de personal / miembro del comité de empresa)
de ________
En ________, a ________
Comunicación remitida de forma fehaciente y telemática, con acuse de recibo.
ASUNTO: Comunicación de apertura del periodo de consultas en el marco de un procedimiento de despido colectivo por causas económicas (Expediente de Regulación de Empleo).
Muy señores nuestros:
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Primero. Causa motivadora del procedimiento.
De conformidad con lo previsto en el artículo 51.1 del ET, se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprende una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En el presente supuesto, la causa alegada se fundamenta en ________, todo ello según se detalla y acredita en la memoria explicativa y en la documentación contable que se acompaña.
Segundo. Número y clasificación profesional de los trabajadores afectados.
El procedimiento afectará a un total de ________ trabajadores, sobre un total de ________ empleados de la empresa. Los trabajadores afectados prestan sus servicios en el siguiente centro de trabajo:
- Centro situado en ________, provincia de ________, Comunidad Autónoma de ________:
________
Se hace constar la clasificación profesional de los trabajadores afectados, así como, en su caso, la de los integrantes de las categorías o grupos profesionales correspondientes: ________.
Tercero. Número y clasificación profesional de los trabajadores empleados habitualmente en el último año.
A los efectos previstos en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 1483/2012, se relaciona a continuación el número y clasificación profesional de los trabajadores empleados habitualmente durante el último año en el siguiente centro de trabajo:
- Centro situado en ________, provincia de ________, Comunidad Autónoma de ________:
________
Cuarto. Periodo de ejecución y criterios de designación.
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Quinto. Periodo de consultas y comisión negociadora.
De conformidad con el artículo 51.2 del ET y los artículos 26 y 27 del Real Decreto 1483/2012, mediante la presente comunicación se da inicio al periodo de consultas, que tendrá una duración máxima de treinta días naturales, o de quince días naturales en el caso de empresas de menos de cincuenta trabajadores. A tal efecto, se les requiere para que en el plazo legalmente establecido procedan a la constitución de la comisión representativa de los trabajadores con la que se desarrollará dicho periodo de consultas.
Asimismo, se les solicita la emisión del informe previsto en el artículo 64.5.a) y b) del ET. El periodo de consultas versará, como mínimo, sobre las posibilidades de evitar o reducir los despidos colectivos y de atenuar sus consecuencias mediante el recurso a medidas sociales de acompañamiento.
Sexto. Comunicación a la autoridad laboral.
Se hace constar que, simultáneamente a la presente comunicación, se ha procedido a remitir a la autoridad laboral competente la solicitud de inicio del procedimiento, acompañada de toda la documentación preceptiva y de la copia de la presente comunicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 51.2 del ET y en el artículo 6 del Real Decreto 1483/2012.
Séptimo. Documentación adjunta.
Acompañando a la presente comunicación se aporta la siguiente documentación, de conformidad con los artículos 3, 4 y 5 del Real Decreto 1483/2012:
I. Memoria explicativa de las causas económicas que justifican el inicio del presente procedimiento de despido colectivo.
II. Cuentas anuales de los dos últimos ejercicios económicos completos de la empresa, debidamente auditadas en el caso de empresas obligadas a ello, e integradas por balance de situación, cuentas de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo, memoria del ejercicio e informe de gestión.
III. Cuentas provisionales del ejercicio vigente a la fecha de inicio del procedimiento, así como informe técnico sobre los criterios seguidos para determinar la previsible evolución negativa de la empresa.
IV. Relación nominativa de los trabajadores afectados y criterios de designación de los mismos.
V. Plan de recolocación externa, cuando resulte exigible conforme al artículo 51.10 del ET.
En el tratamiento de los datos personales contenidos en la presente comunicación y en la documentación adjunta se observará lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, limitándose su uso a las finalidades propias de la tramitación del presente procedimiento.
Sin otro particular, quedamos a su disposición para resolver cuantas cuestiones resulten necesarias en el marco del presente procedimiento.
Atentamente,
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Fdo.: ________
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