Arras Penitenciales - Modelo de Formulario
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ARRAS PENITENCIALES
En ________, a ________
REUNIDOS
De una parte,
________ con DNI/NIF ________, y con domicilio en: ________, quien comparece en su propio nombre y derecho.
En adelante, el "Vendedor".
Y de otra parte,
________ con DNI/NIF ________, y con domicilio en: ________, quien comparece en su propio nombre y derecho.
En adelante, el "Adquirente".
Y que, a continuación, serán referidas, individualmente como la "Parte", y de forma conjunta como las "Partes", reconociéndose la capacidad jurídica necesaria para contratar y obligarse, y en especial para el otorgamiento del presente PACTO DE ENTREGA DE ARRAS PENITENCIALES (en adelante, el "Pacto" o "Pacto de arras")
EXPONEN
I. Que el Vendedor es propietario en pleno dominio de una vivienda con las siguientes características:
________
Dicho inmueble se encuentra ubicado en:
________
Este inmueble dispone de ________ (________) metros cuadrados construidos.
En adelante, se denominará la "Finca".
La superficie y composición de la Finca, así como las restantes características y el estado de las mismas, son perfectamente conocidas y aceptadas por las Partes intervinientes en este Pacto. No obstante, la Finca se venderá como cuerpo cierto. Así, de diferir la superficie real y la aquí descrita, esto no afectará de forma alguna a las condiciones y cláusulas que aquí se fijan, y para aquellas que se fijen en el contrato de compraventa, particularmente en lo relativo al precio de adquisición de la Finca.
II. Que la Referencia Catastral de la Finca es: ________. Igualmente, se hace constar que el Vendedor ha exhibido el Certificado de Eficiencia Energética de la Finca regulado en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Dicho certificado se incorporará al contrato de compraventa de la Finca.
III. Que la Finca se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad: ________, con los siguientes datos: ________.
IV. Que el Vendedor hace constar que la Finca se encuentra libre de toda carga, gravamen y limitación.
Asimismo, en cuanto a la situación arrendaticia, la Finca se encuentra libre de arrendatarios, ocupantes y/o precaristas.
V. Que, en virtud de las consideraciones precedentes, las Partes acuerdan, libre y voluntariamente, otorgar el presente Pacto de arras penitenciales con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. Objeto del Pacto
El Adquirente está interesado en la adquisición de la Finca descrita en el expositivo primero, por lo que en este acto entrega al Vendedor, en concepto de Arras Penitenciales, la cantidad de ________ € (________ euros), mediante, con los efectos previstos en el artículo 1.454 del Código Civil.
El Vendedor reconoce recibir dicha cantidad, sirviendo el presente documento como la más fiel y eficaz carta de pago que en derecho pudiera corresponder.
SEGUNDA. Características de la compraventa
El Vendedor se obliga a vender al Adquirente, que se obliga a comprar la Finca como cuerpo cierto, con todo cuanto le sea principal, accesorio, integrante y dependiente.
El Precio de la Compraventa se establece en ________ € (________). El pago del resto del precio expresado, sin devengar intereses, — ________ € (________) — (Precio de la Compraventa menos Arras Penitenciales) se producirá simultáneamente al otorgamiento de la escritura pública de compraventa.
TERCERA. Otorgamiento de la escritura pública de compraventa y transmisión de la Finca
La escritura pública de compraventa se formalizará por las Partes en el plazo de ________ (________) días naturales, contados desde la firma de estas Arras Penitenciales, y en el Notario que designe el Adquirente, salvo pacto en contrario. El Adquirente deberá notificar expresamente al Vendedor y con una antelación de, al menos, 7 (siete) días naturales, el lugar, día y hora para el otorgamiento de la escritura pública.
El otorgamiento de la escritura pública de compraventa implicará la entrega de la Finca objeto de transacción y la toma de posesión de la misma, salvo que de la propia escritura resulte claramente otra cosa.
CUARTA. Cargas y gravámenes sobre la Finca
La obligación de pago asumida por el Vendedor se entiende sin perjuicio de que la Finca quede legalmente afecta al pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente a los ejercicios vencidos y no satisfechos, así como también, en su caso, al pago de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y a los tres años naturales inmediatamente anteriores.
QUINTA. Gastos e impuestos derivados de la compraventa
Todos los gastos e impuestos que se deriven del otorgamiento de la escritura pública de compraventa de la Finca serán satisfechos por las Partes de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. En particular, serán de cuenta del Vendedor los gastos de la matriz de la escritura, así como el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal).
Serán de cuenta del Adquirente los gastos correspondientes a la primera copia de la escritura, los de inscripción en el Registro de la Propiedad, así como los tributos que graven la adquisición conforme a la normativa aplicable. Asimismo, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al ejercicio en que tenga lugar la transmisión se prorrateará entre las Partes en proporción al tiempo de titularidad de cada una de ellas durante dicho ejercicio, salvo pacto en contrario.
SEXTA. Rescisión unilateral del Pacto
Las Partes reconocen saber que la cantidad entregada por el Adquirente mediante el presente Pacto tienen carácter de arras penitenciales. Así, y en consonancia con el Artículo 1.454 del Código Civil, cualquiera de las Partes, tanto el Adquirente, como el Vendedor, podrán desistir de la transacción de compraventa en cualquier momento posterior a la firma del presente documento.
En el caso de desistimiento por el Adquirente, este se allanará a perder la cantidad que hubiera puesto a disposición del Vendedor en concepto de arras o señal y pago a cuenta del precio. Por contra, si el Vendedor desiste del cumplimiento de este Pacto, ésta entregará al Adquirente el doble de la cantidad entregada en concepto de arras o señal y pago a cuenta del precio.
SÉPTIMA. Domicilio para notificaciones
OCTAVA. Integridad y anulabilidad
Este Pacto deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las Partes.
Asimismo, las Partes reconocen que, en caso de existir, documentos Anexos y/o adjuntos al presente Pacto, estos forman parte o integran el mismo, a todos los efectos legales.
Además, si se diese el caso de que una o varias cláusulas devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto toda su fuerza vinculante entre las Partes. Llegado este caso, las Partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y/o de buena fe un nuevo texto para aquellas cláusulas o partes afectadas.
NOVENA. Acciones legales, legislación aplicable y jurisdicción
Las Partes reconocen quedar obligadas por el presente Pacto así como sus correspondientes anexos, si los hubiere, y sus efectos jurídicos y se comprometen a su cumplimiento de buena fe.
Todo litigio relativo, especialmente, pero no solo, a la formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución o terminación de este Pacto y, en general, a la relación establecida entre las Partes, será sometido a la legislación española. Particularmente, al Código Civil.
Así las cosas, en caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Pacto, o en relación al mismo, las Partes acuerdan que se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.
Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, las Partes firman este Pacto en tantos ejemplares como intervinientes figuran en el mismo y a un solo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados.
EL VENDEDOR
..................................................
________
EL ADQUIRENTE
..................................................
________
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