Contrato de Préstamo de Bienes - Modelo de Formulario
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CONTRATO DE COMODATO
En ________, a ________
REUNIDOS
De una parte,
________, mayor de edad, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________, y en su propio nombre y representación.
En adelante, el "Comodante".
De otra parte,
________, mayor de edad, con domicilio en ________, DNI/NIF núm. ________, y en su propio nombre y representación.
En adelante, el "Comodatario".
El Comodante y el Comodatario que, en adelante, podrán ser denominados, individualmente, la "Parte" y conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente capacidad legal suficiente para contratar y obligarse en la representación que actúan y siendo responsables de la veracidad de sus manifestaciones,
EXPONEN
I. Que el Comodante dispone de un tiene un título hábil para poseer el siguiente bien:
________
En adelante, el "Bien".
II. Que al momento de la firma del presente documento, el Bien se encuentra en perfecto estado de conservación, uso y funcionamiento.
III. Que el Comodante concede al Comodatario el uso del Bien sin que este último deba pagar renta, retribución o emolumento alguno. El Comodatario está interesado en el uso de dicho bien y acepta la cesión.
IV. Y que, habiendo llegado las partes, libre y espontáneamente, a una coincidencia mutua de sus voluntades, formalizan el presente CONTRATO DE COMODATO, en adelante, el "Contrato", que tiene como objeto el establecimiento y la regulación de un préstamo a título gratuito de una cosa no fungible, y que se regirá por las siguientes,
ESTIPULACIONES
PRIMERA. Objeto.
En este acto, el Comodante hace entrega, en concepto de préstamo de uso o comodato, al Comodatario de:
________
El Comodatario recibe el uso del Bien, sin posibilidad de adquirir los frutos que el mismo pudiera llegar a producir.
Así, en la fecha señalada en el encabezamiento, se perfecciona el presente Contrato de comodato. Mediante este Contrato se formalizan, además, las condiciones y/o modalidades para proceder a la devolución del Bien.
SEGUNDA. Uso o destino del Bien.
El Bien será destinado por el Comodatario al siguiente uso o destino:
________
TERCERA. Duración.
A partir de su fecha de firma señalada en el encabezamiento, este Contrato estará en vigor hasta la siguiente fecha: ________.
Llegado ese plazo, surge la inmediata obligación para el Comodatario de devolver el Bien en el mismo estado de conservación y uso que en el que lo recibe, salvo los deterioros que le sobrevengan por el solo efecto del uso y sin culpa suya, haciendo entrega del mismo al Comodante, de conformidad con las reglas del Código civil.
CUARTA. Obligaciones de las Partes.
4.1. Obligaciones del Comodatario.
Las principales obligaciones del Comodatario consistirán en:
a) Utilizar el bien conforme al destino previsto en la estipulación segunda.
b) Conservar correctamente el Bien cedido, en el estado en que se encuentra al momento de la firma del presente Contrato y que ha sido indicado en el expositivo segundo. En este sentido, deberá satisfacer los gastos ordinarios que sean de necesidad para el uso y conservación del Bien, así como permitir que el Comodante lo inspeccione cuando lo estime oportuno a fin de constatar su estado.
c) Responder de los daños que el Bien cause a terceros.
d) No realizar, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito del Comodante, obras o modificaciones de ningún tipo sobre el Bien. En caso de realizarse cualquier tipo de modificación, las mejoras quedarán en beneficio del Bien, sin que proceda, en ningún caso, reembolso de especie alguna a favor del Comodatario.
e) En caso de destinar el Bien a un uso distinto o de conservarlo en su poder por más tiempo del previsto en el presente Contrato, responder de la pérdida del Bien, aunque ésta sobrevenga por caso fortuito.
f) Devolver el Bien al Comodante una vez transcurrido el plazo previsto en la estipulación tercera o, respetando lo previsto en este Contrato, cuando sea requerido para ello por el Comodante, en caso de que este tuviere urgente necesidad del Bien.
g) Finalmente, respetar el conjunto de las obligaciones que la legislación vigente, así como el presente Contrato le atribuyen, y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.
4.2. Obligaciones del Comodante.
Las principales obligaciones del Comodante consistirán en:
a) Abonar los gastos extraordinarios causados durante el presente Contrato para la conservación del Bien, siempre que el Comodatario lo ponga en su conocimiento antes de hacerlos, salvo los casos de urgencia previstos en el artículo 1751 del Código civil.
b) Responder por los daños causados al Comodatario por los vicios del Bien que conociere y no hubiere hecho saber a este último.
c) Finalmente, respetar el conjunto de las obligaciones que la legislación vigente, así como el presente Contrato le atribuyen, y que no han sido previstas en los párrafos anteriores.
QUINTA. Gastos.
Todos los gastos y tributos correspondientes al Bien, así como los gastos derivados del uso del mismo, serán de cargo del Comodatario, salvo aquellos que le correspondan al Comodante de acuerdo con la legislación vigente.
SEXTA. Necesidad urgente del Bien.
En caso de necesidad urgente del Bien aún no transcurrido el plazo previsto en la estipulación tercera, el Comodante lo recuperará. A estos efectos, las Partes acuerdan que será suficiente dirigir al Comodatario comunicación escrita fehaciente, indicando la causa de la necesidad y el plazo en que debe ser devuelto el bien al Comodante, que en ningún caso podrá ser inferior a quince (15) días.
SÉPTIMA. Responsabilidad en caso de pérdida del Bien.
En caso de destinar el Bien a un uso distinto o de conservarlo en su poder por más tiempo del previsto en el presente Contrato, el Comodatario responderá de la pérdida del Bien, aunque ésta sobrevenga por caso fortuito.
El Comodatario no responderá de los deterioros que sobrevengan al Bien por el solo efecto del uso y sin culpa suya.
OCTAVA. Inexistencia de derecho de retención.
En ningún caso podrá el Comodatario retener el Bien bajo el pretexto de a existencia de cualquier crédito en su favor contra el Comodante, aunque sea por razón de los gastos extraordinarios causados durante el presente Contrato para la conservación del Bien.
NOVENA. Resolución del Contrato.
El presente Contrato podrá ser resuelto por el mutuo acuerdo de las Partes, con los efectos que ellas determinen. Igualmente, el Contrato podrá ser resuelto en cualquier momento por cada una de las Partes, a su elección, sin necesidad de intervención judicial, y sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurra la otra Parte por su incumplimiento contractual, por "causa justificada", descrita aquí como:
a) el incumplimiento total o parcial por la otra Parte de alguna de las condiciones u obligaciones esenciales de este Contrato; o
b) las demás establecidas por la Ley.
Cualquiera de las causas de resolución antedichas, dará derecho a la otra Parte que no hubiera incurrido en ella o no la hubiera provocado, a la indemnización de daños y perjuicios derivados de la misma.
El hecho de que la Parte no utilice una de las causas previstas en esta estipulación para resolver el Contrato no será considerada nunca como una renuncia a sus derechos derivados del incumplimiento de la otra Parte ni limitará sus derechos para hacerle cumplir las obligaciones derivadas del presente Contrato.
DÉCIMA. Cesión a terceros.
DECIMOPRIMERA. Modificaciones del Contrato.
El presente Contrato únicamente podrá ser modificado por acuerdo expreso, mutuo y por escrito de ambas Partes.
Cualquier modificación que se realice deberá constar por escrito y ser firmada por ambas Partes, pasando a formar parte integrante del presente Contrato a todos los efectos.
DECIMOSEGUNDA. Notificaciones.
DECIMOTERCERA. Integridad del contrato y anulabilidad.
Este Contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las Partes.
Asimismo, las Partes reconocen que, en caso de existir, documentos Anexos y/o adjuntos al presente Contrato, estos forman parte o integran el mismo, a todos los efectos legales
Además, si se diese el caso de que una o varias cláusulas devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante entre las Partes. Llegado este caso, las Partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y/o de buena fe un nuevo texto para aquellas cláusulas o partes del Contrato afectadas.
DECIMOCUARTA. Legislación aplicable y jurisdicción.
Todo litigio relativo, especialmente, pero no solo, a la formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución o terminación de este Contrato de préstamo y, en general, a la relación establecida entre las Partes, será sometido a la legislación española. Particularmente, al Código Civil.
En caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Contrato, o en relación al o derivado del mismo, las Partes acuerdan que se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.
Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, ambas Partes firman en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, a un solo efecto, todas las hojas de este Contrato en dos ejemplares, uno para cada Parte.
EL COMODANTE
...........................................
________
EL COMODATARIO
...........................................
________
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