Anexo al Contrato de Arrendamiento de Vivienda: Opción de Compra - Formulario Modelo Word y PDF Pro · ES-law

Válido en España · redactado conforme a la legislación local

Este anexo permite incorporar a un contrato de arrendamiento de vivienda ya existente una opción de compra, de modo que el arrendatario pueda adquirir el inmueble en unas condiciones pactadas durante un plazo determinado. Une el alquiler con la posibilidad de comprar más adelante.

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Cómo funciona

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Con este modelo puedes formalizar el anexo identificando el contrato, las partes y las condiciones de la opción de compra. A continuación explicamos cómo funciona, qué debe contener y cómo completarlo, con descarga en Word y PDF.

Alquiler con opción de compra

La opción de compra otorga al arrendatario el derecho a comprar la vivienda en las condiciones acordadas dentro de un plazo. Si la ejerce, el alquiler da paso a la compraventa; si no, el contrato sigue su curso.

Al ser un anexo, se incorpora a un contrato de arrendamiento vigente sin necesidad de rehacerlo.

Qué conviene pactar

Cómo rellenar el modelo

Recomendaciones

Preguntas frecuentes

¿Qué es una opción de compra en el alquiler?

Es el derecho del arrendatario a comprar la vivienda en condiciones pactadas dentro de un plazo. Si la ejerce, se pasa a la compraventa.

¿Se descuentan las rentas del precio?

Depende de lo que se pacte. Es habitual acordar que parte de las rentas se descuente del precio; el anexo debe indicarlo.

¿Obliga a comprar?

No. La opción da al arrendatario el derecho a comprar, pero no necesariamente la obligación, según lo pactado.

¿Hace falta rehacer el contrato?

No. Al ser un anexo, se incorpora al contrato de arrendamiento vigente y forma parte de él.

¿Puedo editar el modelo?

Sí. Es editable en Word y puedes regenerar el PDF cuando lo necesites.

Contenido revisado periódicamente para mantenerlo claro y actualizado.

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ANEXO: OPCIÓN DE COMPRA QUE ACOMPAÑA AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

En ________, a ________.

REUNIDOS

De una parte,

D./Dª ________, mayor de edad, con DNI/NIF ________, y con domicilio a efecto de notificaciones en ________.

En adelante, la PARTE ARRENDADORA o CEDENTE.

Y de otra parte,

D./Dª ________, mayor de edad, con DNI/NIF ________, y con domicilio a efecto de notificaciones en ________.

En adelante, la PARTE ARRENDATARIA o CESIONARIA.

Ambas partes, en la representación en que actúan, se reconocen recíprocamente la capacidad legal necesaria para obligarse y otorgar el presente Anexo, y a tal efecto

EXPONEN

I.- Que con fecha ________ ambas partes suscribieron un contrato de arrendamiento de vivienda, sujeto a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, sobre la finca destinada a vivienda sita en:

________

II.- Que dicha vivienda se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de ________, con los siguientes datos registrales: ________, y le corresponde la referencia catastral ________. En adelante, esta será denominada "La Vivienda".

III.- Que la PARTE ARRENDADORA ostenta el pleno dominio de La Vivienda y goza de plena disposición sobre la misma para concertar la opción de compra objeto del presente Anexo.

IV.- Que es voluntad de ambas partes incorporar al referido contrato de arrendamiento el presente Anexo, por el que se establece un derecho de opción de compra sobre La Vivienda a favor de la PARTE ARRENDATARIA, al amparo de la autonomía de la voluntad reconocida en el artículo 1255 del Código Civil y del artículo 14 del Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.

En consecuencia, las partes formalizan el presente Anexo con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO Y PRIMA INICIAL.

La PARTE ARRENDADORA concede a la PARTE ARRENDATARIA, que acepta, un derecho de opción de compra sobre La Vivienda, en los términos y condiciones establecidos en el presente Anexo. La opción de compra se concede a título gratuito, sin que la PARTE ARRENDATARIA deba satisfacer prima alguna por su otorgamiento.

SEGUNDA.- PRECIO DE LA COMPRAVENTA Y DEDUCCIONES.

El precio de la compraventa queda acordado por las partes en la cantidad de ________ € (________ euros), más los tributos e impuestos que por Ley debieran ser aplicados a esta transacción. Sobre dicha cantidad se aplicarán las siguientes deducciones, que variarán en función del momento en que la PARTE ARRENDATARIA ejerza su derecho de opción de compra:

  • Procederá una deducción del 10% (diez por ciento) sobre el precio fijado para la compraventa de La Vivienda, en el caso de que la opción de compra se ejerza durante el primer año de vigencia del contrato de arrendamiento. Además, sobre el precio resultante se descontará un 100% (cien por cien) de las cantidades abonadas en concepto de renta hasta el momento en que se ejerce la opción.
  • Procederá una deducción del 5% (cinco por ciento) sobre el precio fijado para la compraventa de La Vivienda, en el caso de que la opción de compra se ejerza durante el segundo año de vigencia del contrato de arrendamiento. Además, sobre el precio resultante se descontará un 80% (ochenta por ciento) de las cantidades abonadas en concepto de renta hasta el momento en que se ejerce la opción.
  • No procederá deducción alguna sobre el precio fijado para la compraventa de La Vivienda, en el caso de que la opción de compra se ejerza durante el tercer año de vigencia del contrato de arrendamiento. No obstante, sobre el precio fijado para la compraventa se descontará un 60% (sesenta por ciento) de las cantidades abonadas en concepto de renta hasta el momento en que se ejerce la opción.

TERCERA.- PLAZO DE EJERCICIO.

El derecho otorgado por la presente opción de compra podrá ejercerse en cualquier momento mientras el contrato de arrendamiento se encuentre vigente. En todo caso, caducará necesariamente en caso de prórroga, tácita o legal, del contrato de arrendamiento, y nunca se entenderá, directa o indirectamente, que el plazo es superior a aquel marcado por el artículo 14 del Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario, o regulación que lo sustituya. Transcurrido el plazo de ejercicio sin que la PARTE ARRENDATARIA haya notificado su voluntad de ejercitar la opción, ésta quedará automáticamente extinguida, sin necesidad de requerimiento ni declaración alguna.

CUARTA.- CARGAS Y GRAVÁMENES.

La PARTE ARRENDADORA se compromete frente a la PARTE ARRENDATARIA a entregar La Vivienda como cuerpo cierto, libre de cargas y gravámenes, así como de arrendatarios u ocupantes distintos de la propia PARTE ARRENDATARIA, obligándose, asimismo, al levantamiento de todas aquellas cargas que pudieran estar vigentes en el momento en que la PARTE ARRENDATARIA ejerza la opción, y a realizar las gestiones necesarias para su cancelación en el Registro de la Propiedad.

Igualmente, la PARTE ARRENDADORA se compromete a entregar La Vivienda al corriente de todo tipo de tasas, contribuciones, gastos de comunidad, suministros, y/o impuestos que fueran exigibles al momento en que la PARTE ARRENDATARIA ejerza la opción de compra. La PARTE ARRENDADORA responderá del saneamiento por evicción y vicios ocultos conforme a los artículos 1474 y siguientes del Código Civil.

QUINTA.- NOTIFICACIÓN Y FORMALIZACIÓN.

SEXTA.- GASTOS E IMPUESTOS DE LA COMPRAVENTA.

SÉPTIMA.- CESIÓN DE LA OPCIÓN DE COMPRA.

Ambas partes acuerdan que el derecho de opción de compra aquí establecido en favor de la PARTE ARRENDATARIA tiene carácter personalísimo y no podrá ser objeto de cesión o transmisión por ésta, ya sea a título gratuito u oneroso, en favor de tercero, sin el previo consentimiento expreso y por escrito de la PARTE ARRENDADORA.

OCTAVA.- ELEVACIÓN A PÚBLICO Y REGISTRO DE LA PROPIEDAD.

Tanto la PARTE ARRENDADORA como la PARTE ARRENDATARIA podrán promover la elevación a escritura pública del documento privado de este Anexo e, igualmente, inscribirlo en el Registro de la Propiedad al amparo del artículo 14 del Reglamento Hipotecario, ello sin necesidad de expresa autorización de la otra parte, siendo los gastos que esta elevación a público e inscripción conlleve asumidos por la parte que promueva la elevación y/o acuda al Registro para efectuar la inscripción.

NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

Las partes se comprometen a tratar los datos personales facilitados conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Los datos serán tratados con la única finalidad de gestionar la relación jurídica derivada del presente Anexo y del contrato de arrendamiento al que se incorpora, sin que puedan ser cedidos a terceros salvo obligación legal. Las partes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad en los domicilios indicados en el encabezamiento.

DÉCIMA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN.

El presente Anexo se rige por la legislación española, en particular por el Código Civil, la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y el Reglamento Hipotecario. Para la resolución de cuantas cuestiones, discrepancias o controversias pudieran derivarse de la interpretación, cumplimiento o ejecución del presente Anexo, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de ________.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente Anexo, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.




..............................................
LA PARTE ARRENDADORA
(CEDENTE)




................................................
LA PARTE ARRENDATARIA
(CESIONARIA)

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