Alegaciones ante una Multa por Exceso de Velocidad por Radar - Formulario Modelo Word y PDF

Válido en España

El escrito de alegaciones frente a una multa por exceso de velocidad por radar permite responder a la sanción exponiendo los motivos por los que consideras que no procede o que existen aspectos del procedimiento o de la medición que conviene revisar.

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Cómo funciona

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Con este modelo puedes preparar las alegaciones identificando el expediente y tus argumentos. A continuación explicamos cómo funciona, qué conviene incluir y cómo completarlo, con descarga en Word y PDF.

Sanciones captadas por radar

Las infracciones de velocidad detectadas por dispositivos de medición dan lugar a una notificación de sanción. Frente a ella, la persona interesada puede presentar alegaciones dentro del procedimiento.

Las alegaciones pueden referirse a aspectos del procedimiento, a la identificación del vehículo o del conductor, o a las circunstancias del caso.

Qué conviene incluir

Cómo rellenar el modelo

Recomendaciones

Preguntas frecuentes

¿Puedo recurrir una multa de radar?

Puedes presentar alegaciones dentro del procedimiento para exponer tus razones. La administración las valorará al resolver.

¿Qué tipo de argumentos caben?

Aspectos del procedimiento, de la identificación o de las circunstancias del caso. Conviene que sean concretos y, a ser posible, apoyados en pruebas.

¿Hay plazo para alegar?

Sí. La notificación indica el plazo y la forma de presentación.

¿Las alegaciones suspenden la multa?

Exponen tus razones para su valoración; la resolución depende del caso. Por eso conviene presentarlas correctamente y en plazo.

¿Puedo editar el modelo?

Sí. Es editable en Word y puedes regenerar el PDF cuando lo necesites.

Contenido revisado periódicamente para mantenerlo claro y actualizado.

Vista previa del documento

A LA JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE ________


En ________, a ________


Expediente nº: ________
Matrícula del vehículo: ________
Fecha de la infracción: ________


D.ª ________, mayor de edad, con DNI ________, y con domicilio a efectos de notificación en: ________, en virtud del artículo 93 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LTSV) y el artículo 13 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante RPST) comparece ante la JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ________, y como mejor proceda en Derecho


EXPONE


I. Que con fecha ________ se le ha notificado el inicio del procedimiento sancionador con el número de expediente ________, al que además se han incorporado prueba fotográfica y certificado de cinemómetro.

II. Que la causa por la que se inicia dicho procedimiento sancionador es la imputación de la comisión de una infracción comprendida en el artículo 76.a) de la LTSV, es decir, superar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos o circular en un tramo a una velocidad media superior a la reglamentariamente establecida. Dicha presunta infracción se ha recogido por un radar móvil.

III. Que dentro del plazo conferido, el interesado rechaza dicho procedimiento sancionador, y ello en virtud de las siguientes


ALEGACIONES


PRIMERA. Que la descripción de los hechos imputados en este expediente no se corresponde con la realidad, por lo cuanto que de las pruebas que se solicitan se podrá observar la invalidez de la sanción imputada, negamos pues la veracidad de la infracción imputada.

El abajo firmante, manifiesta que en el día y, aproximadamente, a la hora señalada, circuló por el lugar que se indica, pero que acostumbra a respetar todas las normas, disposiciones y limitaciones establecidas, por lo que considera poco probable que circulara a tal velocidad, lo que induce a pensar que existe algún error en la medición del cinemómetro.

SEGUNDA. Que, además, debe tenerse en cuenta que estaba realizando un adelantamiento, con lo cual el margen de velocidad es mayor, no habiéndo tenido en cuenta la Administración esta circunstancia.

Este principio de presunción de inocencia aparece recogido en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, al establecer como derecho del interesado en el procedimiento administrativo "la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario". Quiere ello decir que es a la Administración a la que corresponde aportar el material probatorio necesario a fin de acreditar la comisión de la infracción y la culpabilidad del infractor.

Que con el fin de acreditar todo lo expuesto, y al amparo del Real Decreto Legislativo6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial el interesado solicita que se practiquen los siguientes:


MEDIOS DE PRUEBA

I. Que se certifique y remita el historial de averías del cinemómetro y del equipo de antena, así como el tiempo que ha de mediar entre una revisión y otra, y copia de la aprobación y homologación del citado modelo por el Ministerio competente.

II. Que se certifique si en el día y hora de la denuncia el cinemómetro se encontraba funcionando correctamente y no sufrió avería de ningún tipo en la medición de velocidad o en la impresión de la fotografía y se remita copia de la última revisión efectuada.

III. Determinación del lugar donde fue instalado el conjunto que sirvió para detectar la presunta infracción, pues como es debido para que la medición sea correcta, resulta preciso que dicho conjunto esté situado en un plano horizontal con un desnivel máximo del 4% y que, asimismo, se encuentre situado a una distancia de más de 50 metros de un objeto fijo.

IV. Que se certifique y remita prueba de contenido técnico que pudiera corroborar que a la sanción reflejada en el expediente o boletín sancionador se le practicó la sustracción del margen de error que soporta el radar en virtud de la Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor.

V.Que se adjunte por parte de esta jefatura los siguientes documentos relacionados con la infracción que se le imputa a esta parte:

  • Certificado del organismo competente en materia de tráfico, en el que se determine que volumen de tráfico se produjo en la zona donde presuntamente se produjo la infracción.

VI. Informe del Agente de la Autoridad sobre las características de la vía y determinación de cómo puede afectar concretamente a la circulación, la notificación de la infracción al que suscribe.

VII. Que se una al expediente una certificación en la que se haga constar que el denunciante estaba el día de la denuncia en acto de servicio en el lugar en donde se produjo la supuesta infracción.


En virtud de lo cual procede a realizar la siguiente


SOLICITUD

I. Que se tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y por formuladas en tiempo y forma las anteriores alegaciones y proposición de prueba, acordando su práctica y la incorporación al expediente de la documentación solicitada.

II. Que, con carácter principal, se dicte resolución, por el órgano que sea competente para resolver, en la que se declare la inexistencia de responsabilidad por la infracción señalada en la exposición de motivos de este escrito, y, en consecuencia, se archive y deje sin efecto el procedimiento sancionador correspondiente al expediente número ________.

III. Que, con carácter subsidiario, para el supuesto de que no se acuerde el archivo del expediente, se resuelva reducir la sanción inicialmente propuesta para adecuarla, en todo caso, al principio de proporcionalidad (artículo 81 LTSV).


Y para que así conste y surta los efectos oportunos, firma este escrito,



Fdo. D.ª ________

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