CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA
Entre los suscritos, a saber, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________ expedida en ________, domiciliado(a) en ________, quien obra en su propia nombre y en adelante se denominará el ARRENDADOR; y de otra parte, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________ expedida en ________, domiciliado(a) en ________, quien obra en su propio nombre y en adelante se denominará el ARRENDATARIO; y que conjuntamente se denominarán las PARTES, hemos convenido en celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA, el cual se regirá por lo dispuesto en la Ley 820 de 2003, en concordancia con los artículos 1973 y siguientes del Código Civil, demás normas concordantes y por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. Mediante el presente contrato el ARRENDADOR concede al ARRENDATARIO el goce y uso del inmueble que se describe a continuación, con destinación exclusiva a vivienda del ARRENDATARIO y su grupo familiar, de conformidad con el artículo 4° de la Ley 820 de 2003:
Tipo de inmueble: Casa
Ciudad del inmueble: ________
Dirección del inmueble: ________
Matrícula inmobiliaria: ________
Descripción:
________
Parágrafo. El ARRENDADOR declara que es el titular del derecho de dominio o que se encuentra debidamente facultado para dar en arrendamiento el inmueble, y que sobre el mismo no pesa limitación, embargo o gravamen que impida su entrega en arrendamiento.
SEGUNDA. CANON DE ARRENDAMIENTO. El canon de arrendamiento mensual será de $________ (________), suma que no excede el límite legal previsto en el artículo 18 de la Ley 820 de 2003. El canon se pagará por mensualidades anticipadas dentro de los primeros cinco (5) días de cada período mensual, contados a partir de la fecha de inicio del arrendamiento.
TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO. El canon de arrendamiento se pagará mediante consignación o transferencia bancaria a la cuenta que se indica a continuación, sin que por ello el ARRENDADOR quede obligado a recibir el pago en lugar distinto:
Entidad: ________
Tipo de cuenta: Ahorros
Número de cuenta: ________
Titular de la cuenta: ________
Parágrafo. De conformidad con el artículo 10 de la Ley 820 de 2003, la consignación o transferencia efectuada en los términos aquí pactados produce los efectos del pago, sin perjuicio de las obligaciones del arrendador de expedir el respectivo recibo.
CUARTA. INCREMENTO DEL CANON. Conforme al artículo 20 de la Ley 820 de 2003, cada doce (12) meses de ejecución del contrato bajo un mismo precio, el canon de arrendamiento se reajustará en una proporción que no será superior al cien por ciento (100%) del incremento que haya tenido el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el año calendario inmediatamente anterior, según certificación expedida por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) o la entidad que haga sus veces. El ARRENDADOR informará por escrito al ARRENDATARIO el monto del reajuste y la fecha desde la cual regirá.
QUINTA. SERVICIOS PÚBLICOS. El valor de los servicios públicos domiciliarios con que cuenta el inmueble se halla incluido dentro del canon de arrendamiento, por lo que el ARRENDATARIO no deberá efectuar pago alguno por dicho concepto.
Parágrafo primero. En caso de incumplimiento en el pago de los servicios públicos que amenace su suspensión o cause perjuicio al ARRENDATARIO, éste podrá efectuar el pago directamente, evento en el cual el ARRENDADOR deberá reembolsar las sumas pagadas; de no hacerlo, el ARRENDATARIO podrá descontar el valor pagado del siguiente canon de arrendamiento o de los que fueren necesarios hasta concurrencia del monto.
Parágrafo segundo. El inmueble cuenta con los siguientes servicios públicos: ________.
Parágrafo tercero. En cumplimiento del artículo 15 de la Ley 820 de 2003, el ARRENDADOR responderá solidariamente por el pago de los servicios públicos prestados al inmueble, salvo que constituya garantía o caución a favor de las empresas prestadoras en los términos de dicha norma.
SEXTA. REPARACIONES Y MEJORAS. El ARRENDATARIO será responsable de las reparaciones locativas que sean producto del uso normal del inmueble. El ARRENDADOR será responsable de las reparaciones necesarias y de aquellas que provengan de caso fortuito, fuerza mayor o defectos del inmueble, siempre que no hayan sido necesarias por culpa del ARRENDATARIO.
Parágrafo primero. Si el ARRENDADOR es informado por el ARRENDATARIO de que se requieren reparaciones necesarias y no las realiza en un plazo tal que amenace la integridad del inmueble o impida su habitación, el ARRENDATARIO podrá realizarlas con cargo al ARRENDADOR, deduciendo su valor del canon.
Parágrafo segundo. El ARRENDATARIO sólo podrá realizar reformas y mejoras con autorización expresa y escrita del ARRENDADOR, caso en el cual éste no asumirá costo alguno por ellas. El ARRENDATARIO podrá retirar las mejoras útiles que haya hecho, siempre que ello sea posible sin detrimento del inmueble; de lo contrario, dichas mejoras quedarán en beneficio del inmueble sin obligación de pago por parte del ARRENDADOR.
SÉPTIMA. CUOTA DE ADMINISTRACIÓN Y RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL. El pago de las cuotas de administración se halla incluido en el canon de arrendamiento, por lo cual el ARRENDATARIO no efectuará pago adicional por dicho concepto. En caso de que el inmueble esté sometido al régimen de propiedad horizontal (Ley 675 de 2001), el ARRENDATARIO se obliga a respetar el reglamento de propiedad horizontal, el manual de convivencia y las demás normas de la copropiedad.
OCTAVA. PLAZO DEL CONTRATO Y RENOVACIÓN. El plazo del presente contrato será de ________ año(s), contados a partir del ________. Si ninguna de las PARTES manifiesta su intención de darlo por terminado con la antelación y en los términos previstos en este contrato y en la ley, se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado, conforme al artículo 6° de la Ley 820 de 2003, reajustándose el canon en los términos de la cláusula cuarta.
NOVENA. ENTREGA DEL INMUEBLE. El ARRENDADOR entregará el inmueble al ARRENDATARIO en buen estado de servicio, seguridad y sanidad. Las PARTES suscribirán un inventario que dé cuenta del estado del inmueble y de los bienes que se entregan al inicio del contrato, el cual hará parte integral del mismo.
DÉCIMA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO. Son causas de terminación unilateral del contrato:
Por parte del ARRENDADOR (artículos 22 y 24 de la Ley 820 de 2003):
1. En cualquier momento, por el incumplimiento de las obligaciones del ARRENDATARIO, en especial la mora en el pago del canon o de los servicios públicos.
2. A la terminación del plazo del contrato o de sus prórrogas, dando preaviso por escrito a través de servicio postal autorizado con no menos de tres (3) meses de antelación, cuando se configure alguna de las causales del numeral 8 del artículo 22 de la Ley 820 de 2003:
I. Cuando el ARRENDADOR requiera el inmueble para su propia habitación, por un término no menor de un (1) año.
II. Cuando el inmueble deba demolerse para nueva construcción, o cuando se vayan a ejecutar reparaciones independientes que requieran la entrega del bien.
III. Cuando sea necesario para dar cumplimiento a un contrato de compraventa sobre el inmueble.
3. Unilateralmente, dentro del término del contrato o de sus prórrogas, dando preaviso por escrito a través de servicio postal autorizado con no menos de tres (3) meses de antelación y pagando al ARRENDATARIO una indemnización equivalente al precio de tres (3) meses de arrendamiento, conforme al artículo 24 de la Ley 820 de 2003.
Por parte del ARRENDATARIO (artículos 23 y 24 de la Ley 820 de 2003):
4. En cualquier momento, por el incumplimiento de las obligaciones del ARRENDADOR.
5. A la terminación del plazo del contrato o de sus prórrogas, dando preaviso por escrito a través de servicio postal autorizado con no menos de tres (3) meses de antelación.
6. Unilateralmente, dentro del término del contrato o de sus prórrogas, dando preaviso por escrito a través de servicio postal autorizado con no menos de tres (3) meses de antelación y pagando al ARRENDADOR una indemnización equivalente al precio de tres (3) meses de arrendamiento. No habrá lugar a indemnización cuando la terminación opere conforme al parágrafo del artículo 24 de la Ley 820 de 2003.
DÉCIMA PRIMERA. RESTITUCIÓN DEL INMUEBLE. A la terminación del contrato por cualquier causa, el ARRENDATARIO restituirá el inmueble al ARRENDADOR en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro proveniente del uso legítimo y del transcurso natural del tiempo, a paz y salvo por concepto de cánones, servicios públicos y demás obligaciones a su cargo.
DÉCIMA SEGUNDA. CLÁUSULA PENAL. En caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato, la parte incumplida pagará a la otra, a título de pena, una suma equivalente a $________ (________), sin que ello implique renuncia al cobro de los perjuicios adicionales ni a exigir el cumplimiento de la obligación principal. Para su cobro bastará el solo incumplimiento, prestando esta cláusula mérito ejecutivo por tratarse de una obligación clara, expresa y exigible.
DÉCIMA TERCERA. SUBARRIENDO Y CESIÓN. De conformidad con el artículo 17 de la Ley 820 de 2003, el ARRENDATARIO no podrá subarrendar total o parcialmente el inmueble, ni ceder el contrato, sin la autorización expresa y escrita del ARRENDADOR. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la terminación del contrato y a la restitución del inmueble.
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Xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxx xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxx xxxxx xx xxxxxxx xxx xxxx xxxxxxxxx xx xxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx xxxx xxxxxxxxxx xx xxx xxxxxxx xxxxx xxxx xx xxxxxxxx xxx.
DÉCIMA SEXTA. GARANTÍA / CODEUDOR. En respaldo del cumplimiento de las obligaciones del ARRENDATARIO, se constituye como deudor solidario el(la) señor(a) ________, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________, quien responderá solidariamente con el ARRENDATARIO por todas las obligaciones derivadas del presente contrato.
DÉCIMA SÉPTIMA. ORIGEN LÍCITO DE RECURSOS Y PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS. Las PARTES declaran que los bienes objeto del contrato y los recursos con que se cumplan las obligaciones de éste tienen origen y destinación lícitos, y que ninguna de ellas se encuentra investigada ni ha sido condenada por actividades relacionadas con narcotráfico, lavado de activos, financiación del terrorismo o conductas afines. El incumplimiento de esta declaración facultará a la contraparte para dar por terminado el contrato de inmediato, sin lugar a indemnización.
DÉCIMA OCTAVA. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. Las PARTES autorizan recíprocamente el tratamiento de los datos personales suministrados con ocasión de este contrato, exclusivamente para los fines derivados del mismo, conforme a la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios.
DÉCIMA NOVENA. MÉRITO EJECUTIVO. El presente contrato presta mérito ejecutivo para el cobro de los cánones, los servicios públicos a cargo de cada parte, la cláusula penal y demás obligaciones aquí contenidas, por contener obligaciones claras, expresas y exigibles.
VIGÉSIMA. LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. El presente contrato se regirá por la Ley 820 de 2003 y demás normas concordantes de la legislación colombiana. Las controversias que surjan entre las PARTES se procurarán resolver mediante arreglo directo y, de no lograrse, podrán acudir a un centro de conciliación legalmente autorizado y, en su defecto, a la jurisdicción ordinaria de los jueces competentes del lugar de ubicación del inmueble.
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. De conformidad con los artículos 12 y 28 de la Ley 820 de 2003, las PARTES señalan como direcciones para el recibo de notificaciones y avisos las siguientes:
Del ARRENDADOR:
Ciudad: ________
Dirección: ________
Teléfono: ________
Correo electrónico: ________
Del ARRENDATARIO:
Ciudad: ________
Dirección: ________
Teléfono: ________
Correo electrónico: ________
Para constancia, en señal de aceptación, las PARTES suscriben el presente contrato en dos (2) ejemplares del mismo tenor y valor, en ________, el día ________.
EL ARRENDADOR
________
Cédula de ciudadanía: ________
EL ARRENDATARIO
________
Cédula de ciudadanía: ________
EL DEUDOR SOLIDARIO
________
Cédula de ciudadanía: ________
Entre los suscritos, a saber, ________, sociedad identificada con NIT ________, con domicilio principal en ________, representada legalmente por ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________ expedida en ________, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de ________, sociedad que en adelante se denominará el ARRENDADOR; y de otra parte, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________ expedida en ________, domiciliado(a) en ________, y ________, mayor de edad, identificado(a) con ________ número ________ expedida en ________, domiciliado(a) en ________, quienes obran en su propio nombre, responderán solidariamente por las obligaciones que aquí contraen y en adelante se denominarán conjuntamente el ARRENDATARIO; y que conjuntamente se denominarán las PARTES, hemos convenido en celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA, el cual se regirá por lo dispuesto en la Ley 820 de 2003, en concordancia con los artículos 1973 y siguientes del Código Civil, demás normas concordantes y por las siguientes cláusulas:
Entre los suscritos, a saber, ________, sociedad identificada con NIT ________, con domicilio principal en ________, representada legalmente por ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________ expedida en ________, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de ________, sociedad que en adelante se denominará el ARRENDADOR; y de otra parte, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________ expedida en ________, domiciliado(a) en ________, quien obra en su propio nombre y en adelante se denominará el ARRENDATARIO; y que conjuntamente se denominarán las PARTES, hemos convenido en celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA, el cual se regirá por lo dispuesto en la Ley 820 de 2003, en concordancia con los artículos 1973 y siguientes del Código Civil, demás normas concordantes y por las siguientes cláusulas:
Entre los suscritos, a saber, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________ expedida en ________, domiciliado(a) en ________, quien obra en su propia nombre y en adelante se denominará el ARRENDADOR; y de otra parte, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________ expedida en ________, domiciliado(a) en ________, y ________, mayor de edad, identificado(a) con ________ número ________ expedida en ________, domiciliado(a) en ________, quienes obran en su propio nombre, responderán solidariamente por las obligaciones que aquí contraen y en adelante se denominarán conjuntamente el ARRENDATARIO; y que conjuntamente se denominarán las PARTES, hemos convenido en celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA, el cual se regirá por lo dispuesto en la Ley 820 de 2003, en concordancia con los artículos 1973 y siguientes del Código Civil, demás normas concordantes y por las siguientes cláusulas:
QUINTA. SERVICIOS PÚBLICOS. El valor de los servicios públicos domiciliarios con que cuenta el inmueble no se halla incluido dentro del canon de arrendamiento y estará a cargo del ARRENDATARIO, quien deberá pagarlos oportunamente a las empresas prestadoras durante la vigencia del contrato y entregar al ARRENDADOR los comprobantes de pago cuando éste lo solicite.
Parágrafo primero. En caso de incumplimiento del ARRENDATARIO en el pago de los servicios públicos a su cargo que amenace su suspensión, el ARRENDADOR podrá efectuar el pago directamente, evento en el cual el ARRENDATARIO deberá reembolsar las sumas pagadas junto con el siguiente canon de arrendamiento, sin perjuicio de que dicho incumplimiento constituya causal de terminación del contrato.
SÉPTIMA. CUOTA DE ADMINISTRACIÓN Y RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL. El pago de las cuotas de administración no se halla incluido en el canon de arrendamiento y estará a cargo del ARRENDATARIO, quien las pagará directamente a la administración de la copropiedad en los plazos fijados por ésta. El ARRENDATARIO se obliga a respetar el reglamento de propiedad horizontal (Ley 675 de 2001), el manual de convivencia y las demás normas de la copropiedad.
OCTAVA. PLAZO DEL CONTRATO Y RENOVACIÓN. El plazo del presente contrato será de ________ mes(es), contados a partir del ________. Si ninguna de las PARTES manifiesta su intención de darlo por terminado con la antelación y en los términos previstos en este contrato y en la ley, se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado, conforme al artículo 6° de la Ley 820 de 2003, reajustándose el canon en los términos de la cláusula cuarta.
DÉCIMA SEXTA. GARANTÍA. Las PARTES acuerdan que no se constituye deudor solidario en respaldo de las obligaciones del ARRENDATARIO, quien responderá por ellas con la totalidad de su patrimonio.
________
Cédula de ciudadanía: ________
Representante legal de ________
NIT: ________
________
Cédula de ciudadanía: ________
________
________: ________
Del ARRENDATARIO (primer arrendatario):
Ciudad: ________
Dirección: ________
Teléfono: ________
Correo electrónico: ________
Del ARRENDATARIO (segundo arrendatario):
Ciudad: ________
Dirección: ________
Teléfono: ________
Correo electrónico: ________
Para constancia, en señal de aceptación, las PARTES suscriben el presente contrato en tantos ejemplares del mismo tenor y valor como firmantes, en ________, el día ________.
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