Contrato de Préstamo de Bienes - Modelo de Formulario Pro · ES-law

Valid in Spain · drafted to comply with local law

Create your Contrato de Préstamo de Bienes - Modelo de Formulario for use in Spain. Answer a few plain-English questions and the document fills in automatically as you go — then download it in Word and PDF, ready to sign or share. This version has been professionally rewritten to comply with local law.

  • Answer 19 simple questions — the document fills in as you go
  • Live preview: watch your document update in real time
  • Download as Word (.docx) and PDF
  • Edit your answers and re-download anytime
Save to access it later, on any device.

Fill in the details

0/19

Type below — the document on the right updates as you go.

Contrato de Préstamo de Bienes - Modelo de Formulario
🔒The clauses below are blurred in the preview. Fill in your details, then pay once to unlock the full document and download it as Word & PDF.

CONTRATO DE COMODATO (PRÉSTAMO DE USO)


En ________, a ________



REUNIDOS


De una parte,

________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, y provisto de DNI/NIF núm. ________, en su propio nombre y derecho.


En adelante, el "Comodante".


De otra parte,

________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, y provisto de DNI/NIF núm. ________, en su propio nombre y derecho.


En adelante, el "Comodatario".


El Comodante y el Comodatario podrán ser denominados, individualmente, la "Parte" y, conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse en la representación en que actúan y siendo responsables de la veracidad de sus manifestaciones, y



EXPONEN


I. Que el Comodante ostenta título hábil y suficiente para poseer y disponer del uso del siguiente bien:

________

En adelante, el "Bien".


II. Que, al tiempo de la firma del presente documento, el Bien se encuentra en el estado de conservación, uso y funcionamiento que se describe en el siguiente apartado, del que las Partes dejan constancia: ________.


III. Que el Comodante conviene en ceder al Comodatario el uso del Bien sin que este último deba abonar renta, precio, contraprestación, retribución o emolumento alguno, conservando el Comodante la propiedad y posesión mediata del mismo. El Comodatario está interesado en el uso de dicho Bien y acepta la cesión en los términos que aquí se establecen.


IV. Que, habiendo alcanzado las Partes, libre y espontáneamente, una coincidencia mutua de sus voluntades, formalizan el presente CONTRATO DE COMODATO, en adelante, el "Contrato", que tiene por objeto el establecimiento y la regulación de un préstamo a título gratuito de una cosa no fungible, conforme a lo dispuesto en los artículos 1.740 y siguientes del Código Civil, y que se regirá por las siguientes,



ESTIPULACIONES


PRIMERA. Objeto.

En virtud del presente Contrato, el Comodante hace entrega al Comodatario, en concepto de préstamo de uso o comodato y a título estrictamente gratuito, del siguiente Bien:

________

El Comodatario adquiere únicamente el uso del Bien, sin que adquiera derecho alguno sobre los frutos que el mismo pudiera llegar a producir, de conformidad con el artículo 1.741 del Código Civil. El comodato no transmite al Comodatario la propiedad del Bien.

En la fecha señalada en el encabezamiento se perfecciona el presente Contrato de comodato con la entrega del Bien, formalizándose, además, las condiciones y modalidades para proceder a su devolución.


SEGUNDA. Uso o destino del Bien.

El Bien será destinado por el Comodatario, de forma exclusiva, al siguiente uso o destino:

________

El Comodatario no podrá destinar el Bien a un uso distinto del aquí pactado.


TERCERA. Duración.

A partir de la fecha de su firma señalada en el encabezamiento, el presente Contrato estará en vigor hasta la siguiente fecha: ________.

Cumplido dicho plazo, surgirá para el Comodatario la inmediata obligación de devolver el Bien en el mismo estado de conservación y uso en que lo recibió, salvo los deterioros que sobrevengan por el solo efecto del uso y sin culpa suya, haciendo entrega del mismo al Comodante, de conformidad con lo previsto en los artículos 1.749 y 1.750 del Código Civil.


CUARTA. Obligaciones de las Partes.

4.1. Obligaciones del Comodatario.

Las principales obligaciones del Comodatario consistirán en:

a) Utilizar el Bien conforme al destino previsto en la estipulación segunda y según su propia naturaleza.

b) Conservar diligentemente el Bien cedido, en el estado en que se encuentra al momento de la firma del presente Contrato e indicado en el expositivo II. A tal fin, deberá satisfacer los gastos ordinarios que sean de necesidad para el uso y conservación del Bien (artículo 1.743 del Código Civil), así como permitir que el Comodante lo inspeccione cuando lo estime oportuno a fin de constatar su estado.

c) Responder de los daños que el Bien cause a terceros como consecuencia de su uso.

d) No realizar, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito del Comodante, obras o modificaciones de ningún tipo sobre el Bien. En caso de realizarse cualquier modificación, las mejoras quedarán en beneficio del Bien, sin que proceda, en ningún caso, reembolso de especie alguna a favor del Comodatario.

e) Responder de la pérdida del Bien, aunque sobrevenga por caso fortuito, en los supuestos previstos en el artículo 1.744 del Código Civil, esto es, cuando lo destine a uso distinto del pactado o lo conserve en su poder por más tiempo del convenido.

f) Devolver el Bien al Comodante una vez transcurrido el plazo previsto en la estipulación tercera o, respetando lo previsto en este Contrato, cuando sea requerido para ello por el Comodante en caso de que este tuviere urgente necesidad del Bien.

g) Respetar el conjunto de obligaciones que la legislación vigente y el presente Contrato le atribuyen y que no hayan sido expresamente previstas en los apartados anteriores.

4.2. Obligaciones del Comodante.

Las principales obligaciones del Comodante consistirán en:

a) Abonar los gastos extraordinarios causados durante la vigencia del presente Contrato para la conservación del Bien, siempre que el Comodatario lo ponga en su conocimiento antes de realizarlos, salvo los casos de urgencia previstos en el artículo 1.751 del Código Civil.

b) Responder por los daños causados al Comodatario por los vicios del Bien que conociere y no hubiere hecho saber a este último, conforme al artículo 1.752 del Código Civil.

c) Respetar el conjunto de obligaciones que la legislación vigente y el presente Contrato le atribuyen y que no hayan sido expresamente previstas en los apartados anteriores.


QUINTA. Gastos.

Todos los gastos ordinarios y tributos correspondientes al uso del Bien, así como los gastos derivados de su utilización, serán de cargo del Comodatario, salvo aquellos gastos extraordinarios de conservación y demás que correspondan al Comodante de acuerdo con la legislación vigente y con la estipulación cuarta del presente Contrato.


SEXTA. Necesidad urgente del Bien.

En caso de necesidad urgente del Bien, aun no transcurrido el plazo previsto en la estipulación tercera, el Comodante podrá reclamar su restitución, conforme al artículo 1.749 del Código Civil. A estos efectos, las Partes acuerdan que será suficiente dirigir al Comodatario comunicación escrita fehaciente, indicando la causa de la necesidad y el plazo en que debe ser devuelto el Bien al Comodante, que en ningún caso podrá ser inferior a ________ días.


SÉPTIMA. Responsabilidad en caso de pérdida o deterioro del Bien.

En caso de destinar el Bien a un uso distinto del pactado o de conservarlo en su poder por más tiempo del previsto en el presente Contrato, el Comodatario responderá de la pérdida del Bien, aunque ésta sobrevenga por caso fortuito, conforme al artículo 1.744 del Código Civil.

Si el Bien hubiere sido tasado al hacerse el préstamo, el Comodatario responderá de su pérdida, aunque sobrevenga por caso fortuito, salvo pacto expreso en contrario (artículo 1.745 del Código Civil). El Comodatario no responderá de los deterioros que sobrevengan al Bien por el solo efecto del uso y sin culpa suya.


OCTAVA. Inexistencia de derecho de retención.

En ningún caso podrá el Comodatario retener el Bien bajo el pretexto de la existencia de cualquier crédito en su favor contra el Comodante, aunque sea por razón de los gastos extraordinarios causados durante la vigencia del presente Contrato para la conservación del Bien, de conformidad con el artículo 1.747 del Código Civil.


NOVENA. Resolución del Contrato.

El presente Contrato podrá ser resuelto por mutuo acuerdo de las Partes, con los efectos que ellas determinen. Igualmente, el Contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las Partes, a su elección, sin necesidad de intervención judicial y sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurra la otra Parte por su incumplimiento contractual, por "causa justificada", descrita aquí como:

a) el incumplimiento total o parcial por la otra Parte de alguna de las condiciones u obligaciones esenciales de este Contrato; o

b) las demás causas establecidas por la Ley.

Cualquiera de las causas de resolución antedichas dará derecho a la Parte que no hubiera incurrido en ella ni la hubiera provocado a la indemnización de los daños y perjuicios derivados de la misma.

El hecho de que una Parte no haga uso de alguna de las causas previstas en esta estipulación para resolver el Contrato no será considerado nunca como una renuncia a sus derechos derivados del incumplimiento de la otra Parte, ni limitará sus facultades para exigirle el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato.


DÉCIMA. Cesión a terceros.

El Comodatario no podrá ceder, total o parcialmente, el uso del Bien a un tercero, ni a título gratuito ni oneroso, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito del Comodante. La infracción de lo dispuesto en esta estipulación facultará al Comodante para resolver el presente Contrato y exigir la inmediata devolución del Bien, sin perjuicio de la indemnización de los daños y perjuicios que pudieran derivarse.


DECIMOPRIMERA. Modificaciones del Contrato.

El presente Contrato únicamente podrá ser modificado por acuerdo expreso, mutuo y por escrito de ambas Partes.

Cualquier modificación que se realice deberá constar por escrito y ser firmada por ambas Partes, pasando a formar parte integrante del presente Contrato a todos los efectos.


DECIMOSEGUNDA. Protección de datos de carácter personal.


DECIMOTERCERA. Notificaciones.


DECIMOCUARTA. Integridad del Contrato y nulidad parcial.

Este Contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación que se hubiese desarrollado previamente entre las Partes en relación con su objeto.

Asimismo, las Partes reconocen que, en caso de existir, los documentos Anexos y/o adjuntos al presente Contrato forman parte e integran el mismo a todos los efectos legales.

Si una o varias cláusulas devinieran ineficaces, anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante entre las Partes. En tal caso, las Partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de buena fe un nuevo texto para aquellas cláusulas o partes del Contrato afectadas que respete la voluntad y la finalidad inicialmente perseguidas.


DECIMOQUINTA. Legislación aplicable y jurisdicción.

El presente Contrato se rige por la legislación española y, en particular, por lo dispuesto en los artículos 1.740 y siguientes del Código Civil relativos al comodato.

Para la resolución de cuantas cuestiones, controversias o discrepancias pudieran derivarse de la interpretación, validez, cumplimiento, ejecución o resolución del presente Contrato, las Partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de ________.


Y en prueba de conformidad y aceptación de cuanto antecede, ambas Partes firman el presente Contrato, a un solo efecto, en todas sus hojas, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, quedando un ejemplar en poder de cada Parte.


EL COMODANTE



...........................................
________

EL COMODATARIO



...........................................
________

Fields you complete are inserted into the document live. This template is general guidance only — not legal advice.