CONTRATO DE CESIÓN DE MARCA
Entre los suscritos, a saber, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________, domiciliado(a) en ________, obrando en nombre propio, quien en adelante se denominará EL CEDENTE; y de otra parte, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________, domiciliado(a) en ________, obrando en nombre propio, quien en adelante se denominará EL CESIONARIO, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE CESIÓN DE MARCA, regido por la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina (Régimen Común sobre Propiedad Industrial), las normas concordantes del Código de Comercio y del Código Civil colombianos, y las disposiciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, previa la consideración de los siguientes antecedentes y de las cláusulas que adelante se enuncian.
PRIMERA. ANTECEDENTES Y DECLARACIONES.
a. Que ________ es una persona natural dedicada comercialmente a las siguientes actividades:
________
b. Que ________ es titular legítimo y exclusivo de la marca ________, identificada con el certificado de registro número ________, cuyo registro fue concedido mediante el siguiente acto administrativo proferido por la Superintendencia de Industria y Comercio:
________
c. Que el registro de la marca ________ fue otorgado en la(s) clase(s) ________ de la Clasificación Internacional de Niza, para identificar los siguientes productos o servicios:
________
d. Que el registro de la marca ________ se encuentra vigente hasta el día ________, no ha sido cancelado, anulado ni caducado, ni se encuentra sujeto a controversia, oposición, medidas cautelares, embargo, prenda, licencia, ni en general a cualquier gravamen o restricción que impida su libre negociabilidad presente o futura.
e. Que EL CESIONARIO conoce y acepta la marca tal y como se representa en el acto administrativo que concedió el registro, documento que hace parte integral del presente contrato.
f. Que EL CEDENTE desea transferir la titularidad plena de la marca a EL CESIONARIO, y este desea adquirirla, conforme a lo previsto en el artículo 161 de la Decisión 486 de 2000.
SEGUNDA. OBJETO. Mediante el presente contrato EL CEDENTE transfiere a título de cesión, de manera total, definitiva e irrevocable, a EL CESIONARIO, la titularidad y todos los derechos patrimoniales derivados de la marca ________ de que trata la cláusula primera, incluyendo el derecho exclusivo a usarla y explotarla comercialmente, a impedir su uso por terceros y a ejercer las acciones legales correspondientes, sin más restricciones que las establecidas en la ley. EL CESIONARIO se obliga a pagar el precio acordado conforme a las cláusulas siguientes.
TERCERA. PRECIO. El precio de la presente cesión de marca es la suma de $________ (________), valor que las partes declaran justo y ajustado al valor comercial de la marca cedida.
CUARTA. FORMA DE PAGO. El precio señalado en la cláusula anterior será pagado por EL CESIONARIO de la siguiente manera: ________. Los pagos se efectuarán mediante consignación o transferencia electrónica a la cuenta ________ de titularidad de EL CEDENTE, quien expedirá los recibos o paz y salvos correspondientes.
QUINTA. OBLIGACIONES DEL CEDENTE. EL CEDENTE se obliga a: a) Transferir a EL CESIONARIO la titularidad plena de la marca objeto del presente contrato, libre de todo gravamen, limitación o restricción. b) Suscribir y otorgar todos los documentos que sean necesarios para perfeccionar e inscribir la cesión de la marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio. c) Garantizar a EL CESIONARIO el ejercicio pacífico y exclusivo de los derechos sobre la marca cedida y responder por el saneamiento por evicción y por vicios ocultos, de conformidad con los artículos 1893 y siguientes del Código Civil. d) Abstenerse de usar o explotar la marca cedida, directa o indirectamente, a partir de la firma del presente contrato. e) Suministrar toda la información y documentación relacionada con la marca que EL CESIONARIO requiera. f) Declarar que no ha celebrado ni celebrará respecto de la marca cedida contrato alguno que afecte los derechos transferidos.
SEXTA. OBLIGACIONES DEL CESIONARIO. EL CESIONARIO se obliga a: a) Pagar a EL CEDENTE el precio acordado en la forma y términos establecidos en las cláusulas tercera y cuarta del presente contrato. b) Adelantar y/o coadyuvar los trámites necesarios para la inscripción de la presente cesión ante la Superintendencia de Industria y Comercio, asumiendo los costos que ello demande, salvo acuerdo en contrario. c) Usar y explotar la marca cedida de conformidad con la ley y las normas aplicables.
SÉPTIMA. PERFECCIONAMIENTO Y REGISTRO. De conformidad con el artículo 161 de la Decisión 486 de 2000, toda transferencia del registro de una marca deberá registrarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio para que surta efectos frente a terceros. Las partes se obligan a otorgar y suscribir oportunamente los documentos necesarios para la inscripción de la presente cesión. El trámite de inscripción estará a cargo de ________.
OCTAVA. DECLARACIONES Y GARANTÍAS. EL CEDENTE declara y garantiza que es el único y legítimo titular de la marca cedida, que tiene plena capacidad y facultad para celebrar el presente contrato, y que la marca no infringe derechos de terceros. Las partes declaran que el presente contrato se celebra sin vicio alguno del consentimiento y con pleno conocimiento de su contenido y alcance.
NOVENA. CLÁUSULA PENAL. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del presente contrato, la parte incumplida pagará a la parte cumplida, a título de pena, la suma de $________ (________), para cuyo cobro no se requerirá más que la prueba del incumplimiento, constituyendo el presente documento título ejecutivo que presta mérito conforme al artículo 422 del Código General del Proceso. Lo anterior sin perjuicio de que la parte cumplida pueda exigir, alternativamente, el cumplimiento de la obligación principal y/o la indemnización plena de perjuicios cuando estos excedan el monto de la pena pactada.
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DÉCIMA PRIMERA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Toda controversia o diferencia relativa a la celebración, ejecución, interpretación, cumplimiento o terminación del presente contrato será resuelta de común acuerdo entre las partes mediante arreglo directo. De no lograrse acuerdo dentro de los ________ días hábiles siguientes, las partes acudirán a ________, con sede en la ciudad de ________, conforme a la legislación colombiana.
DÉCIMA SEGUNDA. LEY APLICABLE. El presente contrato se rige íntegramente por la legislación de la República de Colombia, en especial por la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina, el Código de Comercio y el Código Civil.
DÉCIMA TERCERA. GASTOS E IMPUESTOS. Los gastos, impuestos, tasas y contribuciones que se deriven de la celebración y perfeccionamiento del presente contrato serán asumidos por ________.
DÉCIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. Las partes recibirán notificaciones en las siguientes direcciones:
De EL CEDENTE:
Ciudad: ________
Dirección: ________
Correo electrónico: ________
De EL CESIONARIO:
Ciudad: ________
Dirección: ________
Correo electrónico: ________
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Para constancia de las partes se firman dos ejemplares del mismo tenor y valor, en la ciudad de ________, el día ________.
EL CEDENTE
________
Cédula de ciudadanía: ________
EL CESIONARIO
________
Cédula de ciudadanía: ________