Contrato de Arriendo de Vehículo - Documento Modelo Pro · CL-law
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO MOTORIZADO
En la ciudad de ________, República de Chile, a ________, comparecen, por una parte: ________, Cédula Nacional de Identidad Nº ________, con domicilio en ________, comuna de ________, región ________, en adelante la "PARTE ARRENDADORA"; y, por la otra: ________, Cédula Nacional de Identidad Nº ________, con domicilio en ________, comuna de ________, región ________, en adelante la "PARTE ARRENDATARIA".
La PARTE ARRENDADORA y la PARTE ARRENDATARIA, en adelante denominadas individualmente como "la parte" y conjuntamente como "las partes", se reconocen recíprocamente la capacidad legal suficiente para contratar y obligarse, siendo cada una responsable de la veracidad de sus declaraciones, y
EXPONEN
I. Que la PARTE ARRENDADORA es propietaria del vehículo motorizado, en adelante "el vehículo", que a continuación se individualiza:
- Tipo de vehículo: ________
- Marca: ________
- Modelo: ________
- Año: ________
- Número de motor: ________
- Número de chasis: ________
- Color: ________
- Kilometraje: ________
El vehículo se encuentra inscrito a nombre de la PARTE ARRENDADORA en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, bajo la placa única (patente) ________, según inscripción de fecha ________.
II. Que el vehículo se encuentra en el siguiente estado de conservación: ________.
III. Que ambas partes conocen y aceptan las características y el estado de uso y conservación del vehículo antes descrito. En particular, la PARTE ARRENDATARIA manifiesta haber sido debidamente informada por la PARTE ARRENDADORA del estado del vehículo, tanto en su conjunto como en sus elementos mecánicos y componentes fundamentales, al momento de suscribirse el presente instrumento.
IV. Que la PARTE ARRENDATARIA está interesada en el arrendamiento de dicho vehículo para su uso y goce, y la PARTE ARRENDADORA consiente en otorgar dicho arriendo.
V. Que habiendo concurrido las partes libre y espontáneamente a una coincidencia mutua de sus voluntades, vienen en celebrar el presente Contrato de Arrendamiento de Vehículo Motorizado, en adelante el "Contrato", el que se regirá por las disposiciones del Título XXVI del Libro IV del Código Civil y por las siguientes
CLÁUSULAS
Art. 1.- OBJETO
La PARTE ARRENDADORA da en arrendamiento a la PARTE ARRENDATARIA, quien acepta para sí, el vehículo individualizado en la parte expositiva de este Contrato, con cuanto le sea inherente y accesorio.
La PARTE ARRENDATARIA declara haber revisado suficientemente dicho vehículo, confirmando que se encuentra en estado apto para el uso que constituirá su destino.
Ambas partes aceptan el arrendamiento del vehículo individualizado bajo las condiciones pactadas y contenidas en este instrumento.
Art. 2.- USO O DESTINO
La PARTE ARRENDATARIA se obliga a dar al vehículo, única y exclusivamente, el uso o destino que a continuación se indica:
________
Dicho uso no podrá ser modificado por la PARTE ARRENDATARIA sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la PARTE ARRENDADORA.
Asimismo, la PARTE ARRENDATARIA se obliga a no realizar ningún uso o disposición del vehículo que sea de carácter ilícito o contrario a la ley, la moral, las buenas costumbres o el orden público, o que de cualquier modo pueda causar lesiones o daños a terceras personas, cosas, al propio vehículo o a bienes de uso público.
La PARTE ARRENDATARIA se obliga a hacer uso del vehículo recorriendo distancias que, en su conjunto, no superen el límite máximo de ________ kilómetros. En caso de superarse dicho límite, le serán aplicables los recargos establecidos en el Art. 5 de este Contrato.
Durante la vigencia del Contrato la conducción del vehículo podrá ser efectuada por cualquier persona, siempre que cuente con la licencia de conducir de la clase adecuada al tipo de vehículo arrendado, conforme a la Ley Nº 18.290 de Tránsito, y en todo caso bajo la estricta y exclusiva responsabilidad de la PARTE ARRENDATARIA.
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos será causal de terminación del Contrato.
Art. 3.- ENTREGA
En este mismo acto, la PARTE ARRENDADORA hace entrega material del vehículo objeto de este Contrato, poniéndolo en poder de la PARTE ARRENDATARIA, quien lo recibe a su entera conformidad. A partir de esta entrega, la PARTE ARRENDATARIA asume las responsabilidades derivadas de su tenencia y uso.
Art. 4.- DURACIÓN
El presente Contrato comenzará a regir desde la fecha de entrega del vehículo, indicada en la cláusula anterior, y se extenderá hasta el día ________. Transcurrido dicho plazo, la PARTE ARRENDATARIA deberá restituir el vehículo a la PARTE ARRENDADORA, salvo que ambas partes manifiesten expresamente y por escrito su intención de renovar el Contrato, con anterioridad al vencimiento del plazo final.
Art. 5.- RENTA
La renta de arrendamiento pactada por las partes es de $________.- (________ pesos chilenos), que se pagará por ________ de uso.
La obligación de la PARTE ARRENDATARIA de pagar la renta nace a partir del momento de la entrega del vehículo y se pagará en la siguiente oportunidad: ________.
El pago de la renta se realizará mediante ________, lo que la PARTE ARRENDADORA acepta.
Las partes acuerdan que la renta establecida en esta cláusula ha sido fijada en atención al número máximo de kilómetros a recorrer previsto en el Art. 2 de este instrumento. En caso de superarse dicho máximo, la PARTE ARRENDATARIA deberá pagar por dicho concepto una suma adicional de $________.- (________ pesos chilenos) por cada kilómetro recorrido en exceso.
El incumplimiento por la PARTE ARRENDATARIA de la obligación de pago de la renta en el plazo fijado será causal de terminación del presente Contrato, debiendo en tal caso restituir inmediatamente el vehículo a la PARTE ARRENDADORA.
Art. 6.- GARANTÍA
En este acto, la PARTE ARRENDATARIA entrega a la PARTE ARRENDADORA la suma de $________.- (________ pesos chilenos), con el propósito de garantizar, hasta donde alcance, el cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales, en especial la conservación del vehículo y su restitución en el mismo estado en que lo recibe.
La PARTE ARRENDADORA declara recibir en este acto la suma indicada, constituyendo el presente instrumento el más formal y solemne comprobante de pago que en derecho corresponda.
Esta garantía deberá restituirse a la PARTE ARRENDATARIA al producirse la devolución del vehículo a la PARTE ARRENDADORA, una vez que ésta haya comprobado su estado y condición, así como el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales de la PARTE ARRENDATARIA.
La existencia de esta garantía no faculta a la PARTE ARRENDATARIA a retrasar, no pagar o compensar todo o parte de la renta pactada.
Se restará de esta garantía, al momento de su devolución, todo gasto en que incurra la PARTE ARRENDADORA una vez terminado el Contrato, derivado de cualquier incumplimiento de la PARTE ARRENDATARIA, poniendo a disposición de esta última las boletas, facturas o comprobantes que acrediten dichos gastos.
En caso de que los gastos señalados sean superiores a la garantía, la PARTE ARRENDATARIA deberá pagar la diferencia, pudiendo la PARTE ARRENDADORA ejercer todas las acciones judiciales que estime pertinentes para obtener dicho pago.
Art. 7.- GASTOS POR USO Y REPARACIONES
Los gastos inherentes a la utilización del vehículo serán de cargo de la PARTE ARRENDADORA.
Las reparaciones al vehículo que deban efectuarse durante la vigencia de este Contrato serán de cargo de la PARTE ARRENDADORA.
En todo caso, la PARTE ARRENDADORA no podrá, sin el consentimiento de la PARTE ARRENDATARIA, ejecutar en el vehículo obras o trabajos que puedan turbar o embarazar el goce de éste.
Con todo, si se trata de reparaciones que no puedan diferirse sin grave inconveniente, la PARTE ARRENDATARIA estará obligada a sufrirlas, aun cuando le priven del goce de una parte del vehículo, pero tendrá derecho a que se le rebaje entre tanto la renta, en proporción a la parte de que se trate, conforme a lo dispuesto en el artículo 1928 del Código Civil.
Si las reparaciones impiden que la PARTE ARRENDATARIA pueda hacer uso del vehículo para el fin arrendado, la PARTE ARRENDADORA se obliga a reemplazarlo por otro de similares características hasta que finalice la reparación, o definitivamente.
Si las reparaciones se deben efectuar por una utilización del vehículo indebida o contraria a lo dispuesto en este Contrato, serán de cargo de la PARTE ARRENDATARIA.
Por el contrario, serán de cargo de la PARTE ARRENDADORA las reparaciones cuyas causas eran conocidas o no pudieron menos que ser conocidas por ella antes de entregar el vehículo en arriendo, y no las comunicó a la PARTE ARRENDATARIA.
Art. 8.- CODEUDOR SOLIDARIO
Presente en este acto comparece ________, de Cédula Nacional de Identidad N° ________, con domicilio para estos efectos en ________, comuna de ________, región ________, quien viene en constituirse en fiador y codeudor solidario de la PARTE ARRENDATARIA, obligándose solidariamente al cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emanadas del presente Contrato, conforme a los artículos 1511 y siguientes y 2335 y siguientes del Código Civil.
El codeudor solidario declara que el compromiso adquirido se hará extensivo durante todo el período de vigencia del presente Contrato, sus prórrogas y renovaciones, o hasta que la PARTE ARRENDATARIA cumpla íntegramente con sus obligaciones emanadas de este instrumento, renunciando expresamente al beneficio de excusión.
Art. 9.- INSPECCIÓN
La PARTE ARRENDADORA está facultada para inspeccionar, cuando lo estime oportuno, el estado del vehículo durante la vigencia del Contrato, sea por sí o por persona delegada. La PARTE ARRENDATARIA deberá facilitar el acceso para llevar a efecto tal gestión.
Art. 10.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
1. Obligaciones de la PARTE ARRENDADORA:
a. Entregar a la PARTE ARRENDATARIA el vehículo;
b. Entregar a la PARTE ARRENDATARIA, junto con el vehículo, todos los documentos e implementos de seguridad que exige la ley para su uso, incluyendo permiso de circulación, revisión técnica, certificado de emisión de contaminantes y comprobante del SOAP vigentes;
c. Mantener el vehículo en estado de servir para el fin que ha sido arrendado;
d. Librar a la PARTE ARRENDATARIA de toda turbación o embarazo en el goce del vehículo;
e. Cubrir los gastos inherentes a la utilización del vehículo;
f. Cubrir los gastos de las reparaciones al vehículo que deban efectuarse durante la vigencia de este Contrato, salvo las imputables a la PARTE ARRENDATARIA.
2. Obligaciones de la PARTE ARRENDATARIA:
a. Usar el vehículo según los términos o espíritu del Contrato, no pudiendo destinarlo a fines distintos de los convenidos;
b. Conservar el vehículo en perfecto estado de aseo y conservación general, empleando en su cuidado la diligencia de un buen padre de familia;
c. Pagar oportuna e íntegramente la renta de arrendamiento;
d. Restituir inmediatamente el vehículo una vez terminado el presente Contrato, poniéndolo a disposición de la PARTE ARRENDADORA en los términos estipulados.
Para todos los efectos legales, las partes acuerdan elevar las obligaciones de la PARTE ARRENDATARIA a la calidad de esenciales, por lo que cualquier infracción a ellas se entenderá como una infracción grave del Contrato, dando derecho a la PARTE ARRENDADORA a ponerle término.
Art. 11.- PROHIBICIONES
Queda estrictamente prohibido a la PARTE ARRENDATARIA:
a. Dar al vehículo un uso distinto al convenido;
b. Realizar cambios o mejoras al vehículo sin consentimiento previo y por escrito de la PARTE ARRENDADORA;
c. Ceder en todo o en parte, y a cualquier título, el presente Contrato. Cualquier infracción a esta prohibición hará responsable a la PARTE ARRENDATARIA, frente a la PARTE ARRENDADORA, de todos los daños y perjuicios;
d. Subarrendar el vehículo sin la autorización expresa y por escrito de la PARTE ARRENDADORA. Cualquier infracción a esta prohibición hará responsable a la PARTE ARRENDATARIA, frente a la PARTE ARRENDADORA, de todos los daños y perjuicios;
e. Imputar la garantía como pago de la renta;
f. Conducir o permitir la conducción del vehículo bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes, o por persona que carezca de la licencia de conducir habilitante.
Art. 12.- PÉRDIDA, ROBO O HURTO DEL VEHÍCULO
En caso de pérdida, robo o hurto del vehículo durante la vigencia del presente Contrato, la PARTE ARRENDATARIA deberá comunicarlo de inmediato a la PARTE ARRENDADORA, así como a las autoridades competentes, efectuando la respectiva denuncia.
La PARTE ARRENDATARIA será responsable de la custodia y conservación del vehículo durante todo el tiempo que se encuentre en su poder, debiendo adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar su pérdida, robo, hurto o deterioro.
En caso de robo o hurto, la PARTE ARRENDATARIA deberá entregar a la PARTE ARRENDADORA copia de la denuncia efectuada ante la autoridad correspondiente, dentro del plazo más breve posible.
La PARTE ARRENDATARIA responderá de los daños y perjuicios que se deriven de su negligencia o falta de diligencia en el cuidado del vehículo, sin perjuicio de la cobertura que pudiere otorgar el seguro contratado.
Producida la pérdida total, robo o hurto del vehículo por causas imputables a la PARTE ARRENDATARIA, ésta deberá indemnizar a la PARTE ARRENDADORA por el valor comercial del vehículo, descontándose, en su caso, las sumas que la PARTE ARRENDADORA perciba de la respectiva compañía aseguradora.
Art. 13.- RESPONSABILIDAD FRENTE A TERCEROS
La PARTE ARRENDATARIA se hace directa y exclusivamente responsable, eximiendo de toda responsabilidad a la PARTE ARRENDADORA, de todos los daños que pueda causar a sí misma, a terceras personas o a las cosas haciendo uso del vehículo arrendado, sea personalmente o por aquellas personas que ella autorice a utilizarlo.
No será responsable la PARTE ARRENDATARIA si los daños provienen de fallas del vehículo que sean de responsabilidad de la PARTE ARRENDADORA.
Art. 14.- SEGUROS
El vehículo cuenta con Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) vigente y, además, se encuentra asegurado mediante un seguro de la siguiente clase: ________, en la compañía aseguradora ________, póliza N° ________.
Las partes declaran que la póliza de dicho seguro ha sido puesta en conocimiento de la PARTE ARRENDATARIA.
No obstante, la PARTE ARRENDADORA se compromete a la contratación de un seguro de la siguiente clase: ________. Este seguro deberá indicar como beneficiaria a la PARTE ARRENDADORA, tener una cobertura mínima igual a ________ UF.- (________ Unidades de Fomento) y encontrarse vigente mientras dure este Contrato.
Art. 15.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El presente Contrato podrá terminar por el mutuo acuerdo de las partes, con los efectos que ellas determinen.
Sin perjuicio de lo anterior, el incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales dará derecho a la parte diligente a poner término al Contrato, debiendo notificar a la otra parte la causa de terminación expresamente y por escrito.
Sea que escoja exigir el cumplimiento o la terminación del Contrato, la parte diligente tendrá además derecho a ser indemnizada por los perjuicios que le ocasione el incumplimiento.
El hecho de que la parte afectada decida no poner término al Contrato no será considerado renuncia a sus derechos derivados del incumplimiento contractual de la contraria, ni limitará de forma alguna sus derechos para exigir el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato.
Art. 16.- RESTITUCIÓN DEL VEHÍCULO
Llegada la fecha de término del Contrato, la PARTE ARRENDATARIA deberá restituir el vehículo a la PARTE ARRENDADORA.
La restitución del vehículo se efectuará el día de término de este Contrato, a las ________ horas, en la dirección ubicada en ________, comuna de ________, región ________.
Art. 17.- ESTADO DEL VEHÍCULO
El vehículo se arrienda en el estado en que se encuentra, del modo detallado en la parte expositiva de este Contrato, y la PARTE ARRENDATARIA deberá restituirlo en estado idéntico a la PARTE ARRENDADORA, salvo el deterioro proveniente del uso natural y legítimo del mismo.
Art. 18.- NOTIFICACIONES
Art. 19.- NORMATIVA APLICABLE
Este Contrato se rige por la normativa chilena vigente, en especial por las normas contenidas en el Título XXVI del Libro IV del Código Civil, y, en lo pertinente, por la Ley Nº 18.290 de Tránsito.
Art. 20.- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos legales derivados del presente Contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de ________, y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
Art. 21.- EJEMPLARES
El presente Contrato se firma en tres ejemplares del mismo tenor y fecha, quedando uno en poder de la PARTE ARRENDADORA, otro en poder de la PARTE ARRENDATARIA y un tercero en poder del codeudor solidario.
Previa lectura, y en señal de aceptación, ratifican y firman las partes.
_______________________
(Firma Arrendadora)
________
Cédula Nacional de Identidad N° ________
________________________
(Firma Arrendataria)
________
Cédula Nacional de Identidad N° ________
_______________________
(Firma Codeudor Solidario)
________
Cédula Nacional de Identidad N° ________
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