Contrato de Compraventa de bien Mueble - Formulario Pro · PE-law

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Contrato de Compraventa de bien Mueble - Formulario
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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN MUEBLE

Conste por el presente documento el CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN MUEBLE (en adelante, el "Contrato"), que celebran de una parte:

  • ________, identificado(a) con ________________, de nacionalidad ________, de estado civil ________, con domicilio en ________, a quien en adelante se le denominará EL VENDEDOR; y, de la otra parte:
  • ________, identificado(a) con ________________, de nacionalidad ________, de estado civil ________, con domicilio en ________, a quien en adelante se le denominará EL COMPRADOR.

Para efectos del presente Contrato, EL VENDEDOR y EL COMPRADOR serán denominados de forma individual como la "Parte" y de forma conjunta como las "Partes".

El presente Contrato se celebra al amparo de lo dispuesto por los artículos 1529° y siguientes del Código Civil peruano, conforme a los términos y condiciones establecidos en las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Y DECLARACIÓN DE PROPIEDAD

§ 1.1. EL VENDEDOR declara ser legítimo propietario y poseedor del bien mueble objeto de la presente compraventa, el cual es: ________, cuyas características se describen a continuación:

________

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO

§ 2.1. Por el presente Contrato, y de conformidad con el artículo 1529° del Código Civil, EL VENDEDOR transfiere en venta real y enajenación perpetua la propiedad del bien mueble descrito en la Cláusula Primera a favor de EL COMPRADOR, quien lo adquiere en las condiciones aquí pactadas.

§ 2.2. La transferencia comprende todo cuanto de hecho y por derecho corresponde al bien, sus usos, costumbres, accesorios y partes integrantes, sin reserva ni limitación alguna, conforme a los artículos 887° y 888° del Código Civil.

CLÁUSULA TERCERA: PRECIO DE VENTA Y FORMA DE PAGO

§ 3.1. El precio de venta pactado de común acuerdo entre las Partes asciende a la suma de ________ ________ (________), monto que EL COMPRADOR abonará en calidad de contraprestación por la transferencia de propiedad del bien.

§ 3.2. Las Partes declaran que el precio pactado es justo y equivalente al valor real del bien, por lo que renuncian recíprocamente a cualquier acción por lesión prevista en los artículos 1447° y siguientes del Código Civil.

§ 3.3. El precio de venta será cancelado mediante ________, en cumplimiento de las disposiciones sobre uso de medios de pago contenidas en el Decreto Supremo N° 150-2007-EF (Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía), mediante transferencia o depósito en la cuenta siguiente:

Titular de la cuenta: ________

Moneda: ________

Tipo de cuenta: ________

Entidad Financiera: ________

Número de cuenta: ________

Código de cuenta interbancaria (CCI): ________

§ 3.4. La constancia de la transferencia o depósito bancario constituirá prueba suficiente del pago efectuado.

CLÁUSULA CUARTA: ENTREGA DEL BIEN MUEBLE

§ 4.1. EL VENDEDOR entregará el bien mueble a EL COMPRADOR el día ________, en el lugar ubicado en ________.

§ 4.2. Conforme al artículo 947° del Código Civil, la transferencia de propiedad de bien mueble se perfecciona con la tradición o entrega del mismo a EL COMPRADOR, momento en el cual operan también la transmisión del riesgo de pérdida y deterioro a tenor del artículo 1567° del citado Código.

§ 4.3. EL COMPRADOR declara recibir el bien a su entera y completa satisfacción, sin observación alguna respecto de su estado de conservación y funcionamiento.

CLÁUSULA QUINTA: CARGAS, GRAVÁMENES, EVICCIÓN Y SANEAMIENTO

§ 5.1. EL VENDEDOR declara que el bien mueble objeto de venta se encuentra libre de toda carga, gravamen, embargo, medida judicial o extrajudicial, derecho preferente de terceros o cualquier otro acto que pretenda impedir o limitar su libre disposición.

§ 5.2. EL VENDEDOR se obliga al saneamiento por evicción, por vicios ocultos y por hecho propio, de conformidad con los artículos 1484° y siguientes del Código Civil, respondiendo frente a EL COMPRADOR conforme a ley.

CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES

§ 6.1. EL VENDEDOR se obliga a transferir la propiedad del bien mueble materia del presente Contrato, a entregarlo en las condiciones y plazos pactados, y a responder por la evicción y el saneamiento conforme a ley.

§ 6.2. EL COMPRADOR se obliga a pagar el íntegro del precio de venta pactado en la forma y oportunidad establecidas en la Cláusula Tercera, así como a recibir el bien mueble en la fecha convenida.

§ 6.3. Ambas Partes se obligan a cumplir las estipulaciones del presente Contrato de buena fe y conforme a las disposiciones legales aplicables, en observancia del artículo 1362° del Código Civil.

CLÁUSULA SÉTIMA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

§ 7.2. La resolución surtirá efectos desde el día siguiente de recibida dicha comunicación, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios que correspondan.

CLÁUSULA OCTAVA: DOMICILIO Y NOTIFICACIONES

§ 8.1. Para todos los efectos del presente Contrato, las Partes señalan como sus domicilios los indicados en la parte introductoria. Toda modificación deberá comunicarse por escrito a la otra Parte y será eficaz desde el día siguiente de la confirmación de su recepción.

§ 8.2. Las Partes autorizan expresamente las notificaciones a las siguientes direcciones de correo electrónico:

EL COMPRADOR: ________

EL VENDEDOR: ________

CLÁUSULA NOVENA: GASTOS Y TRIBUTOS

§ 9.1. Los gastos, tributos y derechos que se deriven de la celebración y formalización del presente Contrato serán asumidos por ________, salvo aquellos que por disposición legal correspondan obligatoriamente a una de las Partes.

CLÁUSULA DÉCIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

§ 10.1. Toda controversia o discrepancia derivada de la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente Contrato será resuelta, en primer término, mediante trato directo y de buena fe entre las Partes.

§ 10.2. De no arribarse a un acuerdo, las Partes se someten a la competencia de los jueces y tribunales del Distrito Judicial de ________, renunciando al fuero de sus domicilios si éste fuera distinto.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY

§ 11.1. En todo lo no previsto expresamente por las Partes en el presente Contrato, ambas se someten a lo establecido por el Código Civil, el Código Procesal Civil y demás normas del ordenamiento jurídico peruano que resulten aplicables.

En señal de plena conformidad con todas y cada una de las cláusulas que anteceden, las Partes suscriben el presente Contrato por duplicado, el día ________, en la ciudad de ________.




____________________________

EL VENDEDOR

________

________





____________________________

EL COMPRADOR

________

________

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