Contrato de Comodato - Modelo, Ejemplo de Formulario Pro · PE-law

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Contrato de Comodato - Modelo, Ejemplo de Formulario
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CONTRATO DE COMODATO

Conste por el presente documento el Contrato de Comodato (en adelante, el "Contrato"), que se celebra al amparo de lo dispuesto por los artículos 1728° y siguientes del Código Civil peruano, entre las siguientes partes:

  • ________, de nacionalidad ________, de estado civil ________, identificado(a) con DNI________, con domicilio en ________, distrito de ________, provincia y departamento de ________, a quien en adelante se le denominará "EL COMODANTE"; y de la otra parte,
  • ________, de nacionalidad ________, de estado civil ________, identificado(a) con DNI________, con domicilio en ________, distrito de ________, provincia y departamento de ________, a quien en adelante se le denominará "EL COMODATARIO".

EL COMODANTE y EL COMODATARIO podrán ser referidos conjuntamente como "LAS PARTES" e individualmente como "LA PARTE", quienes celebran el presente Contrato en los términos y condiciones que a continuación se establecen:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Y NATURALEZA DEL CONTRATO

1.1. EL COMODANTE declara ser legítimo propietario y/o tenedor con facultades suficientes para disponer del uso del bien que se entrega en comodato (en adelante, el "Bien"), el cual se identifica como: ________, cuyas características se describen a continuación:

________

1.2. EL COMODANTE declara, bajo juramento, que el Bien ha sido obtenido de forma lícita, que se encuentra libre de cargas, gravámenes, medidas judiciales o extrajudiciales y de cualquier circunstancia que impida o limite su libre disposición y uso.

1.3. EL COMODATARIO declara que el préstamo recibido será destinado única y exclusivamente al siguiente fin:

________

1.4. LAS PARTES dejan constancia de que, conforme al artículo 1728° del Código Civil, el comodato es esencialmente gratuito, por lo que EL COMODATARIO no abonará retribución, contraprestación ni renta alguna por el uso del Bien. Asimismo, declaran que tanto el Bien otorgado como el destino del mismo respetan el marco normativo peruano, el orden público y las buenas costumbres.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO

2.1. Por el presente Contrato, EL COMODANTE se obliga a entregar gratuitamente a EL COMODATARIO el Bien descrito en la Cláusula Primera, a título de comodato o préstamo de uso, para que este se sirva del mismo durante el plazo pactado.

2.2. EL COMODATARIO se obliga a usar el Bien única y exclusivamente para el fin pactado en este Contrato y a devolverlo a EL COMODANTE, en las mismas condiciones en que le fue entregado, salvo el desgaste ordinario derivado de su uso normal, dentro del plazo establecido en la Cláusula Cuarta.

CLÁUSULA TERCERA: ESTADO DE CONSERVACIÓN Y ENTREGA DEL BIEN

3.1. EL COMODANTE declara que el Bien otorgado en comodato se encuentra en el estado de conservación que a continuación se detalla:

________

3.2. La entrega del Bien se efectuará en la fecha de inicio señalada en la Cláusula Cuarta, en el siguiente lugar: ________. La recepción del Bien por EL COMODATARIO importa su conformidad con el estado de conservación descrito en el numeral 3.1, presumiéndose, salvo prueba en contrario, que lo recibió en buen estado conforme al artículo 1731° del Código Civil.

CLÁUSULA CUARTA: PLAZO DEL COMODATO

4.1. LAS PARTES convienen en fijar un plazo de duración determinada para el presente Contrato, el cual regirá desde el ________ hasta el ________.

4.3. Conforme al artículo 1736° del Código Civil, si EL COMODATARIO no restituye el Bien en el plazo pactado, responderá por su pérdida o deterioro aun cuando estos provengan de caso fortuito o fuerza mayor.

CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DEL COMODANTE

EL COMODANTE se obliga a:

5.1. Entregar el Bien materia del presente Contrato a EL COMODATARIO en el estado y condiciones descritos en la Cláusula Tercera, a fin de que pueda ser destinado al uso pactado.

5.2. No solicitar la devolución del Bien antes del vencimiento del plazo estipulado, salvo que sobrevenga una necesidad imprevista y urgente debidamente acreditada, conforme al artículo 1736° del Código Civil, o que EL COMODATARIO incumpla cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente Contrato.

5.3. Reembolsar a EL COMODATARIO los gastos extraordinarios, indispensables y urgentes que este hubiera realizado para la conservación del Bien, conforme al artículo 1735° inciso 3 del Código Civil, siempre que dichos gastos hubieran sido oportunamente comunicados a EL COMODANTE.

5.4. Responder por los daños que sufra EL COMODATARIO a causa de los vicios o defectos ocultos del Bien que aquel conociera y no hubiera comunicado, conforme al artículo 1743° del Código Civil.

CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DEL COMODATARIO

EL COMODATARIO se obliga a:

6.1. Destinar el Bien única y exclusivamente para el uso autorizado en la Cláusula Primera, no pudiendo darle un destino distinto al pactado o al que resulte de su propia naturaleza.

6.2. Custodiar y conservar el Bien con la mayor diligencia y cuidado, asumiendo por su cuenta y costo los gastos ordinarios indispensables para su uso y conservación, conforme al artículo 1738° inciso 2 del Código Civil.

6.3. Responder por la pérdida o deterioro del Bien que no provenga de su uso ordinario o de causa que no le sea imputable, reembolsando a EL COMODANTE el valor que correspondiese, conforme a los artículos 1739° a 1742° del Código Civil.

6.4. Permitir que EL COMODANTE inspeccione el Bien, en horario razonable y previa coordinación, a fin de verificar su estado de uso y conservación.

6.5. No ceder el uso del Bien a terceros sin la autorización previa y por escrito de EL COMODANTE, bajo responsabilidad.

6.6. Restituir el Bien a EL COMODANTE en el plazo estipulado, en el mismo estado en que lo recibió, salvo el desgaste por su uso ordinario.

6.7. Pagar el valor del Bien si, pudiendo salvarlo conjuntamente con un bien propio frente a un peligro, hubiera preferido el suyo, conforme al artículo 1741° del Código Civil.

CLÁUSULA SÉPTIMA: PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y SUBPRÉSTAMO

CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

8.1. El presente Contrato podrá resolverse de pleno derecho, conforme al artículo 1430° del Código Civil, mediante comunicación escrita cursada a la parte infractora, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí pactadas, surtiendo efecto la resolución desde la fecha de recepción de dicha comunicación.

8.2. Constituyen causales de restitución anticipada del Bien, además de las previstas en el artículo 1736° del Código Civil: (i) el uso del Bien para un fin distinto al pactado; (ii) la cesión no autorizada; y (iii) el deterioro grave del Bien por culpa de EL COMODATARIO.

8.3. Resuelto el Contrato, EL COMODATARIO deberá restituir el Bien de manera inmediata, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan a EL COMODANTE.

CLÁUSULA NOVENA: DOMICILIO Y COMUNICACIONES

9.1. LAS PARTES señalan como sus domicilios los consignados en la parte introductoria del presente Contrato, donde se tendrán por válidamente efectuadas todas las comunicaciones, notificaciones y requerimientos derivados del mismo. Todo cambio de domicilio surtirá efecto únicamente si es comunicado por escrito a la otra parte con una anticipación no menor de cinco (5) días calendario.

9.2. LAS PARTES declaran que cualquier comunicación o coordinación sobre el presente Contrato podrá realizarse válidamente por vía electrónica a las siguientes direcciones de correo:

EL COMODANTE: ________

EL COMODATARIO: ________

CLÁUSULA DÉCIMA: GASTOS Y TRIBUTOS

Los gastos notariales y registrales, de ser el caso, así como cualquier tributo que pudiera derivarse de la celebración del presente Contrato, serán asumidos por: ________.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: NULIDAD PARCIAL E INTEGRACIÓN

La eventual nulidad, invalidez o ineficacia de alguna de las cláusulas del presente Contrato no afectará la validez de las demás, las que continuarán siendo plenamente exigibles. LAS PARTES se obligan a sustituir la cláusula afectada por otra válida que refleje, en la medida de lo posible, la finalidad económica y jurídica originalmente perseguida.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

12.1. El presente Contrato se rige e interpreta conforme a las leyes de la República del Perú, en especial por las disposiciones del Código Civil relativas al comodato.

12.2. Todas las controversias que se susciten entre LAS PARTES como consecuencia de la interpretación, ejecución, cumplimiento, resolución y demás actos derivados del presente Contrato, que no se solucionen de mutuo acuerdo dentro de un plazo de quince (15) días calendario contados desde la comunicación escrita de la discrepancia, quedan sometidas a la competencia de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial de ________, renunciando LAS PARTES al fuero de sus domicilios.

En señal de conformidad con todas y cada una de las estipulaciones precedentes, LAS PARTES suscriben el presente Contrato por duplicado y de un solo tenor, en la ciudad de ________, el ________.





___________________________________________

EL COMODANTE

________

DNI N° ________





___________________________________________

EL COMODATARIO

________

DNI N° ________

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