Contrato de Mantenimiento de Software - Formato Pro · MX-law

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Contrato de Mantenimiento de Software - Formato
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SOFTWARE


CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SOFTWARE QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EN CALIDAD DE CLIENTE:

________, representado en este acto por ________, con Registro Federal de Contribuyentes ________, y con domicilio ubicado en:

________


Y POR LA OTRA PARTE, EN CALIDAD DE DESARROLLADOR:

________, representado en este acto por ________, con Registro Federal de Contribuyentes ________, y con domicilio ubicado en:

________


QUIENES SE RECONOCEN EXPRESA Y RECÍPROCAMENTE LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD JURÍDICA PLENA PARA OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO. PARA TAL EFECTO, LA PRIMERA DE ELLAS SERÁ IDENTIFICADA COMO EL "CLIENTE" Y LA SEGUNDA SERÁ IDENTIFICADA COMO EL "DESARROLLADOR"; ADEMÁS SE HARÁ REFERENCIA A ELLAS DE MANERA CONJUNTA COMO "LAS PARTES". EL PRESENTE CONTRATO SE CELEBRA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 78, 79 Y DEMÁS RELATIVOS DEL CÓDIGO DE COMERCIO, ASÍ COMO EN LOS ARTÍCULOS 1792, 1793, 2606 Y DEMÁS APLICABLES DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL Y SUS CORRELATIVOS DE LA LEGISLACIÓN CIVIL LOCAL APLICABLE.


DECLARACIONES


I. Declara EL DESARROLLADOR que se dedica a la siguiente actividad:

________

II. Declara EL DESARROLLADOR que en virtud de lo anterior dispone de los conocimientos técnicos, la experiencia, el personal calificado y los medios materiales necesarios para la gestión, el soporte y el mantenimiento de programas informáticos o aplicaciones.

III. Declara EL CLIENTE que desea contratar AL DESARROLLADOR para que se encargue del mantenimiento del siguiente software o aplicación: ________, versión: ________, del cual es legítimo titular. En adelante, EL "SOFTWARE".

IV. Declara EL CLIENTE que ha comunicado AL DESARROLLADOR los requerimientos específicos del mantenimiento del SOFTWARE.

V. Declaran AMBAS PARTES que reconocen el contenido de las declaraciones que anteceden, las cuales ratifican por contener la verdad, y que en la celebración del presente contrato no existe error, dolo, mala fe, lesión, violencia ni vicio alguno del consentimiento que pudiera invalidarlo, por lo que están conformes en obligarse al tenor de las siguientes:


CLÁUSULAS


Cláusula primera. Objeto del contrato.

Mediante el presente contrato EL CLIENTE encomienda AL DESARROLLADOR, y este se obliga a realizar, las labores de mantenimiento y a garantizar el correcto funcionamiento del SOFTWARE descrito en las declaraciones de este contrato, en los términos y condiciones aquí pactados.

En todo caso se entenderá que la titularidad del SOFTWARE corresponde en su integridad a EL CLIENTE, y por virtud del presente contrato no se concede licencia, cesión ni autorización alguna AL DESARROLLADOR para su uso o explotación distinta de las labores de mantenimiento contratadas.

EL DESARROLLADOR se compromete a dar el mantenimiento al SOFTWARE siguiendo lo establecido en esta cláusula, así como lo recogido en el propio contrato y en todos sus Anexos actuales y posteriores.

EL CLIENTE se compromete a colaborar y a aportar toda la información necesaria que le sea requerida por EL DESARROLLADOR para poder dar mantenimiento al SOFTWARE. En el caso de que EL CLIENTE no facilite esta información o no preste su colaboración de forma adecuada, EL DESARROLLADOR podrá comunicar por escrito AL CLIENTE su imposibilidad de cumplir con el mantenimiento conforme a lo establecido en el presente contrato, sin que esto se considere un incumplimiento contractual.

EL DESARROLLADOR se compromete a informar AL CLIENTE en caso de que se encuentren defectos o problemas en el SOFTWARE que no queden cubiertos en los requerimientos de EL CLIENTE. En este caso, las Partes podrán acordar por escrito el costo de las modificaciones que requiera el SOFTWARE y el plazo para llevarlas a cabo.

El mantenimiento no se iniciará si el SOFTWARE no corresponde con su descripción o la versión indicada en las declaraciones de este contrato.


Cláusula segunda. Duración del contrato.

LAS PARTES acuerdan que la vigencia del presente contrato será de ________, e iniciará a partir del día ________.

En caso de expirar la vigencia fijada en el presente contrato y LAS PARTES estuvieran de acuerdo, podrá celebrarse uno nuevo en los términos que estas acuerden, o bien, prorrogarse o modificarse este instrumento, lo cual deberá hacerse por escrito y firmado por ambas Partes.


Cláusula tercera. Servicios no incluidos.

Las siguientes reparaciones, averías o problemas técnicos no se incluirán, en ningún caso, en el mantenimiento del SOFTWARE:

________

En el caso de que las Partes deseen realizar reparaciones sobre este punto, podrá celebrarse un acuerdo por escrito sobre las condiciones de reparación y su precio.


Cláusula cuarta. Honorarios.

Las Partes acuerdan el pago de una cantidad que asciende a $________ (________), más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, como remuneración por el mantenimiento del SOFTWARE durante toda la vigencia del contrato.


Cláusula quinta. Forma de pago.

El pago de la remuneración se realizará entregando un ________% (________ por ciento) AL DESARROLLADOR al momento de la firma de este contrato, y el resto, esto es, ________% (________ por ciento), deberá ser pagado a más tardar el día ________.

El pago de la remuneración se realizará mediante ________.

EL DESARROLLADOR se encuentra obligado a expedir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que ampare cada uno de los pagos efectivamente realizados por EL CLIENTE, en cumplimiento de las disposiciones fiscales aplicables.


Cláusula sexta. Único pago.

Las Partes convienen que la remuneración establecida en este contrato será la única contraprestación que EL DESARROLLADOR recibirá como pago por los servicios materia del mismo.


Cláusula séptima. Inexistencia de relación laboral.


Cláusula octava. Propiedad intelectual del software.

EL DESARROLLADOR manifiesta de forma expresa que el SOFTWARE será mantenido por él mismo, por su personal calificado o por colaboradores de acuerdo a lo dispuesto en este contrato, respetando en su integridad la Ley Federal del Derecho de Autor y la Ley de la Propiedad Industrial.

EL DESARROLLADOR se obliga a sacar en paz y a salvo, e indemnizar, AL CLIENTE de toda responsabilidad frente a terceros que aleguen una violación a sus derechos de propiedad intelectual derivada del uso de software(s) ajeno(s) empleados por EL DESARROLLADOR para dar mantenimiento al SOFTWARE objeto de este contrato sin la autorización o licencia correspondientes.

Cualquier mejora, desarrollo, código o producto del trabajo que resulte de las labores de mantenimiento será propiedad exclusiva de EL CLIENTE, entendiéndose cedidos a su favor los derechos patrimoniales correspondientes en términos de la legislación aplicable.


Cláusula novena. Cumplimiento de normativa.

EL DESARROLLADOR se compromete a dar mantenimiento al SOFTWARE cumpliendo de forma diligente con toda la normativa aplicable y, en particular, con todas las obligaciones laborales, de seguridad social, fiscales y de protección de datos personales que le sean aplicables en relación con el mantenimiento del SOFTWARE.


Cláusula décima. Limitación de modificaciones al software.

EL DESARROLLADOR se limitará a llevar a cabo las labores propias del mantenimiento según los requerimientos indicados, comprometiéndose a no realizar cambios o modificaciones en el SOFTWARE distintos de los expresamente autorizados por escrito por EL CLIENTE.


Cláusula decimoprimera. Mejoras al software.

EL DESARROLLADOR podrá proponer cambios, modificaciones o mejoras en el SOFTWARE durante la vigencia de este contrato; sin embargo, estos cambios sólo se llevarán a cabo si así lo acepta EL CLIENTE. En este caso, la introducción de los cambios deberá negociarse y constar por escrito, incluyendo los plazos de entrega y el costo de las modificaciones.


Cláusula decimosegunda. Resolución de incidencias.

EL CLIENTE podrá reportar errores o solicitar modificaciones específicas al SOFTWARE relacionadas con los requerimientos originalmente solicitados como parte del mantenimiento. En estos casos, EL DESARROLLADOR se compromete a llevar a cabo las reparaciones necesarias al SOFTWARE en un plazo máximo de ________ a partir de que EL CLIENTE realice el reporte correspondiente.


Cláusula decimotercera. Cesión y subcontratación.

Las Partes no podrán ceder los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra Parte.

Será responsabilidad de EL DESARROLLADOR comprobar que la parte subcontratista está autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación, así como regular por escrito la relación contractual con la misma. EL DESARROLLADOR se obliga a entregar AL CLIENTE una copia del contrato respectivo dentro de los 5 (cinco) días siguientes a su firma.

La parte subcontratista actuará en todo momento bajo la dirección y control DEL DESARROLLADOR, quien se obliga y responsabiliza de hacer cumplir todas las obligaciones asumidas en el presente contrato.

EL DESARROLLADOR responderá solidariamente de las obligaciones que asuma la parte subcontratista, incluyendo los daños y perjuicios que pudiese sufrir EL CLIENTE directa o indirectamente por la actuación de dicha parte subcontratista.


Cláusula decimocuarta. Gastos.

EL DESARROLLADOR se hará cargo de todos los gastos derivados en relación con el mantenimiento del SOFTWARE. Asimismo, deberá hacerse cargo del pago de los medios e instrumentos necesarios para poder ejecutar el contrato correctamente, así como de todos los impuestos o derechos que se devenguen en relación con el mantenimiento del SOFTWARE, quedando EL CLIENTE exento del pago de todos estos gastos.


Cláusula decimoquinta. Obligación de no competencia.

EL DESARROLLADOR se compromete a no tener o mantener, ni directa ni indirectamente, intereses, ni a participar o desarrollar actividades, proyectos o empresas que supongan una competencia directa o indirecta con el uso o explotación del SOFTWARE objeto de este contrato. Esta obligación de no competencia se extenderá en el siguiente territorio o zona geográfica: ________.

La obligación de no competencia estará vigente después de terminado el contrato durante un plazo de: ________.

Durante este período EL DESARROLLADOR no podrá dirigir, controlar, participar como inversor, directivo, consultor o consejero, ni de cualquier otra manera ser contratado, ni contratar a empleados DEL CLIENTE, ni captar clientes de este, para o en beneficio de una sociedad competidora en la comercialización o gestión del SOFTWARE objeto del contrato.

EL DESARROLLADOR reconoce que la prohibición de no competencia post-contractual se encuentra debidamente compensada dentro del costo del mantenimiento del SOFTWARE.

EL CLIENTE podrá eximir de la obligación de no competencia AL DESARROLLADOR cuando considere que su actividad no supondría un perjuicio, lo cual deberá constar por escrito.

En atención al daño que se causaría en caso de incumplimiento de la presente estipulación, EL DESARROLLADOR deberá pagar AL CLIENTE, a título de pena convencional en términos de los artículos 1840 y 1843 del Código Civil Federal, la cantidad de $________ (________), sin perjuicio del derecho de EL CLIENTE de exigir el cumplimiento de la obligación.


Cláusula decimosexta. Incumplimiento del contrato.

El incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones recogidas en el presente contrato que no contemple una sanción específica en su correspondiente estipulación facultará a la otra Parte para exigir su cumplimiento forzoso, más el correspondiente pago de los intereses moratorios derivados del retraso, o bien para resolver el contrato en el caso de que no se rectifique o subsane el incumplimiento en el plazo de diez (10) días naturales desde la fecha en que se verifique el incumplimiento, con la consiguiente indemnización de daños y perjuicios, de conformidad con los artículos 1949, 2104, 2107 y demás relativos del Código Civil Federal.

Ninguna de las Partes podrá eximirse del cumplimiento de las obligaciones del presente contrato mediante el solo pago de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios, pudiendo exigirse además el cumplimiento de las obligaciones o prestaciones debidas junto con la satisfacción de la correspondiente indemnización.


Cláusula decimoséptima. Finalización del contrato.

Finalizado el contrato por cualquier causa, EL DESARROLLADOR deberá devolver todos los soportes o información de que disponga sobre el SOFTWARE, debiendo cumplir en todo caso con las obligaciones de confidencialidad que se deriven del presente contrato.

La finalización del contrato como consecuencia de la llegada a término de su periodo de duración inicial, o de cualquiera de sus prórrogas, no generará derecho de indemnización o compensación alguno en favor de ninguna de las Partes.


Cláusula decimoctava. Confidencialidad.

Toda información que se suministren las Partes, ya sea durante la fase precontractual, de negociación o durante la ejecución de los servicios contratados, será proporcionada en términos de estricta reserva y confidencialidad. Las Partes no podrán compartir ningún tipo de información a la que pudiesen haber tenido acceso y adoptarán las mismas medidas de seguridad que adoptarían respecto a la información confidencial de su propiedad, evitando su pérdida, robo o sustracción.

Las Partes se comprometen a advertir sobre la existencia del deber de confidencialidad a sus empleados, asociados y a toda persona a la cual se le facilite la información, haciéndose responsables del uso indebido que estos puedan hacer de la información relacionada con el contrato.

Asimismo, la Parte que recibe la información se compromete a poner en conocimiento de la otra Parte cualquier acción o incidente por parte de terceros que pueda atentar contra la confidencialidad de la información.

Las Partes se comprometen a que la utilización de la información solo estará dirigida a alcanzar los objetivos del contrato y no otros, y que solo estará en conocimiento de aquellas personas estrictamente necesarias para cumplir con dichos objetivos.

Las obligaciones de confidencialidad previstas en este contrato se aplicarán durante la vigencia del mismo y subsistirán durante un plazo de ________ posteriores a su terminación por cualquier causa.


Cláusula decimonovena. Protección de datos personales.

Las Partes conocen y se obligan a cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamento y demás disposiciones aplicables. De esta forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este contrato los datos personales recogidos en el presente instrumento, así como aquellos que se pudiesen recabar en el futuro para dar cumplimiento o correcta ejecución al mismo, podrán ser incorporados por la otra Parte a sus registros con el fin de ejecutar correctamente la relación contractual y, eventualmente, para una gestión administrativa o comercial.

En todo caso, las Partes se comprometen a que estos datos personales no serán compartidos con terceros, salvo que se requiera, supuesto en el cual se obligan, previamente, a solicitar el consentimiento expreso, informado e inequívoco de la Parte titular de dichos datos, indicando la finalidad para la que serán compartidos.

De esta estipulación no resulta ninguna limitación o restricción para las Partes en cuanto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (derechos ARCO).


Cláusula vigésima. Caso fortuito o fuerza mayor.

Ninguna de las Partes será responsable por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato cuando dicho incumplimiento sea consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose por estos todo acontecimiento o circunstancia imprevisible, o que aun siendo previsible resulte inevitable, que se encuentre fuera del control razonable de la Parte afectada y que le impida el cumplimiento total o parcial de sus obligaciones, en términos del artículo 2111 del Código Civil Federal.

La Parte que se vea afectada por un evento de caso fortuito o fuerza mayor deberá comunicarlo a la otra Parte por escrito dentro de los cinco (5) días naturales siguientes a su acontecimiento, indicando las causas que lo motivan, así como el plazo estimado durante el cual se verá impedida de cumplir con sus obligaciones. Cesado el evento de caso fortuito o fuerza mayor, la Parte afectada deberá reanudar el cumplimiento de sus obligaciones a la mayor brevedad posible.


Cláusula vigesimoprimera. Nulidad parcial.

En caso de que alguna de las cláusulas o estipulaciones del presente contrato sea declarada nula, inválida o ineficaz, total o parcialmente, dicha declaración no afectará la validez y eficacia de las restantes cláusulas o estipulaciones, las cuales conservarán plenamente su fuerza obligatoria entre las Partes. En tal supuesto, las Partes se comprometen a sustituir la cláusula afectada por otra que, siendo válida, se aproxime lo más posible a la intención y finalidad originalmente perseguidas por las Partes.


Cláusula vigesimosegunda. Renuncia de derechos.

La falta de ejercicio o el ejercicio tardío por cualquiera de las Partes de los derechos o facultades que le correspondan en virtud del presente contrato no se interpretará como renuncia a los mismos, ni impedirá su ejercicio posterior.

Toda renuncia a cualquier derecho derivado del presente contrato deberá constar por escrito y estar firmada por la Parte que la realiza, y únicamente surtirá efectos respecto del derecho y en la situación específica para los que se otorgue, sin que pueda entenderse extendida a otros derechos o situaciones.


Cláusula vigesimotercera. Integridad del contrato.

Las Partes reconocen que este contrato y todos sus Anexos, así como aquellos que sean adjuntados en el futuro, forman parte integrante del mismo para todos los efectos y, por tanto, son totalmente vinculantes para las Partes.

El presente contrato sustituye y reemplaza a todos los demás acuerdos o pactos, escritos o verbales, entre las Partes previos a la suscripción de este contrato en relación con el mismo objeto, los cuales dejan de tener vigencia y efectividad desde la firma del presente contrato.


Cláusula vigesimocuarta. Modificaciones del contrato.

El presente contrato sólo podrá ser modificado mediante convenio escrito firmado por las Partes contratantes.


Cláusula vigesimoquinta. Comunicación entre las Partes.

Todo aviso, notificación, requerimiento o comunicación entre las Partes respecto al objeto del presente contrato deberá realizarse por escrito en el domicilio señalado por cada una de ellas en las declaraciones de este instrumento.

En caso de que alguna de las Partes cambie su domicilio, deberá comunicarlo a la otra a más tardar cinco días antes de que tenga lugar el cambio; de lo contrario, las notificaciones hechas al domicilio anterior surtirán todos sus efectos legales.


Cláusula vigesimosexta. Ampliación del contrato.

Si al término de la vigencia del contrato EL CLIENTE requiere de los servicios DEL DESARROLLADOR para modificar o actualizar el SOFTWARE, o bien continuar con el mantenimiento, se pactará la celebración de un nuevo contrato con las formalidades correspondientes.


Cláusula vigesimoséptima. Encabezados.

Los encabezados de las cláusulas utilizados en el presente contrato son meramente enunciativos y sirven únicamente para guiar sobre el contenido de las mismas. Bajo ninguna circunstancia se tomarán dichos encabezados como texto explicativo o limitativo.


Cláusula vigesimoctava. Solución de conflictos y jurisdicción.

Las Partes acuerdan que, en caso de presentarse diferencias o disputas derivadas de la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, tratarán razonablemente de resolverlas en forma amistosa, a través de un proceso de mediación o conciliación que será voluntario y tendrá carácter previo a cualquier otro. De continuar la controversia, las Partes se someten voluntaria y expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de ________, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de su domicilio presente o futuro, vecindad o por cualquier otra causa pudiera corresponderles.


Leído que fue el presente contrato y enteradas las Partes de su contenido y alcance legal, lo firman de común acuerdo, por duplicado, en ________, el día ________.




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EL CLIENTE

________




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EL DESARROLLADOR

________




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TESTIGO
________




______________________________
TESTIGO
________

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