Contrato de Fianza - Modelo de Formulario para Rellenar Pro · ES-law
✓ Valid in Spain · drafted to comply with local law
Create your Contrato de Fianza - Modelo de Formulario para Rellenar for use in Spain. Answer a few plain-English questions and the document fills in automatically as you go — then download it in Word and PDF, ready to sign or share. This version has been professionally rewritten to comply with local law.
- Answer 24 simple questions — the document fills in as you go
- Live preview: watch your document update in real time
- Download as Word (.docx) and PDF
- Edit your answers and re-download anytime
Fill in the details
0/24Type below — the document on the right updates as you go.
CONTRATO DE FIANZA
En ________, a ________
REUNIDOS
De una parte,
________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________, actuando en su propio nombre y representación.
En adelante, el "Acreedor".
De otra parte,
________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________, actuando en su propio nombre y representación.
En adelante, el "Fiador". El Acreedor y el Fiador podrán ser denominados, en adelante, individualmente, la "Parte" y, conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica y de obrar necesaria para contratar y obligarse, y en especial, para el otorgamiento del presente CONTRATO DE FIANZA (en adelante, el "Contrato").
EXPONEN
I. Que ________, mayor de edad, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________ (en adelante, el "Deudor"), suscribió con el Acreedor un contrato de arrendamiento de fecha ________ relativo al inmueble sito en ________ (en adelante, el "Contrato principal"), respecto del cual el presente Contrato tiene carácter accesorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.822 y siguientes del Código Civil.
II. Que, en virtud de lo anterior, el Deudor queda obligado al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato principal y, en particular, al pago de la renta, sus actualizaciones y demás gastos y cantidades asimiladas a renta, así como al cumplimiento del resto de obligaciones legales y contractuales que de él se derivan. La renta pactada asciende a (________ €) con periodicidad ________.
III. Que el Fiador desea garantizar al Acreedor el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato principal a cargo del Deudor.
IV. Que, en virtud de lo anterior, el Fiador desea, libre, voluntaria y espontáneamente, comprometerse al otorgamiento de una fianza o garantía en favor del Acreedor, circunstancia que las Partes desean formalizar a través del presente Contrato, que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA. Objeto del Contrato
El objeto del presente Contrato consiste en el otorgamiento por parte del Fiador de una fianza personal en favor del Acreedor que garantiza la totalidad de las deudas u obligaciones, presentes y futuras, derivadas del Contrato principal a cargo del Deudor (en adelante, la "Fianza").
La constitución, gestión, alcance y ejecución de la Fianza se regirá por lo establecido en las presentes Estipulaciones, por lo dispuesto en los artículos 1.822 a 1.856 del Código Civil y, en su caso, por lo previsto en el Código de Comercio y demás legislación aplicable.
SEGUNDA. Características de la Fianza
La Fianza se otorga con carácter solidario entre el Fiador y el Deudor. En consecuencia, el Fiador renuncia expresamente a los beneficios de orden, excusión y división previstos en los artículos 1.830, 1.831, 1.837 y concordantes del Código Civil, de modo que el Acreedor podrá dirigirse indistintamente contra el Deudor o contra el Fiador, o contra ambos simultáneamente, para exigir el cumplimiento de las obligaciones garantizadas.
La Fianza se configura, asimismo, como una garantía pagadera a primer requerimiento, de carácter incondicional, en los términos que se desarrollan en las Estipulaciones siguientes.
TERCERA. Requisitos para la ejecución de la Fianza
Conforme a lo señalado en la Estipulación anterior, la Fianza podrá ser ejecutada directamente a primer requerimiento del Acreedor, mediante comunicación escrita y fehaciente dirigida al Fiador en la que se haga constar el importe reclamado y el incumplimiento del Deudor, sin que el Acreedor venga obligado a acreditar previamente dicho incumplimiento ni a agotar acción alguna frente al Deudor.
El Fiador deberá atender el requerimiento de pago en el plazo de ________ días naturales a contar desde la recepción del mismo, sin perjuicio de las acciones de repetición que correspondan al Fiador frente al Deudor conforme a la Estipulación Octava.
CUARTA. Importe máximo garantizado
El importe máximo total garantizado, a efectos de ejecución de la presente Fianza, asciende a (________ €).
La responsabilidad del Fiador se limitará a dicha cantidad, sin que el Acreedor pueda exigir suma superior por ningún concepto, incluidos intereses, gastos o accesorios, conforme a lo previsto en el artículo 1.827 del Código Civil.
QUINTA. Duración del Contrato
La presente Fianza entrará en vigor en la fecha de firma de este Contrato indicada en su encabezamiento y permanecerá vigente durante el siguiente período: ________, sin perjuicio de su subsistencia respecto de las obligaciones nacidas durante su vigencia y aún no satisfechas a su vencimiento, y de las causas de extinción previstas legalmente y en el presente Contrato.
SEXTA. Carácter gratuito de la Fianza
Las Partes acuerdan que la Fianza se otorga a título gratuito. El Fiador no percibirá del Acreedor ni del Deudor contraprestación alguna a cambio del otorgamiento de la Fianza, ni podrá reclamarla en el futuro, sin perjuicio del derecho de subrogación y de las acciones de repetición que le correspondan conforme a los artículos 1.838 y siguientes del Código Civil.
SÉPTIMA. Gastos
Salvo disposición legal imperativa en contrario, los gastos, impuestos y tasas que se devenguen con ocasión de la ejecución de la Fianza serán de cuenta de la Parte que conforme a la normativa aplicable resulte obligada al pago, quedando expresamente repercutibles al Deudor por vía de repetición los soportados por el Fiador como consecuencia del incumplimiento de aquel.
OCTAVA. Subrogación y acción de repetición
En caso de ejecución de la Fianza y pago por el Fiador, este quedará subrogado en todos los derechos, acciones y garantías que el Acreedor ostentara frente al Deudor, conforme a los artículos 1.838, 1.839 y concordantes del Código Civil, sin que en ningún caso pueda exigir al Deudor cantidad superior a la efectivamente satisfecha al Acreedor.
En consecuencia, el Fiador podrá reclamar del Deudor:
- La cantidad total efectivamente abonada al Acreedor en virtud de la Fianza.
- Los intereses legales devengados desde que se notificó al Deudor el pago realizado.
- Los gastos derivados de la propia ejecución de la Fianza.
- Los daños y perjuicios que el incumplimiento del Deudor hubiera ocasionado al Fiador.
NOVENA. Obligaciones del Fiador
El Fiador se obliga a responder frente al Acreedor del cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato principal en los términos y con el alcance establecidos en el presente Contrato, garantizando el pago de las cantidades adeudadas por el Deudor hasta el importe máximo fijado en la Estipulación Cuarta.
Asimismo, el Fiador se compromete a atender el requerimiento de pago efectuado por el Acreedor de forma incondicional y a primer requerimiento, en el plazo establecido en la Estipulación Tercera, sin perjuicio de las excepciones de carácter imperativo e irrenunciable que la Ley le reconozca.
DÉCIMA. Obligaciones del Acreedor
El Acreedor se obliga a comunicar al Fiador, por escrito y por medio fehaciente, cualquier incumplimiento por parte del Deudor de las obligaciones derivadas del Contrato principal, así como su intención de ejecutar la Fianza.
Igualmente, el Acreedor se compromete a no reclamar al Fiador cantidad superior a la efectivamente adeudada por el Deudor ni superior al importe máximo garantizado conforme a la Estipulación Cuarta, devolviendo, en su caso, cualquier exceso que hubiera podido percibir.
DECIMOPRIMERA. Modificación del Contrato
El presente Contrato no podrá ser objeto de modificación, alteración o novación alguna sino mediante acuerdo expreso, previo y por escrito de ambas Partes, que deberá incorporarse al mismo como anexo y formará parte integrante de este Contrato a todos los efectos legales.
Conforme al artículo 1.851 del Código Civil, cualquier prórroga concedida por el Acreedor al Deudor, o cualquier modificación de las condiciones del Contrato principal que agrave las obligaciones del Deudor, requerirá el consentimiento previo y por escrito del Fiador para que le resulte oponible, sin que dicha modificación pueda extender la responsabilidad del Fiador más allá de los términos pactados en este Contrato.
DECIMOSEGUNDA. Obligación de secreto y confidencialidad
Ninguna de las Partes podrá reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la Información sin previa autorización escrita y expresa de la otra Parte.
Las Partes se comprometen a poner los medios necesarios para que la Información no sea divulgada ni cedida, adoptando las mismas medidas de seguridad que adoptarían respecto a la información confidencial de su propiedad, evitando su pérdida, robo o sustracción.
El receptor de la Información se compromete a advertir sobre la existencia del deber de confidencialidad a sus empleados, asociados y a toda persona a la cual se le facilite la Información, haciéndose responsable del uso indebido que estos puedan hacer de la misma.
Asimismo, la Parte que recibe la Información se compromete a poner en conocimiento de la otra Parte cualquier acción o incidente por parte de terceros que pueda atentar contra la confidencialidad de la Información.
Las disposiciones relativas a la confidencialidad previstas en este Contrato se aplicarán durante la vigencia del mismo y prevalecerán durante un período de dos años tras su terminación.
DECIMOTERCERA. Protección de datos
Las Partes conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y su normativa de desarrollo, y/o aquellas que las pudieran sustituir o actualizar en el futuro.
Las Partes se comprometen a no comunicar dichos datos personales a terceros, salvo obligación legal o consentimiento expreso, informado e inequívoco de la Parte titular de los mismos, indicando la finalidad concreta de la comunicación.
Los titulares de los datos podrán ejercitar, en todo momento, los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, dirigiéndose por escrito al domicilio de la Parte correspondiente indicado en el encabezamiento, acompañando documento acreditativo de su identidad, así como reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Las Partes se obligan a adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, manteniendo el más estricto secreto profesional respecto de los mismos. Estos deberes serán exigibles durante la vigencia del Contrato y aún después de su terminación por cualquier causa.
DECIMOCUARTA. Cesión del Contrato
Las Partes no podrán ceder su posición contractual ni los derechos u obligaciones que de este Contrato emanen a su favor o a su cargo, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra Parte. El incumplimiento de esta Estipulación será motivo suficiente para resolver el presente Contrato.
DECIMOQUINTA. Inexistencia de renuncia
La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en el Contrato, o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del mismo, (a) no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones contenidas en el Contrato; y (b) no se entenderá como una renuncia a exigir en el futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el Contrato.
La dispensa, aplazamiento o renuncia de alguno de los derechos contemplados en el Contrato, o de parte de los mismos, será únicamente vinculante si consta por escrito, limitándose al caso concreto en el que se produjo, y no restringirá, en ningún caso, la exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta.
DECIMOSEXTA. Causas de resolución
Las Partes se comprometen a cumplir las obligaciones que emanan de este Contrato en los términos y condiciones establecidos a lo largo del mismo.
En el supuesto de que alguna de las Partes incumpliera alguna de sus obligaciones, o las cumpliera de forma defectuosa, la Parte cumplidora podrá considerar que ha existido incumplimiento en los términos del artículo 1.124 del Código Civil, quedando facultada para optar entre resolver el Contrato o exigir su cumplimiento, reclamando, en ambos casos, la correspondiente indemnización de daños y perjuicios.
El presente Contrato se extinguirá, asimismo, en los siguientes supuestos:
- Por la extinción de la obligación principal garantizada, conforme al artículo 1.847 del Código Civil.
- Por la terminación del Contrato principal por cualquier causa, sin perjuicio de la subsistencia de la Fianza respecto de las obligaciones devengadas y no satisfechas durante su vigencia.
- Por la concesión por el Acreedor de prórroga al Deudor sin el consentimiento del Fiador, conforme al artículo 1.851 del Código Civil.
- Por la dación en pago aceptada por el Acreedor que extinga la deuda principal.
- Por el transcurso del plazo de vigencia pactado en la Estipulación Quinta.
El fallecimiento del Fiador no extinguirá la Fianza, transmitiéndose la obligación a sus herederos en los términos del artículo 1.257 del Código Civil, limitada al importe máximo garantizado.
DECIMOSÉPTIMA. Notificaciones
A efectos de cualquier notificación derivada del presente Contrato, las Partes señalan como domicilios los indicados en el encabezamiento. Para que una notificación sea válida deberá realizarse por medio fehaciente que deje constancia de su envío, dirección de destino y momento de recepción. Cualquier cambio de domicilio a efectos de notificaciones deberá comunicarse a la otra Parte con la mayor brevedad siguiendo el procedimiento aquí establecido.
DECIMOCTAVA. Integridad del Contrato y nulidad parcial
Este Contrato deja sin efecto todo acuerdo, entendimiento, compromiso y/o negociación previo entre las Partes sobre su objeto. Los documentos anexos o adjuntos al presente Contrato forman parte integrante del mismo a todos los efectos legales.
Si una o varias estipulaciones devinieran ineficaces, anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante. En tal caso, las Partes se comprometen a negociar de buena fe un nuevo texto para las estipulaciones afectadas que respete la finalidad económica y jurídica perseguida.
DECIMONOVENA. Legislación aplicable y jurisdicción
El presente Contrato se regirá e interpretará conforme a la legislación española.
Para la resolución de cualquier controversia, diferencia, conflicto o reclamación relativa a la formación, validez, interpretación, ejecución o terminación del presente Contrato, las Partes, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de ________, salvo que la Ley establezca un fuero imperativo distinto.
EN VIRTUD DE LO CUAL, las Partes reconocen haber leído en su totalidad el Contrato, manifiestan comprenderlo y aceptan obligarse por sus términos y condiciones, constituyendo el completo y total acuerdo entre las Partes. Y, en prueba de conformidad, las Partes firman el presente Contrato en todas sus hojas y en tantos ejemplares originales como Partes intervienen, a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
EL ACREEDOR
...........................................
________
EL FIADOR
...........................................
________
Fields you complete are inserted into the document live. This template is general guidance only — not legal advice.