Contrato de Compraventa de Empresa - Formulario Pro · ES-law

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Contrato de Compraventa de Empresa - Formulario
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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EMPRESA


En ________, a ________



REUNIDOS


De una parte,

________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________, y en su propio nombre y representación.


En adelante, el "Vendedor".


De otra parte,

________, mayor de edad, de nacionalidad ________, con domicilio en ________, provisto de DNI/NIF núm. ________, y en su propio nombre y representación.


En adelante, el "Comprador".


El Vendedor y el Comprador podrán ser denominados, en adelante, individualmente, la "Parte" y, conjuntamente, las "Partes", reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria y suficiente para contratar y obligarse en los términos del presente documento, y siendo cada una de ellas responsable de la veracidad de sus respectivas manifestaciones,


EXPONEN


I. Que el Vendedor es titular en pleno dominio y tiene poder de disposición sobre la empresa denominada "________", organizada bajo la forma o marco jurídico de trabajo autónomo, con domicilio en ________ y número de identificación fiscal ________, dada de alta en el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas núm. ________.

En adelante, esta será denominada la "Empresa".

II. Que la Empresa realiza la siguiente actividad económica que el Comprador está interesado en continuar:

________


III. Que uno de los elementos esenciales de la Empresa es el local de negocio, propiedad del Vendedor, ubicado en ________, que consta de ________ metros cuadrados de superficie y que comprende:

________


IV.
Que dicho local se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de ________, con los siguientes datos registrales: ________, y le corresponde la referencia catastral núm. ________.


V.
Que el Vendedor declara, bajo su propia responsabilidad, que dicho local se encuentra libre de toda carga, gravamen y limitación, al corriente en el pago de los gastos de comunidad, suministros e impuestos que le sean imputables, y que no existe sobre el mismo contienda judicial ni de cualquier otra índole.

Asimismo, en cuanto a la situación arrendaticia, el local se encuentra libre de arrendatarios, ocupantes y precaristas.


VI. Que, además, dicha empresa está integrada por los elementos materiales y/o inmateriales esenciales para la actividad económica desarrollada por la misma, que son descritos en el inventario que se acompaña como Anexo al presente Contrato.

VII. Que el Vendedor está interesado en transmitir la titularidad en pleno dominio de la Empresa, para su explotación, y el Comprador está interesado en adquirirla para el mencionado fin y por el precio y las condiciones estipuladas en este documento, incluyendo, de forma específica, las manifestaciones y garantías establecidas por el Vendedor.

VIII. Y que, habiendo llegado las Partes, libre y espontáneamente, a una coincidencia mutua de sus voluntades, formalizan el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EMPRESA, en adelante, el "Contrato", al objeto de constituir y regular su acuerdo, el cual se regirá por las siguientes,


ESTIPULACIONES


PRIMERA.- Objeto

Por medio del presente, el Vendedor transmite al Comprador, quien la acepta y adquiere, la Empresa, integrada por todos los elementos materiales y/o inmateriales, créditos y contratos esenciales para la actividad económica desarrollada por la misma, y que ha sido indicada en el Expositivo I de este Contrato. La presente transmisión se configura como una transmisión de empresa o unidad económica autónoma a los efectos previstos en la normativa aplicable.

Los elementos, derechos y obligaciones integrantes de la Empresa que se transmiten en virtud del presente Contrato son descritos y detallados en el inventario Anexo al mismo. No obstante, las Partes manifiestan aquí que el local de negocio descrito en los Expositivos III, IV y V forma parte de la misma y será, por tanto, transmitido al Comprador mediante este documento. En las estipulaciones siguientes se recoge un resumen de los elementos integrantes de la Empresa que figuran en el inventario Anexo.

El Comprador recibe la Empresa a su entera satisfacción, y declara ser consciente de que si alguna de las actividades económicas explotadas por la Empresa debiere ser desarrollada por profesionales con título habilitante o habilitación legal específica, deberá realizarlas a través de tales sujetos. Asimismo, manifiesta comprender que tales permisos y autorizaciones administrativas de carácter personalísimo no se incluyen dentro de los elementos esenciales de la Empresa transmitidos en virtud del presente Contrato.

Ambas Partes otorgan su conformidad a la compraventa bajo las condiciones por ellas pactadas y así recogidas en este mismo Contrato, declarando que esta se realiza con la finalidad de que el Comprador continúe con la actividad económica desarrollada por la Empresa, conforme a lo indicado en el Expositivo I de este Contrato.


SEGUNDA.- Precio de la compraventa y forma de pago

Las Partes acuerdan que el precio total de la compraventa de la Empresa asciende a ________ euros (________ €), cantidad que las Partes declaran ajustada al justo valor de los elementos transmitidos.

El precio se abonará conforme a la siguiente forma de pago: ________, mediante ________.

El Vendedor declara recibir las cantidades correspondientes a su entera satisfacción, por lo que este documento constituye, respecto de las sumas efectivamente percibidas, la más formal y solemne carta de pago que en derecho corresponda.

Las Partes declaran adjuntar como Anexo a este Contrato toda la documentación de la Empresa que ha sido utilizada para fijar el precio de esta compraventa, la cual ha sido puesta en conocimiento del Comprador con carácter previo a la firma del presente documento.


TERCERA.- Transmisión de la titularidad

De acuerdo con lo señalado en la estipulación primera de este Contrato, mediante el presente el Vendedor transmite al Comprador la Empresa, con todos los elementos esenciales integrantes de la misma, que figuran en este documento, así como en el inventario Anexo al mismo.

La transmisión de la titularidad de la Empresa se produce en la fecha de firma del presente Contrato señalada en el encabezamiento y conlleva, igualmente, la transmisión de todos sus elementos materiales y/o inmateriales, créditos, derechos, obligaciones y contratos esenciales para su actividad económica. No obstante, para la entrega o traditio de cada elemento se respetará la ley de circulación propia del mismo, de conformidad con lo establecido en la legislación aplicable y en el presente Contrato.

3.1. Bienes muebles

Las Partes acuerdan que mediante este Contrato se transmiten las maquinarias, mobiliarios, equipos, vehículos, materias primas, existencias, materiales de consumo, piezas de repuesto, productos en curso de fabricación y/o fabricados y/u otros activos que figuran en el inventario Anexo. Estos bienes muebles son propiedad del Vendedor, el cual declara bajo su propia responsabilidad que se encuentran libres de toda carga, gravamen y limitación, y que no existe sobre los mismos contienda judicial ni de cualquier otra índole.

El traspaso de la propiedad sobre dichos bienes muebles se produce en este acto, con su entrega material o puesta a disposición del Comprador, conforme a lo dispuesto en los artículos 609 y 1462 del Código Civil.

3.2. Bienes inmuebles

Las Partes manifiestan que mediante este Contrato se transmite al Comprador el local de negocio de la Empresa descrito en los Expositivos III, IV y V, propiedad del Vendedor. El traspaso de la propiedad sobre el mismo se producirá en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa, salvo que de la propia escritura resulte claramente otra cosa.

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal) devengado, en su caso, como consecuencia de esta transmisión será de cuenta del Vendedor, de conformidad con el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

3.3. Contratos laborales

Las Partes declaran haber cumplido las obligaciones de información a los representantes legales de los trabajadores afectados previstas en los apartados 6 a 9 del citado artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. El Vendedor y el Comprador responderán solidariamente, durante tres (3) años, de las obligaciones laborales nacidas con anterioridad a la transmisión y que no hubieran sido satisfechas, en los términos previstos en dicho precepto.

El Vendedor declara que no adeuda cantidad alguna en concepto de salarios, indemnizaciones ni cuotas a la Seguridad Social respecto de los referidos empleados.

El Comprador se compromete a inscribirse como empresario en los organismos y dependencias laborales, así como en la Seguridad Social, en un plazo no superior a treinta (30) días, y a comunicar simultáneamente la baja de la inscripción del Vendedor como empresario respecto de los empleados que figuran en la relación adjunta como Anexo al presente Contrato.

A partir de la fecha de firma del presente Contrato, el Comprador será responsable del pago de cualquier indemnización que debiera satisfacerse a dichos empleados por hechos posteriores a la transmisión, sin perjuicio del régimen de responsabilidad solidaria legalmente establecido.

3.4. Propiedad intelectual e industrial

Las Partes acuerdan que mediante el presente Contrato se transmiten los derechos de propiedad intelectual e industrial (patentes, marcas, nombres comerciales, denominaciones de origen, diseños industriales, derechos de autor, programas de ordenador, nombres de dominio, etc.) que se relacionan y describen en el inventario Anexo.

El Vendedor declara no adeudar ninguna cantidad por el disfrute de dicha propiedad intelectual e industrial ni por ningún impuesto o tasa que grave su uso, tenencia o renovación.

La transmisión de dichos derechos de propiedad intelectual e industrial se instrumentará siguiendo el procedimiento previsto y respetando la normativa aplicable en cada caso, incluida, en su caso, la inscripción de la cesión en la Oficina Española de Patentes y Marcas o en el registro que corresponda.

3.5. Datos de carácter personal

Mediante el presente Contrato, se transmiten al Comprador los ficheros y tratamientos de datos personales de clientes y proveedores de los cuales sea responsable el Vendedor, con la finalidad de desarrollar la actividad económica de la Empresa, así como de realizar las gestiones administrativas necesarias para la misma.

3.6. Acuerdos con clientes y cuentas acreedoras

Desde la fecha de entrada en vigor del presente Contrato, el Comprador se subroga en la posición del Vendedor respecto de todos los acuerdos o contratos firmados con clientes de la Empresa. De esta forma, el Comprador se situará en la posición acreedora del Vendedor, pudiendo ejercer todas las acciones que le hubieran correspondido a este, incluyendo las correspondientes para exigir el pago de las cantidades pendientes a los clientes. La cesión de los créditos se regirá por lo dispuesto en los artículos 1526 y siguientes del Código Civil.

En todo caso, las Partes se comprometen a comunicar a todos los clientes el cambio en la titularidad de la Empresa, a fin de que puedan dirigirse correctamente al Comprador para la gestión de todas las cuentas y pedidos pendientes de cobro. En el caso de que, por cualquier motivo, el Vendedor reciba el pago de algún cliente, deberá reembolsar dicha cantidad al Comprador a la mayor brevedad posible.

El Vendedor deberá llevar a cabo esta comunicación a los clientes de forma expresa y por escrito, antes de la siguiente fecha: ________.


CUARTA.- Contratos en curso

Los contratos vigentes que hayan sido celebrados por el Vendedor y que sean necesarios o indispensables para la continuidad de la actividad económica desarrollada por la Empresa son transmitidos al Comprador mediante su subrogación en los mismos, en la posición del Vendedor, a partir de la fecha de firma del presente Contrato señalada en el encabezamiento.

Para esta subrogación contractual, salvo que la legislación aplicable disponga lo contrario, serán necesarias la comunicación y, en su caso, la autorización de los terceros que hayan celebrado dichos contratos con el Vendedor.

El Vendedor declara que se encuentra al corriente del pago y/o cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los contratos en curso transmitidos al Comprador. El Comprador acepta subrogarse en los derechos y obligaciones regulados en los contratos de referencia, y se compromete a respetarlos a partir de la fecha de firma de este Contrato. Asimismo, asume esta subrogación a su cuenta y riesgo, no teniendo derecho a indemnización alguna en caso de revocación u oposición a la subrogación por parte de los terceros contratantes no conformes con la misma.

El listado de los contratos a los cuales resulta de aplicación la presente estipulación figura en el inventario Anexo a este Contrato.


QUINTA.- Deudas

El Vendedor declara que ha satisfecho el pago de todas las deudas de la Empresa, incluidas las derivadas de sus obligaciones fiscales y laborales, salvo aquellas que expresamente se relacionen en el Anexo correspondiente y que el Comprador acepte asumir.

El Comprador declara que la inexistencia de deudas, salvo las expresamente asumidas, constituye un elemento esencial en virtud del cual celebra el presente Contrato.


SEXTA.- Obligaciones fiscales

De conformidad con lo establecido en el artículo 42.1.c) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el Comprador será responsable solidario de la deuda tributaria que, en su caso, exista, derivada de las obligaciones tributarias contraídas por el Vendedor en el ejercicio de la actividad económica de la Empresa, así como de las sanciones tributarias impuestas o que puedan imponerse. En el caso de solicitar a la Administración Tributaria la certificación de deudas contemplada en el artículo 175.2 de la citada Ley General Tributaria, la responsabilidad del Comprador quedará limitada a las deudas, sanciones y responsabilidades contenidas en la misma.

A partir de la fecha de firma de este Contrato señalada en el encabezamiento, el Comprador deberá asumir todas las obligaciones y deudas fiscales derivadas del desarrollo de la actividad económica de la Empresa.


SÉPTIMA.- Procedimientos judiciales

El Vendedor declara que, a la fecha de firma de este Contrato, ha cumplido todas sus obligaciones contractuales con terceros, así como aquellas impuestas por la Ley.

Asimismo, manifiesta que no se halla inmerso en litigio alguno ni tiene pendiente ninguna reclamación civil, mercantil, fiscal, administrativa, laboral o de otro tipo en razón de la actividad económica desarrollada por la Empresa.

El Vendedor se obliga a colaborar con el Comprador en el caso de que, con posterioridad a la firma de este Contrato, aparezcan reclamaciones de terceros en razón de la actividad económica desarrollada por la Empresa con anterioridad a la presente compraventa.


OCTAVA.- Situación matrimonial de las Partes

8.1. El Vendedor

- El Vendedor declara hallarse en el siguiente estado civil y régimen económico matrimonial: ________. En caso de que la Empresa o el local tengan carácter ganancial, su cónyuge, ________, con DNI/NIF núm. ________, interviene en el presente Contrato y declara tener conocimiento y consentir la transmisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1377 del Código Civil.

8.2. El Comprador

- El Comprador declara hallarse en el siguiente estado civil y régimen económico matrimonial: ________. En caso de que la adquisición se realice con cargo al caudal común, su cónyuge, ________, con DNI/NIF núm. ________, interviene en el presente Contrato y declara tener conocimiento y consentir la adquisición, de conformidad con el artículo 1377 del Código Civil.


NOVENA.- Manifestaciones y garantías

Además de garantizar que los estados contables reales de la Empresa son los que han sido puestos en conocimiento del Comprador, el Vendedor manifiesta y garantiza el cumplimiento del listado de manifestaciones y garantías que figura en documento Anexo a este Contrato.

El Vendedor declara que dichas manifestaciones y garantías son veraces, exactas y completas; y el Comprador declara que la veracidad, exactitud e integridad de estas manifestaciones constituyen un elemento esencial en virtud del cual celebra el presente Contrato.

Asimismo, las Partes acuerdan que en caso de que el Vendedor siga encargándose de la gestión interna de la Empresa con posterioridad a la fecha de firma de este Contrato, los criterios a aplicar deberán ser coincidentes con los que tradicionalmente venía aplicando. Las medidas extraordinarias necesitarán la autorización expresa del Comprador.

9.1. Depósito de garantía

En este acto, el Vendedor hace entrega al Comprador de ________ euros (________ €) en concepto de depósito de garantía, con el objeto de garantizar, hasta donde alcance, el cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales, mediante su depósito en una cuenta bancaria de titularidad conjunta de ambas Partes.

El Comprador declara en este acto recibir dicha cantidad en la fecha mencionada en el encabezamiento, constituyendo el presente documento la más formal y solemne carta de pago que en derecho corresponda.

En concordancia con lo establecido en las estipulaciones siguientes, este depósito de garantía será devuelto al Vendedor transcurrido el plazo de ________ desde la fecha de firma del presente Contrato, siempre que aquel haya cumplido con todas las obligaciones que la Ley y el presente Contrato le imponen.


DÉCIMA.- Responsabilidad

El Vendedor será responsable del saneamiento por evicción y por vicios o defectos ocultos de la Empresa, en los términos de los artículos 1474 y siguientes del Código Civil, incluyendo todas las posibles deudas fiscales y sociales de acuerdo con lo expuesto en las estipulaciones correspondientes.

Las Partes acuerdan que el límite temporal de la responsabilidad de ambas, por este y otros conceptos derivados del presente Contrato, será el establecido por la legislación vigente en cada caso aplicable.


DECIMOPRIMERA.- Tramitación de reclamaciones de terceros

En el caso de que la Empresa reciba cualquier tipo de reclamación o aparezca cualquier tipo de vicio oculto no recogido en las manifestaciones y garantías del presente Contrato, el Comprador comunicará esta circunstancia al Vendedor de la siguiente forma:

________

El Vendedor deberá responder a estas reclamaciones en el plazo máximo de ________.


DECIMOSEGUNDA.- Entrada en vigor del Contrato

Este Contrato entrará en vigor tan pronto como las Partes lleven a cabo su firma, produciéndose así la operación de forma incondicionada.


DECIMOTERCERA.- Prohibición de competencia

El Vendedor se obliga a no explotar, en nombre propio o ajeno, directa o indirectamente, una empresa o negocio competidor o cuyo objeto sea similar al de la Empresa y que, por tanto, sea apto para desviar su clientela, en el siguiente ámbito geográfico: ________, por el siguiente plazo: ________, desde la firma del presente Contrato señalada en el encabezamiento.

El Comprador manifiesta su interés industrial y/o comercial en que el Vendedor suscriba este pacto de no competencia. Ambas Partes declaran que la presente estipulación se fundamenta en la buena fe contractual y en el principio recogido en el artículo 1258 del Código Civil, y que tiene por fin que el Comprador consolide para sí la clientela y, en general, el fondo de comercio de la Empresa. Las Partes reconocen que la presente limitación se ajusta a los requisitos de razonabilidad en cuanto a su objeto, ámbito territorial y temporal exigidos para su validez.

Por tanto, el Vendedor no podrá, dentro del ámbito temporal y territorial arriba indicados:

a. Establecer relaciones contractuales, por cuenta propia o ajena, con empresas de la competencia que desarrollen idéntica o similar actividad a la de la Empresa.

b. Devenir propietario, socio, administrador o relacionarse de cualquier otra forma con entidades vinculadas a un negocio que preste servicios o productos similares a los de la Empresa o que de cualquier otra forma compita con la misma.

c. Aceptar trabajo alguno ni prestar servicios a cualquier cliente de la Empresa si dicho empleo o servicio, en alguna medida, utiliza las técnicas o métodos empleados o los productos o servicios ofrecidos por la Empresa.

d. Contactar o comunicarse con cualquier cliente de la Empresa, siempre que dicho contacto o comunicación se refiera a la venta o prestación de algún producto o servicio igual o similar a cualquier producto o servicio prestado por la Empresa.

El Comprador se reserva el derecho a decidir discrecionalmente acerca de la aplicación de la obligación contenida en esta cláusula. En todo caso, deberá notificar su renuncia al Vendedor por escrito fehaciente.

Toda violación o incumplimiento por el Vendedor de lo aquí acordado conlleva su obligación de pagar al Comprador, en concepto de cláusula penal conforme a los artículos 1152 y siguientes del Código Civil, la cantidad de ________, sin perjuicio del derecho del Comprador a exigir el cumplimiento de la obligación y a ejercer o iniciar todas las acciones pertinentes a fin de imponer las sanciones que legalmente procedan.


DECIMOCUARTA.- Reserva y confidencialidad

Los términos y condiciones del presente Contrato se mantendrán en la más estricta confidencialidad y únicamente se desvelarán en cumplimiento de un deber legal o de un mandato judicial o administrativo imperativo, o para información de los asesores, auditores o entidades financieras de las Partes que razonablemente deban conocerlo, siempre que estos queden obligados, por su estatuto legal o por pacto, a mantener confidenciales las informaciones adquiridas.

Además, las Partes se comprometen a tomar todas las medidas necesarias para mantener en secreto y de forma confidencial todas las informaciones que les hayan sido comunicadas como tales por la otra Parte. La obligación de esta estipulación no se aplicará a:

a. Toda aquella información que sea de dominio público.

b. Toda aquella información de que las Partes dispusieren antes de haberle sido facilitada por la otra Parte.

c. Toda aquella información legalmente adquirida por las Partes de fuentes distintas a la otra Parte.

Las Partes se comprometen a utilizar el contenido del presente Contrato, así como las informaciones confidenciales, únicamente para exigir o hacer posible el cumplimiento de las obligaciones nacidas del Contrato. Igualmente, se comprometen a no reproducir, publicar, difundir ni explotar, por cuenta propia o de un tercero, directa o indirectamente, toda o parte de estas informaciones.

Esta obligación de confidencialidad deberá respetarse durante un período de ________, a partir de la fecha de firma de este Contrato señalada en el encabezamiento.

Toda violación o incumplimiento por una u otra Parte de la presente estipulación conlleva la obligación, para aquella Parte que cometió dicho incumplimiento, de pagar a la otra Parte una indemnización compensatoria, sin perjuicio del derecho de la Parte afectada a ejercer o iniciar todas las acciones pertinentes a fin de imponer las sanciones que legalmente procedan.


DECIMOQUINTA.- Cesión del Contrato

Las Partes podrán ceder su posición en el presente Contrato, así como los derechos u obligaciones que del mismo emanen a su favor o a su cargo, siempre que cuenten con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra Parte, y que la persona física o jurídica cesionaria se subrogue en las mismas condiciones establecidas en el presente documento y aporte, en su caso, las mismas garantías que la Parte cedente.


DECIMOSEXTA.- Resolución del Contrato

El presente Contrato podrá ser resuelto por mutuo acuerdo de las Partes, con los efectos que ellas determinen. Igualmente, podrá ser resuelto en cualquier momento por cada una de las Partes, a su elección, sin necesidad de intervención judicial, y sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurra la otra Parte por su incumplimiento contractual, por "causa justificada", descrita aquí como:

a. el incumplimiento total o parcial por la otra Parte de alguna de las condiciones u obligaciones esenciales de este Contrato que no sea corregido en el plazo de diez (10) días a partir de la notificación escrita y fehaciente enviada para que así se haga; o

b. las demás establecidas por el presente Contrato y por la Ley.

De forma general, el incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones que emanan del presente Contrato dará derecho a la Parte que sí hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del Contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1124 del Código Civil.

Cualquiera de las causas de resolución antedichas dará derecho a la otra Parte que no hubiera incurrido en ella o no la hubiera provocado a la indemnización de daños y perjuicios derivados de la misma.

El hecho de que la Parte no utilice una de las causas previstas en esta estipulación para resolver el Contrato no será considerado nunca como una renuncia a sus derechos derivados del incumplimiento de la otra Parte ni limitará sus derechos para exigirle el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato.


DECIMOSÉPTIMA.- Gastos e impuestos

Los gastos, impuestos, tasas y contribuciones derivados del presente Contrato y de su ejecución serán de cuenta y cargo exclusivos del Comprador, salvo aquellos que correspondan al Vendedor de acuerdo con la legislación vigente o con el presente Contrato. Las Partes declaran conocer que la transmisión podrá quedar, según los casos, no sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido por aplicación del artículo 7.1.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA, sin perjuicio de la tributación que corresponda al inmueble por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.


DECIMOCTAVA.- Otorgamiento de escritura pública

Debido a que mediante el presente Contrato se transmite un bien inmueble, en virtud de lo dispuesto en los artículos 1279 y 1280.1.º del Código Civil, las Partes se obligan a otorgar escritura pública en un plazo máximo de tres (3) meses desde la fecha de firma de este Contrato señalada en el encabezamiento. El retraso del Comprador en el cumplimiento de esta obligación no supondrá el retraso en el cumplimiento del resto de obligaciones asumidas en el presente Contrato.

De conformidad con el Reglamento Notarial, la elección del Notario o Notaria ante el o la cual deba otorgarse la escritura pública corresponde al Comprador. Esta elección deberá ser notificada al Vendedor al menos siete (7) días naturales antes de la fecha de otorgamiento de la escritura.


DECIMONOVENA.- Notificaciones

Todas las comunicaciones que en virtud de este documento deban o debieren realizarse se efectuarán por un medio fehaciente que deje constancia del momento del envío, de la dirección a la que se dirige y del momento de su recepción por la otra Parte, y se entenderán correctamente enviadas al Vendedor o al Comprador si se dirigen a las direcciones que figuran en el encabezamiento de este Contrato. A tal efecto, se designan como direcciones para notificaciones las siguientes: para el Vendedor, ________; y para el Comprador, ________. Cada una de las Partes podrá, mediante notificación escrita enviada a la otra Parte, cambiar la dirección a la que deban dirigirse las comunicaciones.


VIGÉSIMA.- Acuerdo íntegro

El presente Contrato, junto con sus Anexos, constituye el acuerdo íntegro entre las Partes en relación con su objeto y deja sin efecto cualesquiera negociaciones, manifestaciones, acuerdos, pactos o compromisos, verbales o escritos, anteriores a su firma que pudieran existir entre las Partes respecto de dicho objeto.

Cualquier modificación del presente Contrato deberá realizarse por escrito y ser firmada por ambas Partes, no surtiendo efecto ninguna alteración o adición que no conste de dicha forma.

Los Anexos que se acompañan al presente Contrato forman parte integrante e inseparable del mismo y tienen plena eficacia y validez entre las Partes.


VIGESIMOPRIMERA.- Nulidad parcial

La declaración de nulidad, invalidez o ineficacia de cualquiera de las estipulaciones del presente Contrato, o de parte de ellas, no afectará a la validez y eficacia de las restantes, que continuarán siendo plenamente vinculantes para las Partes.

En tal caso, las Partes se comprometen a negociar de buena fe la sustitución de la estipulación o parte de ella declarada nula, inválida o ineficaz, por otra que, siendo válida y eficaz, se ajuste en la mayor medida posible a la finalidad y al espíritu de la estipulación afectada y a la voluntad inicial de las Partes.

La invalidez o ineficacia de alguna de las estipulaciones únicamente conllevará la nulidad total del Contrato cuando aquella afecte a elementos esenciales del mismo, sin los cuales este no se hubiera celebrado.


VIGESIMOSEGUNDA.- Legislación aplicable y jurisdicción

El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con la legislación española. En caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Contrato, o en relación con o derivado de la interpretación o ejecución del mismo, las Partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de ________, sin perjuicio de los fueros imperativos que resulten de aplicación.


Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, ambas Partes firman en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, a un solo efecto, todas las hojas de este Contrato en tantos ejemplares como Partes intervienen, entregándose un ejemplar a cada una de ellas.

EL VENDEDOR



...........................................
________


EL COMPRADOR



...........................................
________

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