Contrato de Arrendamiento de Bienes Muebles - Formulario Modelo Word y PDF Pro · PE-law
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN MUEBLE
Conste por el presente documento el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN MUEBLE (en adelante, el "Contrato"), que se celebra al amparo de los artículos 1666° y siguientes del Código Civil peruano, entre las siguientes partes:
- ________, identificado(a) con DNI N° ________, de estado civil ________, con domicilio en ________, y correo electrónico ________, a quien en adelante se le denominará "EL ARRENDADOR"; y,
- ________, identificado(a) con DNI N° ________, de estado civil ________, con domicilio en ________, y correo electrónico ________, a quien en adelante se le denominará "EL ARRENDATARIO".
Para efectos del presente Contrato, EL ARRENDADOR y EL ARRENDATARIO serán denominados de forma individual como la "Parte" y de forma conjunta como las "Partes".
El presente Contrato se celebra bajo los términos y condiciones establecidos en las cláusulas siguientes.
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1. EL ARRENDADOR declara ser legítimo propietario del bien mueble objeto del presente Contrato, el cual es: ________, cuyas características se describen a continuación:
________
1.2. EL ARRENDADOR declara, bajo su entera responsabilidad, que el bien que otorga en arrendamiento ha sido adquirido de forma lícita, se encuentra libre de cargas, gravámenes, medidas judiciales o extrajudiciales y de cualquier acto que limite o impida su libre disposición y uso, y que tiene plena facultad para arrendarlo.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
2.1. Por el presente Contrato, EL ARRENDADOR se obliga a ceder el uso temporal del bien descrito en la Cláusula Primera a favor del ARRENDATARIO, y este último se obliga a pagar la renta convenida, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1666° del Código Civil.
2.2. El bien será destinado por EL ARRENDATARIO única y exclusivamente a fines personales y lícitos, durante el plazo y por la renta indicados en las cláusulas siguientes.
2.3. Las Partes declaran que tanto el bien otorgado como el destino que se le dará respetan el marco normativo peruano vigente.
CLÁUSULA TERCERA: ESTADO DEL BIEN
EL ARRENDATARIO declara recibir el bien a su entera satisfacción, encontrándose este en las siguientes condiciones:
________
CLÁUSULA CUARTA: ENTREGA Y DEVOLUCIÓN DEL BIEN
4.1. EL ARRENDATARIO deberá recoger el bien del ARRENDADOR en la siguiente dirección: ________. La entrega del bien constará en un Acta de Entrega suscrita por ambas Partes, en la que se dejará constancia del estado del bien.
4.2. El retraso en el recojo del bien por causa imputable al ARRENDATARIO no podrá ser atribuido al ARRENDADOR, quien podrá computar la renta desde la fecha de inicio del Contrato.
4.3. Al término del Contrato, EL ARRENDATARIO deberá devolver el bien en la dirección señalada en el numeral 4.1, previa coordinación con el ARRENDADOR, suscribiéndose el correspondiente Acta de Recepción.
CLÁUSULA QUINTA: DEL USO DEL BIEN MUEBLE
5.1. Las Partes acuerdan y dejan expresamente establecido que el bien será utilizado única y exclusivamente para los fines declarados en la Cláusula Segunda, estando totalmente prohibido emplear el bien en una actividad distinta a la mencionada.
5.2. EL ARRENDATARIO se compromete a:
- Utilizar el bien exclusivamente con fines personales legítimos. Queda estrictamente prohibido cualquier otro uso o destino no relacionado con dichos fines.
- No utilizar el bien para actividades ilegales, inmorales o que violen las leyes y regulaciones aplicables.
- No realizar modificaciones, reparaciones o alteraciones en el bien sin el consentimiento expreso y por escrito del ARRENDADOR.
- Utilizar el bien únicamente en el lugar o lugares acordados, no pudiendo ser trasladado ni utilizado fuera de dicho lugar sin el consentimiento previo y por escrito del ARRENDADOR.
5.3. El incumplimiento de esta cláusula facultará al ARRENDADOR para resolver el Contrato de forma inmediata, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes. EL ARRENDATARIO será responsable de cualquier daño, pérdida o consecuencia derivada del uso indebido o no autorizado del bien.
5.4. Las Partes acuerdan que EL ARRENDADOR podrá realizar visitas periódicas al lugar donde se encuentre el bien para verificar el cumplimiento de esta cláusula, previo aviso conforme a lo establecido en la Cláusula Décima.
CLÁUSULA SEXTA: PLAZO
6.1. Las Partes convienen en fijar un plazo de duración determinada de ________ meses, contados a partir del ________ y hasta el ________, de conformidad con el artículo 1687° del Código Civil.
6.2. Si las Partes no han acordado por escrito la renovación del Contrato antes de la fecha de fin establecida, este se dará por concluido. No será de aplicación la continuación tácita del arrendamiento prevista en el artículo 1700° del Código Civil, salvo acuerdo expreso y escrito en contrario.
CLÁUSULA SÉPTIMA: RENTA Y FORMA DE PAGO
7.1. Las Partes acuerdan que la renta mensual será de S/ ________ (________ soles), monto que será pagado por EL ARRENDATARIO como contraprestación por el uso del bien.
7.2. El pago de la renta se realizará mensualmente, de forma anticipada, dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta:
Titular de la cuenta: ________
Moneda: Soles
Tipo de cuenta: Cuenta de Ahorros
Entidad Financiera: ________
Número de cuenta: ________
Código de cuenta interbancaria (CCI): ________
7.3. En cumplimiento de las normas sobre bancarización (Decreto Supremo N° 150-2007-EF, Texto Único Ordenado de la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía), todo pago igual o superior al monto previsto por dicha norma deberá efectuarse a través de medios de pago del sistema financiero.
CLÁUSULA OCTAVA: GARANTÍA
8.1. A la suscripción del presente Contrato, EL ARRENDATARIO entrega al ARRENDADOR la suma de S/ ________ (________ soles), en calidad de depósito en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones asumidas en virtud de este Contrato, así como del pago de las reparaciones necesarias derivadas del estado del bien a su devolución.
CLÁUSULA NOVENA: OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR
EL ARRENDADOR se obliga a:
- Entregar el bien al ARRENDATARIO en buen estado de conservación y apto para el uso al que está destinado, en la fecha y lugar acordados, conforme al artículo 1678° del Código Civil.
- Garantizar al ARRENDATARIO el uso y disfrute pacífico del bien durante todo el plazo de vigencia del presente Contrato, según el artículo 1680° del Código Civil.
- Mantener al ARRENDATARIO en el uso del bien y conservarlo en buen estado para el fin del arrendamiento.
- Realizar las reparaciones necesarias para mantener el bien en condiciones de ser usado, salvo aquellas que por ley o por el presente Contrato correspondan al ARRENDATARIO.
- Responder por los vicios o defectos ocultos del bien que impidan su uso, conforme a lo dispuesto por el Código Civil.
- Reembolsar al ARRENDATARIO los gastos por reparaciones impostergables efectuadas por este, siempre que hayan sido comunicadas oportunamente conforme a lo establecido en el presente Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA: OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO
EL ARRENDATARIO se obliga a:
- Cuidar diligentemente el bien y usarlo exclusivamente para los fines acordados en la Cláusula Segunda, contando con los permisos y autorizaciones que resulten aplicables, conforme al artículo 1681° del Código Civil.
- Pagar puntualmente el monto de la renta, en la forma y modalidad convenidas en la Cláusula Séptima.
- Dar aviso inmediato al ARRENDADOR de cualquier usurpación o perturbación que se intente contra el bien.
- Devolver el bien a la fecha de fin del Contrato, sin más deterioro que el de su uso ordinario, suscribiendo el Acta de Recepción.
- Dar aviso inmediato de las reparaciones que deban efectuarse, bajo responsabilidad por los daños y perjuicios resultantes. Tratándose de reparaciones impostergables, EL ARRENDATARIO podrá realizarlas directamente con derecho a reembolso, siempre que avise simultáneamente al ARRENDADOR. El pago de estas reparaciones no podrá imputarse ni compensarse con la renta.
- Permitir al ARRENDADOR que inspeccione, por causa justificada, el bien, previo aviso de siete (7) días.
- No hacer uso imprudente del bien ni contrario al orden público o a las buenas costumbres.
- Gestionar las autorizaciones y/o permisos necesarios para el uso del bien.
- Ser responsable por el uso del bien y por los daños que pudiera causarle desde el momento de su recepción.
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA: CONFIDENCIALIDAD
Cualquier información confidencial que se intercambie entre las Partes para fines del presente Contrato deberá mantenerse en reserva. Ambas Partes acuerdan adoptar las medidas necesarias respecto a su personal y a terceros que puedan tener acceso a dicha información, a fin de garantizar la confidencialidad objeto de esta cláusula. Esta obligación subsistirá aún luego de concluido el Contrato.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA: ANTISOBORNO Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO
Mediante la aceptación de la presente cláusula, las Partes se obligan a regirse por los principios de corrección, licitud y buena fe, en concordancia con la Ley N° 30424 y demás normas aplicables, comprometiéndose a:
- No incurrir en ninguna forma de soborno, directa o indirectamente o a través de terceros.
- No influir o inducir, directa o indirectamente, sobre cualquier acto, decisión u omisión de cualquier funcionario, director, empleado, agente, partido político, institución, administración o gobierno con la finalidad de obtener una decisión favorable mediando ofrecimiento, pago, promesa o autorización de pago de dinero o de cualquier objeto de valor.
- No realizar pagos a las personas señaladas en el punto anterior mediante cuentas no registradas oficialmente.
- No inducir a individuos, oficiales o funcionarios locales o extranjeros a actuar de forma ilegal o indebida.
- Nunca ofrecer o aceptar dinero u objeto de valor, regalos, sobornos o comisiones en conexión con la obtención de negocios o beneficios de un contrato.
- No facilitar pagos para obtener un nivel de servicio al cual no se tendría derecho.
- Informar a las autoridades competentes de cualquier indicio de pagos indebidos.
- No inducir o asistir a otras personas para que violen cualquier ley o norma aplicable.
Las Partes reconocen y declaran que, directa o indirectamente, no han ofrecido, negociado ni efectuado pago o beneficio ilegal alguno en relación con el objeto y fines del presente Contrato. En caso de incumplimiento, la parte infractora asumirá su exclusiva responsabilidad, obligándose a mantener indemne a la otra parte ante cualquier reclamo o demanda.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA: CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL
EL ARRENDATARIO podrá ceder su posición contractual, total o parcialmente, siempre que cuente con la aprobación previa y por escrito del ARRENDADOR, conforme a los artículos 1435° y siguientes del Código Civil, en cuyo caso se suscribirán los documentos que fueren necesarios.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA: SEGUROS
De corresponder según la naturaleza del bien, EL ARRENDATARIO deberá mantener vigente un seguro de responsabilidad civil y/o el seguro obligatorio que resulte aplicable, que cubra cualquier daño o lesión que pueda ocasionarse al bien y/o a terceros durante la vigencia del presente Contrato. EL ARRENDATARIO se compromete a proporcionar al ARRENDADOR una copia del certificado de seguro actualizado.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA: SUBARRENDAMIENTO
EL ARRENDATARIO podrá subarrendar, total o parcialmente, el bien materia del presente Contrato siempre que cuente con la aprobación previa y por escrito del ARRENDADOR, conforme al artículo 1692° del Código Civil. EL ARRENDATARIO será responsable frente al ARRENDADOR por todos los daños que el subarrendatario cause al bien.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA: PENALIDADES
16.1. Si EL ARRENDATARIO se retrasa en el pago de la renta, EL ARRENDADOR tendrá derecho a exigir el pago de S/ ________ (________ soles) por concepto de penalidad diaria hasta la fecha efectiva de pago, sin perjuicio de las demás medidas que pueda adoptar.
16.2. Vencido el plazo del Contrato o cursado el aviso de conclusión por incumplimiento, si EL ARRENDATARIO no restituye el bien, EL ARRENDADOR tendrá derecho a exigir, además de la devolución, una penalidad de S/ ________ (________ soles) diarios hasta su devolución efectiva.
16.3. En el supuesto de resolución anticipada del Contrato, la parte interesada deberá cursar un aviso previo no menor a quince (15) días. La parte que promueva la resolución anticipada deberá abonar a la otra, a modo de compensación, la suma de S/ ________ (________ soles).
16.4. En caso de incumplimiento de cualquier otra obligación prevista en el presente Contrato, la parte infractora deberá pagar la suma de S/ ________ (________ soles).
16.5. Las penalidades pactadas tienen carácter de cláusula penal conforme a los artículos 1341° y siguientes del Código Civil, sin perjuicio del derecho de la parte afectada a exigir adicionalmente la indemnización por los daños y perjuicios que excedan dicha penalidad, de pactarse expresamente.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA: ELEVACIÓN A ESCRITURA PÚBLICA E INSCRIPCIÓN
Cualquiera de las Partes podrá promover la elevación a Escritura Pública del presente Contrato y su posterior inscripción ante los Registros Públicos, cuando la naturaleza del bien lo permita. Para ello no se requerirá autorización expresa de la otra parte, siendo los gastos correspondientes asumidos por la parte que promueva la elevación e inscripción.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Todas las controversias que se susciten entre las Partes como consecuencia de la interpretación, ejecución, cumplimiento o resolución del presente Contrato, que no se solucionen de común acuerdo dentro de un plazo de treinta (30) días calendario, quedarán sometidas a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial de ________, renunciando las Partes al fuero de sus domicilios.
CLÁUSULA DECIMONOVENA: DOMICILIO Y NOTIFICACIONES
CLÁUSULA VIGÉSIMA: CLÁUSULA RESOLUTORIA EXPRESA
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en las Cláusulas Segunda, Quinta y Séptima del presente Contrato constituirá causal de resolución de pleno derecho, conforme a lo dispuesto en el artículo 1430° del Código Civil. La resolución operará cuando la parte afectada comunique a la otra, por escrito, su decisión de valerse de la presente cláusula resolutoria.
CLÁUSULA VIGESIMOPRIMERA: APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY
En todo lo no previsto expresamente por las Partes en el presente Contrato, ambas se someten a lo establecido por el Código Civil, el Código Procesal Civil y demás normas del ordenamiento jurídico peruano que resulten aplicables.
En señal de conformidad, las Partes suscriben este documento por duplicado, el día ________, en la ciudad de ________.
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EL ARRENDADOR
________
DNI N° ________
____________________________
EL ARRENDATARIO
________
DNI N° ________
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