Convenio Arbitral - Modelo de Formulario para Rellenar Pro · ES-law
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CONVENIO ARBITRAL
En ________, a ________
REUNIDOS
De una parte,
1.- Don/Doña ________, mayor de edad, con DNI/NIE n.º ________, y con domicilio en ________, actuando en su propio nombre y derecho.
De otra parte,
2.- Don/Doña ________, mayor de edad, con DNI/NIE n.º ________, y con domicilio en ________, actuando en su propio nombre y derecho.
En lo sucesivo, conjuntamente, las «Partes» e, individualmente, la «Parte».
INTERVIENEN
Ambas Partes intervienen en su propio nombre, interés y derecho, reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica y de obrar suficiente y necesaria para obligarse en los términos del presente CONVENIO ARBITRAL (en adelante, el «Convenio»), y a tal efecto, libre y espontáneamente, de común acuerdo,
EXPONEN
I.- Que con fecha ________ las Partes suscribieron el siguiente contrato: ________ (en adelante, el «Contrato»).
Para acreditar el anterior extremo se aporta como Documento n.º 1 copia del Contrato suscrito entre las Partes.
II.- Que las Partes manifiestan su voluntad común de someter a arbitraje todas las cuestiones litigiosas que puedan surgir o deriven de la relación jurídica descrita en el expositivo anterior, al amparo de lo dispuesto en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje (en adelante, la «Ley de Arbitraje»).
IV.- Que, reconociéndose ambas Partes interés legítimo en el objeto del presente escrito, de común acuerdo redactan y aceptan las estipulaciones que conforman el presente Convenio Arbitral, quedando ambas Partes sometidas a las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto y validez del convenio
El objeto del presente Convenio consiste en regular el procedimiento arbitral aplicable a las controversias que puedan surgir del Contrato descrito en el expositivo I, en los términos previstos en los artículos 9 y siguientes de la Ley de Arbitraje. Las Partes reconocen expresamente que el presente Convenio expresa su inequívoca voluntad de someter a arbitraje las controversias definidas en el expositivo III, con plena validez y eficacia, y al margen de toda jurisdicción ordinaria.
Conforme al principio de separabilidad consagrado en el artículo 22.1 de la Ley de Arbitraje, el presente Convenio se considerará independiente respecto de las demás estipulaciones del Contrato, de modo que la eventual nulidad de éste no implicará por sí sola la nulidad del Convenio.
SEGUNDA.- Tipo de arbitraje
El arbitraje será un arbitraje de Derecho, decidiendo el árbitro la controversia conforme a las normas jurídicas de aplicación, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley de Arbitraje.
Las Partes deciden someter el procedimiento a la administración y reglamento de una institución arbitral, designándose como institución la siguiente: ________, cuyo Reglamento las Partes declaran conocer y aceptar en su integridad.
De surgir la necesidad de acudir al procedimiento arbitral, éste tendrá su sede en ________, si bien las Partes acuerdan que podrán celebrarse audiencias y/o reuniones, de haberlas, en cualquier lugar adecuado y/o por cualquier medio idóneo de comunicación simultánea.
El idioma del arbitraje será el ________.
TERCERA.- Nombramiento de árbitro
El conocimiento y la decisión de las controversias corresponderá a un árbitro único, designado de entre los miembros de ________, por acuerdo de las Partes al surgir la controversia o, de no lograrse dicho acuerdo, por la institución arbitral designada de conformidad con su Reglamento, según lo previsto en los artículos 12 a 15 de la Ley de Arbitraje. Se entenderá que no existe acuerdo cuando, transcurrido el plazo de quince (15) días naturales desde el requerimiento de una Parte a la otra, no recaiga respuesta afirmativa de ambas.
El árbitro habrá de ser independiente e imparcial, debiendo revelar todas las circunstancias que puedan dar lugar a dudas justificadas sobre su imparcialidad o independencia, conforme al artículo 17 de la Ley de Arbitraje.
De ser necesario proceder a la abstención, recusación o remoción del árbitro, se aplicará lo dispuesto en los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de Arbitraje y en el Reglamento de la institución designada.
CUARTA.- Inicio y plazo del arbitraje
La fecha de inicio del arbitraje será la de recepción por la Parte demandada del requerimiento de someter la controversia a arbitraje, conforme al artículo 27 de la Ley de Arbitraje. El plazo para decidir la controversia será el siguiente: ________, contado desde la fecha de presentación de la contestación a la demanda o desde la expiración del plazo para presentarla o, en su caso, desde la contestación a la reconvención o la expiración del plazo para presentarla, sin perjuicio de la ampliación que las Partes puedan acordar o de la prórroga que el árbitro pueda decidir, por causa justificada, conforme al artículo 37 de la Ley de Arbitraje.
El laudo se dictará por escrito y será motivado, dictándose en el siguiente idioma: ________.
QUINTA.- Procedimiento arbitral
El procedimiento arbitral se regirá por el Reglamento de la institución arbitral a la que las Partes se han sometido, con respeto en todo caso a los principios de igualdad, audiencia y contradicción establecidos en el artículo 24 de la Ley de Arbitraje. No obstante, las Partes, de mutuo acuerdo expresado por escrito, podrán adaptar el procedimiento a su conveniencia siempre que el Reglamento aplicable lo permita, debiendo el árbitro respetar dichas modificaciones y dirigir el procedimiento de conformidad con ellas.
SEXTA.- Confidencialidad y protección de datos
De conformidad con el artículo 24.2 de la Ley de Arbitraje, las Partes, el árbitro y la institución arbitral quedan obligados a mantener la confidencialidad de la existencia y del contenido del arbitraje, de los escritos y alegaciones orales y escritas, así como de todos los documentos producidos o derivados del mismo, exceptuando aquellos supuestos previstos por deber legal o cuando sea necesario para la protección o el ejercicio de un derecho ante los tribunales.
El tratamiento de los datos de carácter personal que se deriven del presente Convenio y del eventual procedimiento arbitral se realizará conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, limitándose a las finalidades estrictamente necesarias para la sustanciación del arbitraje.
SÉPTIMA.- Gastos y costas del arbitraje
En materia de costas se incluirán los honorarios y gastos del árbitro y de la institución arbitral, así como, en su caso, los demás conceptos que determine el laudo de conformidad con el artículo 37.6 de la Ley de Arbitraje.
Salvo que el laudo disponga otra cosa atendiendo a las circunstancias del caso, las costas del arbitraje se satisfarán por mitad e iguales partes entre ambas Partes, asumiendo cada una los gastos de su propia defensa y representación.
OCTAVA.- Eficacia y ejecución del laudo
NOVENA.- Notificaciones
Cualesquiera comunicaciones y notificaciones entre las Partes y con la institución arbitral se efectuarán por escrito a los domicilios indicados en el encabezamiento del presente Convenio o a cualquier otro que cada Parte designe fehacientemente a tal efecto, surtiendo plenos efectos conforme al artículo 5 de la Ley de Arbitraje.
DÉCIMA.- Legislación aplicable y jurisdicción auxiliar
El presente Convenio se rige por la legislación española y, en particular, por la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje. Para cuantas actuaciones de apoyo y control judicial del arbitraje resulten procedentes conforme al artículo 8 de la Ley de Arbitraje, las Partes se someten a los Juzgados y Tribunales de ________, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
UNDÉCIMA.- Acuerdo íntegro y nulidad parcial
El presente Convenio refleja la totalidad de lo acordado entre las Partes en cuanto a su objeto. La declaración de nulidad, ineficacia o invalidez de alguna de sus cláusulas no afectará a la validez y eficacia de las restantes, que continuarán siendo plenamente vinculantes, comprometiéndose las Partes a sustituir la estipulación afectada por otra de contenido análogo y conforme a Derecho.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las Partes firman el presente Convenio Arbitral, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Las PARTES:
1.- Fdo. Don/Doña ________
2.- Fdo. Don/Doña ________
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