Contrato de Suministro - Modelo, Ejemplo de Formulario Pro · CO-law
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CONTRATO DE SUMINISTRO
Entre los suscritos, de una parte, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________, actuando en nombre propio (o en representación de ________, con NIT ________), quien en adelante se denominará EL PROVEEDOR; y de la otra parte, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________, actuando en nombre propio (o en representación de ________, con NIT ________), quien en adelante se denominará EL CLIENTE, y que conjuntamente se denominarán LAS PARTES, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE SUMINISTRO, regido por lo dispuesto en los artículos 968 y siguientes del Código de Comercio y demás normas concordantes, previas las siguientes consideraciones y de conformidad con las cláusulas que se enuncian a continuación.
CONSIDERANDO: Que EL PROVEEDOR cuenta con la capacidad, infraestructura y experiencia para suministrar los bienes objeto de este contrato; y que EL CLIENTE está interesado en recibir de manera periódica el suministro de tales bienes en las condiciones aquí pactadas.
Art. 1. OBJETO. En virtud del presente contrato EL PROVEEDOR se obliga, de manera independiente y autónoma, a cumplir a favor de EL CLIENTE prestaciones periódicas y continuadas consistentes en el suministro ________ de los bienes que se identifican en la cláusula segunda, a cambio de una contraprestación en dinero, en los términos de los artículos 968 y siguientes del Código de Comercio.
Art. 2. PRECIOS Y CANTIDADES. EL PROVEEDOR suministrará a EL CLIENTE los bienes objeto de este contrato en las cantidades y precios que se indican a continuación, valores que se entienden expresados en pesos colombianos (COP) y sin perjuicio de los tributos a que haya lugar:
________
Precio unitario (________): $________
Cantidad: ________
Parágrafo Primero. Los precios podrán ser reajustados anualmente, o ante variaciones extraordinarias del mercado, previo acuerdo escrito entre LAS PARTES. Parágrafo Segundo. En caso de no aplicarse el Impuesto sobre las Ventas (IVA) u otros tributos, ello se entenderá conforme a la ley vigente al momento de cada facturación.
Art. 3. ORDEN DE SUMINISTRO. Las solicitudes de suministro de los bienes de que trata la cláusula primera deberán ser realizadas por EL CLIENTE con al menos ________ días de antelación a la fecha deseada de entrega. Toda orden de suministro deberá constar por escrito o por medios electrónicos verificables y formará parte integral del presente contrato.
Art. 4. FACTURACIÓN Y PAGO. Los bienes suministrados serán facturados con la periodicidad de que trata la cláusula primera. La factura se expedirá con el lleno de los requisitos del artículo 617 del Estatuto Tributario y demás normas sobre facturación electrónica. EL CLIENTE deberá efectuar el pago a más tardar ________ de conformidad con la forma de pago indicada en este contrato.
Art. 5. FORMA DE PAGO. EL CLIENTE pagará a EL PROVEEDOR las facturas de conformidad con los plazos y condiciones especificados en la cláusula anterior, mediante transferencia o consignación bancaria a la cuenta que se indica a continuación:
Banco: ________
Tipo de cuenta: Ahorros
Número de cuenta: ________
Parágrafo. La mora en el pago causará intereses moratorios a la tasa máxima legal permitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, conforme al artículo 884 del Código de Comercio.
Art. 6. PLAZO DEL CONTRATO. El plazo del contrato será desde su fecha de firma, el ________, hasta el ________, renovable de manera automática hasta por un plazo igual al inicialmente pactado, en los términos de la cláusula de renovación.
Art. 8. OBLIGACIONES DEL CLIENTE. En desarrollo del presente contrato, EL CLIENTE se obliga a: a. Pagar oportunamente el precio de los bienes suministrados en los plazos y condiciones pactados. b. Realizar las órdenes de suministro con la antelación señalada en este contrato. c. Recibir los bienes en el lugar y forma acordados. d. Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato y de la ley.
Art. 9. CUSTODIA Y TRANSFERENCIA DEL RIESGO. EL CLIENTE será responsable de la custodia y suerte de los bienes suministrados una vez EL PROVEEDOR haya realizado la entrega de los mismos a satisfacción, de conformidad con las condiciones de despacho y entrega contenidas en este contrato. A partir de dicha entrega se entenderá transferido el riesgo de los bienes a EL CLIENTE.
Art. 10. CONDICIONES DE ENTREGA Y DESPACHO. EL PROVEEDOR entregará los bienes de que trata la cláusula primera en la(s) dirección(es) que se indica(n) a continuación:
________
Art. 11. CONFIDENCIALIDAD. LAS PARTES se obligan a mantener en secreto toda información que les sea revelada con ocasión del presente contrato. Para efectos de este contrato se entiende por confidencial toda información entregada por cualquiera de LAS PARTES que cumpla con alguna de las siguientes condiciones:
a. Que no sea de conocimiento público ni de fácil obtención a través de medios legítimos y que sea denominada como tal por el titular.
b. Que las circunstancias de su entrega, los medios de almacenamiento o las medidas de seguridad tomadas por el titular para la custodia de la información indiquen el carácter confidencial de la misma.
Parágrafo. El tratamiento de datos personales que se realice con ocasión del presente contrato se sujetará a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1074 de 2015 y demás normas concordantes.
Art. 12. TERMINACIÓN. El presente contrato podrá darse por terminado: a. Por mutuo acuerdo de LAS PARTES. b. Por el vencimiento del plazo, salvo renovación. c. Por incumplimiento grave de las obligaciones a cargo de cualquiera de LAS PARTES, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar. d. Por las demás causales previstas en la ley, incluido lo dispuesto en el artículo 973 del Código de Comercio.
Art. 13. CLÁUSULA PENAL. En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo de cualquiera de LAS PARTES, la parte incumplida pagará a la otra, a título de pena, la suma de $________, sin que ello implique renuncia al cobro de los perjuicios adicionales ni al cumplimiento de la obligación principal, conforme a los artículos 1592 del Código Civil y 867 del Código de Comercio.
Art. 14. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES. El presente contrato no genera relación laboral ni de subordinación entre LAS PARTES. Cada parte asumirá de manera autónoma sus obligaciones laborales, tributarias y de seguridad social respecto de su propio personal.
Art. 15. CESIÓN. Ninguna de LAS PARTES podrá ceder total ni parcialmente este contrato sin la autorización previa, expresa y escrita de la otra parte.
Art. 16. RENOVACIÓN. Si ninguna de LAS PARTES manifiesta su deseo de no continuar con el contrato, este se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado. Para su terminación definitiva, la parte que no desee renovarlo deberá comunicarlo a la otra con una antelación de al menos treinta (30) días a su fecha de vencimiento.
Art. 17. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Toda diferencia que surja con ocasión de la celebración, ejecución, interpretación o terminación del presente contrato será resuelta, en primer lugar, mediante arreglo directo entre LAS PARTES dentro de los ________ días siguientes. De no lograrse acuerdo, las controversias se someterán a ________ en la ciudad de ________, conforme a la legislación colombiana vigente.
Art. 18. LEY APLICABLE. El presente contrato se rige por las leyes de la República de Colombia, en especial por el Código de Comercio y el Código Civil.
Art. 19. NOTIFICACIONES. Toda comunicación o notificación relacionada con este contrato se entenderá válidamente surtida cuando se dirija a las direcciones señaladas a continuación. Del PROVEEDOR:
Ciudad: ________
Dirección: ________
Correo electrónico: ________
Del CLIENTE:
Ciudad: ________
Dirección: ________
Correo electrónico: ________
Art. 20. ACUERDO INTEGRAL Y MÉRITO EJECUTIVO. El presente contrato constituye la totalidad del acuerdo entre LAS PARTES y deja sin efecto cualquier negociación o entendimiento anterior. LAS PARTES reconocen que este documento, junto con las facturas y órdenes de suministro, presta mérito ejecutivo conforme al artículo 422 del Código General del Proceso.
Para constancia, LAS PARTES firman dos (2) ejemplares del mismo tenor y valor, en la ciudad de ________, el ________.
DEL PROVEEDOR
________
Cédula de ciudadanía: ________
DEL CLIENTE
________
Cédula de ciudadanía: ________
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