Contrato de Préstamo de Dinero - Modelo Formulario Pro · CO-law

Valid in Colombia · drafted to comply with local law

Create your Contrato de Préstamo de Dinero - Modelo Formulario for use in Colombia. Answer a few plain-English questions and the document fills in automatically as you go — then download it in Word and PDF, ready to sign or share. This version has been professionally rewritten to comply with local law.

  • Answer 43 simple questions — the document fills in as you go
  • Live preview: watch your document update in real time
  • Download as Word (.docx) and PDF
  • Edit your answers and re-download anytime
Save to access it later, on any device.

Fill in the details

0/43

Type below — the document on the right updates as you go.

Contrato de Préstamo de Dinero - Modelo Formulario
🔒The clauses below are blurred in the preview. Fill in your details, then pay once to unlock the full document and download it as Word & PDF.

CONTRATO DE MUTUO CON INTERÉS Y GARANTÍA



Entre los suscritos a saber: de una parte, ________, mayor de edad, domiciliado(a) en ________, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________, quien en adelante y para todos los efectos del presente contrato se denominará el ACREEDOR o MUTUANTE; y de la otra parte, ________, mayor de edad, domiciliado(a) en ________, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________, quien en adelante y para todos los efectos se denominará el DEUDOR o MUTUARIO; y quienes conjuntamente se denominarán LAS PARTES, manifestando obrar en nombre propio, en pleno uso de nuestras facultades legales y sin que medie apremio, fuerza, error o dolo alguno, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE MUTUO, regulado por los artículos 2221 y siguientes del Código Civil, así como por los artículos 1163 y siguientes del Código de Comercio en lo pertinente, contrato que se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes cláusulas:

PRIMERA. OBJETO. En virtud del presente contrato el ACREEDOR entrega al DEUDOR, a título de mutuo o préstamo de consumo, la suma de $________ (________) en dinero corriente de curso legal en Colombia, suma que el DEUDOR declara haber recibido real y efectivamente a entera satisfacción. En consecuencia, el DEUDOR se obliga a restituir al ACREEDOR igual suma, en los plazos, montos y condiciones señalados en el presente instrumento.

SEGUNDA. NATURALEZA. De conformidad con el artículo 2222 del Código Civil, el mutuo es un contrato real que se perfecciona con la entrega de la cosa, transfiriéndose el dominio de la suma de dinero mutuada al DEUDOR, quien la recibe en propiedad obligándose a restituir otro tanto del mismo género y calidad.

TERCERA. PLAZO. El plazo del presente mutuo vence el día ________, fecha en la cual el DEUDOR deberá restituir la totalidad del capital adeudado junto con los intereses causados y no pagados con ocasión del presente negocio jurídico. El plazo se entiende establecido en favor de ambas partes.

CUARTA. PAGO DEL CAPITAL. La suma de dinero entregada en mutuo será pagada en su totalidad a más tardar en la fecha de vencimiento del contrato, esto es, el día ________, sin perjuicio de los abonos o pagos anticipados que el DEUDOR pueda realizar durante la vigencia del mutuo, los cuales se imputarán primero a intereses causados y luego a capital.

QUINTA. FORMA DE PAGO. Todos los pagos que con ocasión del presente contrato deba realizar el DEUDOR en favor del ACREEDOR se efectuarán mediante consignación o transferencia a la cuenta que se indica a continuación:

Entidad: ________
Tipo de cuenta: Ahorros
Número de cuenta: ________
Titular: ________

SEXTA. INTERESES REMUNERATORIOS O DE PLAZO. Durante la vigencia del contrato el DEUDOR pagará al ACREEDOR intereses remuneratorios equivalentes al ________% mensual sobre el saldo de capital adeudado, los cuales se pagarán dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada período mensual, comenzando el primer pago un (1) mes después de la fecha de suscripción del presente contrato. En todo caso, la tasa de interés pactada no podrá exceder el límite del interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia para la respectiva modalidad de crédito, ni constituir usura en los términos del artículo 305 del Código Penal y del artículo 884 del Código de Comercio; de exceder dicho límite, la tasa se entenderá reducida automáticamente al máximo legal permitido.

SÉPTIMA. INTERESES DE MORA. En caso de mora en el pago de cualquiera de las obligaciones a cargo del DEUDOR derivadas del presente contrato, éste pagará al ACREEDOR intereses moratorios a la tasa máxima legal permitida, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, liquidados sobre las sumas en mora desde la fecha de su exigibilidad y hasta el momento de su pago efectivo, sin perjuicio de las demás acciones que le asistan al ACREEDOR.

OCTAVA. CLÁUSULA ACELERATORIA. El ACREEDOR podrá declarar vencido anticipadamente el plazo, dar por terminado el contrato y exigir de manera inmediata la restitución de la totalidad del capital y de los intereses causados, en cualquiera de los siguientes eventos:

a. Que el DEUDOR incurra en mora en el pago de una o más cuotas de capital o intereses.

b. Que el DEUDOR sea objeto de actuaciones judiciales o administrativas que puedan conducir a la afectación de su patrimonio en todo o en parte, o a dejar sus bienes fuera del comercio.

c. Que el DEUDOR sea admitido o convocado a un proceso de insolvencia, reorganización o liquidación, o concurso de acreedores.

d. Que el DEUDOR incumpla cualquiera de las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato.

Tipo de vehículo: Automóvil
Marca: ________
Modelo: ________
Placas: ________
Número de motor: ________
Número de chasis: ________

DÉCIMA. CESIÓN. El DEUDOR no podrá ceder total ni parcialmente su posición contractual ni las obligaciones derivadas del presente contrato sin el consentimiento previo y escrito del ACREEDOR. El ACREEDOR podrá ceder libremente los derechos de crédito que surjan de este contrato, para lo cual bastará con dar aviso al DEUDOR.

DÉCIMA SEGUNDA. MÉRITO EJECUTIVO. El presente contrato presta mérito ejecutivo, de conformidad con el artículo 422 del Código General del Proceso, por contener una obligación clara, expresa y exigible. El DEUDOR renuncia expresamente a cualquier requerimiento privado o judicial para su constitución en mora y para el cobro de las obligaciones a su cargo, en los términos del artículo 1608 del Código Civil.

DÉCIMA TERCERA. GASTOS E IMPUESTOS. Los gastos, impuestos y demás erogaciones que se causen con ocasión de la celebración, ejecución o cobro del presente contrato serán asumidos por ________.

DÉCIMA CUARTA. CLÁUSULA COMPROMISORIA / LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. El presente contrato se rige por las leyes de la República de Colombia. Toda controversia o diferencia relativa a la existencia, validez, interpretación, ejecución o terminación del presente contrato que no pueda resolverse de común acuerdo será sometida a la jurisdicción ordinaria de los jueces competentes de la ciudad de ________, salvo aquellas que por su naturaleza deban tramitarse mediante proceso ejecutivo.

DÉCIMA QUINTA. NOTIFICACIONES. Las partes recibirán todas las comunicaciones, requerimientos y notificaciones en las siguientes direcciones:

Del ACREEDOR:

Ciudad: ________
Dirección: ________
Teléfono: ________
Correo electrónico: ________

Del DEUDOR:

Ciudad: ________
Dirección: ________
Teléfono: ________
Correo electrónico: ________

DÉCIMA SEXTA. ENCABEZAMIENTOS Y DIVISIBILIDAD. Los títulos de las cláusulas se incluyen únicamente para facilitar la lectura y no afectan su interpretación. Si alguna cláusula del presente contrato fuere declarada nula o ineficaz, dicha declaración no afectará la validez de las demás estipulaciones, las cuales conservarán plena fuerza obligatoria.

DÉCIMA SÉPTIMA. ACUERDO ÍNTEGRO. El presente contrato contiene la totalidad del acuerdo entre las partes en relación con su objeto y deja sin efecto cualquier negociación, oferta o acuerdo verbal o escrito anterior. Toda modificación deberá constar por escrito firmado por ambas partes.

Para constancia, las partes firman dos (2) ejemplares idénticos del mismo tenor y valor, en la ciudad de ________, el día ________.

EL ACREEDOR





________
Cédula de ciudadanía: ________


EL DEUDOR





________
Cédula de ciudadanía: ________


TESTIGO





________
Cédula de ciudadanía: ________

Fields you complete are inserted into the document live. This template is general guidance only — not legal advice.