Contrato de Corretaje de Vehículo - Modelo Formulario Pro · CO-law
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CONTRATO DE CORRETAJE PARA LA VENTA DE VEHÍCULO AUTOMOTOR
Entre los suscritos, ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________ expedida en ________, domiciliado(a) en la ciudad de ________, quien para los efectos del presente contrato se denominará el PROPONENTE; y de otra parte ________, mayor de edad, identificado(a) con Cédula de ciudadanía número ________ expedida en ________, domiciliado(a) en la ciudad de ________, quien para los efectos del presente contrato se denominará el CORREDOR; hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE CORRETAJE, regulado por los artículos 1340 a 1353 del Código de Comercio y las demás disposiciones concordantes, previa la siguiente consideración: el corredor, por su especial conocimiento del mercado, se obliga a poner en relación a dos o más personas con el fin de que celebren un negocio comercial, sin estar vinculado a las partes por relaciones de colaboración, dependencia, mandato o representación, en los términos del artículo 1340 del Código de Comercio. En consecuencia, el contrato se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO. Por virtud del presente contrato el CORREDOR se obliga, con plena autonomía técnica y administrativa, a promover, publicitar y gestionar la oferta de compraventa del vehículo automotor que se identifica a continuación, con el fin de poner en relación al PROPONENTE con uno o varios eventuales compradores:
Tipo de vehículo: ________
Placa: ________
Marca: ________
Línea/Modelo: ________
Color: ________
Año: ________
Número de motor: ________
Número de chasis o serie: ________
Número de licencia de tránsito: ________
Parágrafo. El PROPONENTE declara, bajo la gravedad de juramento, que es el legítimo propietario del vehículo descrito, que el mismo se encuentra libre de gravámenes, prendas, embargos, limitaciones de dominio, comparendos pendientes y demás circunstancias que afecten su libre disposición, y que la información suministrada es veraz y completa.
TERCERA. REMUNERACIÓN. El CORREDOR tendrá derecho a una comisión equivalente al ________% del valor por el cual efectivamente se celebre la venta del vehículo identificado en la cláusula primera. De conformidad con el artículo 1341 del Código de Comercio, la comisión se causará desde el momento en que se celebre el negocio que sea consecuencia de la gestión del CORREDOR, y se hará exigible con el primer pago que realice el comprador, con la firma del documento mediante el cual se prometa o perfeccione el negocio, o con la entrega material del bien, lo que ocurra primero. Sobre los valores correspondientes se aplicarán las retenciones e impuestos a que haya lugar conforme a la ley.
CUARTA. PRECIO MÍNIMO. Las partes acuerdan que el precio mínimo por el cual el CORREDOR podrá ofrecer el vehículo en venta será de $________ (________ pesos moneda legal colombiana), sin perjuicio de que el CORREDOR pueda ofrecerlo por un valor superior.
Parágrafo. En el evento en que el negocio se celebre sin intermediación del CORREDOR y no haya lugar al pago de la comisión pactada, el PROPONENTE deberá reembolsar los gastos en que aquel haya incurrido con ocasión de este contrato, en las mismas condiciones aplicables al pago de la comisión.
SEXTA. OBLIGACIONES DEL CORREDOR.
a. Promover y publicitar la oferta de compraventa del vehículo descrito en la cláusula primera, empleando los medios que considere convenientes y obrando con la diligencia y lealtad propias de su encargo.
b. Poner en contacto al PROPONENTE con los posibles interesados en la adquisición del vehículo.
c. Comunicar al PROPONENTE las gestiones realizadas y las ofertas que reciba con ocasión de la promoción del negocio, conforme al artículo 1343 del Código de Comercio.
d. Abstenerse de ofrecer el vehículo por un precio inferior al mínimo acordado en la cláusula cuarta.
e. Guardar reserva sobre la información del PROPONENTE y del vehículo a la que tenga acceso con ocasión del presente contrato.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL PROPONENTE.
a. Permitir al CORREDOR el acceso al vehículo a efectos de que pueda ser mostrado a los interesados.
b. Pagar la comisión en la forma y plazos estipulados en este contrato.
c. Reintegrar al CORREDOR los gastos en que haya incurrido para la promoción o publicidad del vehículo, en el evento en que el negocio se celebre sin su intermediación.
d. Suministrar al CORREDOR información veraz, completa y oportuna sobre el vehículo y su situación jurídica.
OCTAVA. TERMINACIÓN. El presente contrato terminará por:
a. La realización o promesa del negocio de que trata la cláusula primera.
b. Mutuo acuerdo de las partes.
c. Renuncia del CORREDOR.
d. El vencimiento del plazo de vigencia.
e. El incumplimiento de las obligaciones a cargo de cualquiera de las partes.
NOVENA. PLAZO Y VIGENCIA. El presente contrato tendrá una vigencia de ________ contados a partir de su suscripción, y en todo caso finalizará con la firma del documento mediante el cual se prometa o perfeccione el negocio de que trata la cláusula primera. Vencido el plazo sin que se haya celebrado el negocio, el contrato podrá prorrogarse por acuerdo escrito de las partes.
DÉCIMA. CLÁUSULA PENAL. En caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato, la parte incumplida pagará a la cumplida, a título de pena, la suma de $________ (________ pesos moneda legal colombiana), sin perjuicio del cumplimiento de la obligación principal y de la indemnización de los perjuicios adicionales que se causen, conforme a los artículos 1592 y siguientes del Código Civil y 867 del Código de Comercio.
DÉCIMA PRIMERA. CESIÓN. Ninguna de las partes podrá ceder, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones derivados del presente contrato sin la autorización previa, expresa y escrita de la otra parte.
DÉCIMA SEGUNDA. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. Las partes autorizan recíprocamente el tratamiento de sus datos personales para los fines exclusivos de la ejecución de este contrato, de conformidad con la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015.
DÉCIMA TERCERA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEY APLICABLE. El presente contrato se regirá por las leyes de la República de Colombia. Toda controversia que surja con ocasión de su celebración, ejecución, interpretación o terminación, las partes procurarán resolverla mediante arreglo directo y, de no lograrse, acudirán a los jueces civiles competentes del domicilio de ________, salvo que las partes acuerden por escrito someterla a un mecanismo alternativo de solución de conflictos.
DÉCIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. Las comunicaciones derivadas de este contrato se entenderán válidamente surtidas en las siguientes direcciones:
Del PROPONENTE:
Ciudad: ________
Dirección: ________
Teléfono: ________
Correo electrónico: ________
Del CORREDOR:
Ciudad: ________
Dirección: ________
Teléfono: ________
Correo electrónico: ________
DÉCIMA QUINTA. ACUERDO INTEGRAL. El presente contrato constituye el acuerdo íntegro entre las partes sobre la materia y sustituye cualquier entendimiento previo, verbal o escrito. Toda modificación deberá constar por escrito y suscrita por ambas partes.
Para constancia, y en señal de aceptación, las partes firman dos ejemplares del mismo tenor y valor en la ciudad de ________, el día ________.
EL PROPONENTE
________
Cédula de ciudadanía: ________
EL CORREDOR
________
Cédula de ciudadanía: ________
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