Contrato de Transporte Escolar - Documento Modelo Pro · CL-law
✓ Valid in Chile · drafted to comply with local law
Create your Contrato de Transporte Escolar - Documento Modelo for use in Chile. Answer a few plain-English questions and the document fills in automatically as you go — then download it in Word and PDF, ready to sign or share. This version has been professionally rewritten to comply with local law.
- Answer 36 simple questions — the document fills in as you go
- Live preview: watch your document update in real time
- Download as Word (.docx) and PDF
- Edit your answers and re-download anytime
Fill in the details
0/36Type below — the document on the right updates as you go.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE ESCOLAR
En la ciudad de ________, Chile, a ________, comparecen, por una parte, ________, Cédula nacional de identidad Nº ________, con domicilio en ________, comuna de ________, región de ________, en adelante el "TRANSPORTISTA"; y por la otra parte, ________, Cédula nacional de identidad Nº ________, con domicilio en ________, comuna de ________, región de ________, en adelante el "APODERADO".
EXPONEN
I) Que el TRANSPORTISTA se dedica a la prestación del servicio de transporte remunerado de escolares, contando con la inscripción vigente en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares (RENASTRE) y con los permisos y autorizaciones que la normativa vigente exige para trasladar estudiantes desde y hacia el establecimiento ________.
II) Que el domicilio del establecimiento ________ es el siguiente: ________, comuna de ________, región de ________.
III) Que el APODERADO requiere de los servicios de traslado de los estudiantes individualizados en este contrato, desde el punto de recogida convenido hasta el establecimiento ________ antes del inicio de la jornada escolar, y viceversa al término de ella.
CLÁUSULAS
Art. 1. OBJETO. Por el presente contrato, el TRANSPORTISTA se obliga a trasladar, en las condiciones que aquí se establecen, a los siguientes estudiantes:
________
Las PARTES establecen como lugar de recogida y entrega de los estudiantes el siguiente domicilio:
________, comuna de ________, región de ________.
El presente servicio comprende el traslado en la(s) siguiente(s) modalidad(es): ________.
Art. 2. OBLIGACIONES DEL TRANSPORTISTA. El TRANSPORTISTA se obliga a:
a) Proveer un cupo en el vehículo de transporte escolar para cada uno de los estudiantes individualizados en este contrato.
b) Cumplir con los horarios establecidos por el establecimiento ________ para la recogida y entrega de los estudiantes.
c) Cumplir con los requisitos legales necesarios para desempeñar la función de conductor del vehículo de transporte escolar.
d) Portar en el vehículo una placa identificatoria con sus datos personales, conforme lo exige la normativa vigente.
e) Designar a un adulto acompañante cuando se transporte a más de cinco estudiantes de niveles de educación parvularia o prebásica.
f) Entregar al APODERADO copia del certificado de inscripción vigente del servicio en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares (RENASTRE).
g) Mantener permanentemente actualizada la documentación del vehículo, así como su inscripción en el RENASTRE.
h) Asegurar que el vehículo se encuentre en óptimas condiciones para el adecuado traslado de los estudiantes, con revisión técnica y permiso de circulación vigentes, y con el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) contratado y al día.
i) Emitir y entregar al APODERADO el comprobante o boleta correspondiente por cada pago efectuado.
j) Conducirse con prudencia, respetando las normas de la Ley Nº 18.290 de Tránsito y velando en todo momento por la seguridad de los estudiantes transportados.
Art. 3. OBLIGACIONES DEL APODERADO. El APODERADO se obliga a:
a) Pagar el servicio de transporte en los plazos y condiciones establecidos en el presente contrato.
b) Proporcionar información veraz y completa respecto del domicilio de recogida y/o entrega de los estudiantes.
c) Informar oportunamente al TRANSPORTISTA cualquier cambio en los horarios, en el domicilio de recogida y/o entrega, o cualquier otra circunstancia relevante que pueda afectar la prestación del servicio.
d) Notificar con la debida anticipación la ausencia de los estudiantes.
e) Asegurar que un adulto responsable reciba a los estudiantes en el punto de entrega, cuando corresponda según su edad.
Art. 4. VEHÍCULO DESTINADO AL TRANSPORTE. El vehículo destinado al transporte escolar deberá cumplir, de conformidad con la normativa vigente, entre otros, los siguientes requisitos:
a) Tener una cilindrada igual o superior a 1.400 cc.
b) Estar pintado de color amarillo, o de color blanco si su peso bruto vehicular supera los 3.860 kilogramos.
c) Llevar en la parte superior de la carrocería un letrero con la palabra "Escolares", o un adhesivo en los costados del vehículo con dicha inscripción.
d) Contar con una luz intermitente en el techo, visible y activada durante el ascenso y descenso de los estudiantes.
e) No exceder los dieciocho años de antigüedad en las regiones XV, I y XII, ni los dieciséis años en las demás regiones.
f) Contar con extintor de incendios y cinturones de seguridad en cada asiento.
El vehículo individualizado para la prestación del servicio corresponde a la placa patente única Nº ________. Las PARTES acuerdan que el traslado de los estudiantes se llevará a cabo en un vehículo que cumple con los requisitos señalados y con la demás normativa aplicable al transporte remunerado de escolares.
Art. 5. CONDUCTOR DEL VEHÍCULO. El TRANSPORTISTA se compromete a ejercer la función de conductor del vehículo de transporte escolar, asumiendo la responsabilidad directa de su operación, encontrándose calificado y debidamente autorizado para ello.
El conductor deberá poseer licencia de conducir profesional que habilite para el transporte de pasajeros, haber aprobado la enseñanza básica y cumplir con los demás requisitos exigidos por la ley.
En caso de ser necesario un cambio de conductor, el TRANSPORTISTA lo notificará al APODERADO con la debida antelación y garantizará que el nuevo conductor cumpla con todos los requisitos legales y de seguridad aplicables.
Art. 6. PRECIO Y FORMA DE PAGO. En contraprestación por los servicios de transporte escolar, el APODERADO pagará al TRANSPORTISTA la suma de $________ (________ pesos chilenos) mensuales, pago que deberá efectuarse dentro de los primeros cinco días del mes siguiente a aquel en que se prestaron los servicios.
El pago se realizará mediante ________, en el lugar o medio convenido por las PARTES. La mora o simple retardo en el pago devengará el interés corriente para operaciones reajustables que rija a la fecha respectiva, sin perjuicio del derecho del TRANSPORTISTA a poner término al contrato conforme a la cláusula octava.
Art. 7. DURACIÓN. El presente contrato entrará en vigor el día ________ y tendrá una duración de ________ meses.
El contrato se renovará de manera automática y tácita, por una sola vez y por un período igual al originalmente pactado, bajo las mismas condiciones, salvo que cualquiera de las PARTES manifieste a la otra, por escrito y con una anticipación de a lo menos ________, su voluntad de no renovarlo.
Art. 8. TERMINACIÓN ANTICIPADA. Cualquiera de las PARTES podrá poner término al presente contrato, sin expresión de causa, dando aviso por escrito a la otra con a lo menos ________ días de anticipación.
Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las PARTES podrá poner término inmediato al contrato en caso de incumplimiento grave de las obligaciones de la otra, en especial: el no pago de la remuneración pactada por parte del APODERADO, o la pérdida de las autorizaciones, inscripciones o seguros exigidos por la ley por parte del TRANSPORTISTA, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Art. 9. RESPONSABILIDAD. El TRANSPORTISTA será responsable de la seguridad e integridad de los estudiantes durante todo el trayecto, desde el momento en que son recogidos en el lugar convenido hasta su entrega en el establecimiento educacional, y viceversa. Asimismo, responderá por los daños y perjuicios que pudieren ocasionarse a los estudiantes con motivo de la prestación del servicio, cuando estos sean atribuibles a su culpa o negligencia.
El TRANSPORTISTA no será responsable de los hechos que se produzcan antes de la recogida ni con posterioridad a la entrega de los estudiantes, ni de aquellos derivados de caso fortuito o fuerza mayor.
Art. 11. NULIDAD DE UNA CLÁUSULA. En caso de que sobrevenga la nulidad de alguna de las disposiciones del presente contrato, la disposición afectada se tendrá por no escrita, conservando el contrato plena vigencia en todo lo demás.
Si la nulidad afectare el contrato de modo tal que se desvirtúe su sentido y propósito inicial, las PARTES acuerdan negociar de buena fe nuevos términos que se asemejen lo más posible al sentido de la disposición declarada nula. De no ser ello posible, y de estimar las PARTES que el contrato se ha desvirtuado en su sentido y propósito inicial, se producirá la terminación del mismo.
Art. 12. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Para efectos de comunicaciones y notificaciones, las PARTES señalan los siguientes datos de contacto:
Datos del TRANSPORTISTA:
________
Correo electrónico: ________
Número de teléfono: ________
Datos del APODERADO:
________
Correo electrónico: ________
Número de teléfono: ________
Las PARTES acuerdan que los medios de comunicación señalados son válidos para las comunicaciones y notificaciones derivadas del presente contrato. En caso de modificación de alguno de ellos, la Parte respectiva deberá notificarlo a la otra dentro de los tres días siguientes de producido el cambio, bajo apercibimiento de tenerse por válidamente realizada cualquier comunicación o notificación dirigida a los datos consignados en este contrato.
Art. 13. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN. Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las PARTES fijan domicilio en la comuna de ________, y acuerdan someter cualquier asunto o controversia derivada de la aplicación, interpretación, duración, validez, cumplimiento o terminación del presente contrato al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la República de Chile.
Art. 14. EJEMPLARES. El presente contrato se firma en dos ejemplares de idéntico tenor y fecha, quedando uno en poder de cada una de las PARTES.
__________________________
(firma)
TRANSPORTISTA
________
C.I. Nº ________
__________________________
(firma)
APODERADO
________
C.I. Nº ________
Fields you complete are inserted into the document live. This template is general guidance only — not legal advice.