Contrato de Influencer - Documento Modelo para Rellenar Pro · CL-law

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Contrato de Influencer - Documento Modelo para Rellenar
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN PUBLICITARIA (CONTRATO DE INFLUENCER)

En la ciudad de ________, República de Chile, a ________, comparecen: por una parte, y en calidad de ANUNCIANTE, ________, Cédula Nacional de Identidad________, estado civil ________, de profesión u ocupación ________, con domicilio en ________, comuna de ________, región de ________, Rol Único Tributario Nº ________; y por la otra parte, en calidad de INFLUENCER, ________, Cédula Nacional de Identidad________, estado civil ________, de profesión u ocupación ________, con domicilio en ________, comuna de ________, región de ________, Rol Único Tributario Nº ________.

La ANUNCIANTE y el INFLUENCER, en adelante denominados, indistinta e individualmente, la "Parte", y conjuntamente las "Partes", declaran reconocerse recíprocamente la capacidad legal suficiente para contratar y obligarse, conforme a los artículos 1445 y siguientes del Código Civil, y se hacen responsables de la veracidad de sus declaraciones, exponiendo lo siguiente:


EXPONEN

I.- Que la ANUNCIANTE es titular de la siguiente marca comercial: ________.

II.- Que la presencia y notoriedad del INFLUENCER en redes sociales resulta relevante para la promoción y publicidad de la marca individualizada precedentemente.

III.- Que ambas Partes reconocen y declaran que la relación que por este instrumento se constituye es de naturaleza estrictamente civil y mercantil, no existiendo entre ellas vínculo de subordinación ni dependencia, por lo que no le resulta aplicable el Código del Trabajo.

IV.- Que, en virtud de lo expuesto, las Partes, de manera libre y voluntaria, vienen en celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios de Promoción y Difusión Publicitaria (en adelante, el "Contrato"), que se regirá por las siguientes


CLÁUSULAS


Art. 1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Por el presente Contrato, el INFLUENCER se obliga a prestar a la ANUNCIANTE servicios de promoción, publicidad y difusión de productos y/o servicios correspondientes a la marca ________, a través de sus redes sociales y demás medios digitales que se indican en este instrumento.

Respecto de la colaboración entre la ANUNCIANTE y el INFLUENCER, se establecen los siguientes detalles específicos:

________

Asimismo, las Partes acuerdan la creación de un código de descuento personalizado para el INFLUENCER, que será compartido con sus seguidores a través de las redes sociales detalladas en este Contrato.


Art. 2.- TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LAS PUBLICACIONES.
Las Partes acuerdan que el INFLUENCER elaborará contenido para la promoción y difusión de la marca de la ANUNCIANTE, el que será publicado en las siguientes plataformas:

________

El contenido de las publicaciones realizadas por el INFLUENCER deberá cumplir las siguientes directrices:

a) El INFLUENCER deberá realizar ________ publicaciones por día.

b) El INFLUENCER deberá realizar obligatoriamente los siguientes tipos de publicaciones:

________

Respecto a los términos y condiciones del Contrato:

a) El contenido creado por el INFLUENCER deberá permanecer publicado en las redes sociales por el período de ________, acordado entre las Partes.

b) Las publicaciones deberán hacer referencia al contenido, URL o hashtags que proporcione la ANUNCIANTE, así como a los eventuales anexos existentes.

c) La ANUNCIANTE se reserva el derecho de revisar y aprobar el contenido creado por el INFLUENCER con anterioridad a su publicación. Las Partes trabajarán de manera colaborativa para cumplir los objetivos y estándares establecidos por la ANUNCIANTE.

d) El INFLUENCER mantendrá exclusividad respecto de la marca de la ANUNCIANTE, constituyendo causal de terminación del Contrato la prestación de servicios para marcas de la competencia.

e) Los contenidos creados por el INFLUENCER deberán ser originales, inéditos y exclusivos para el propósito de este Contrato.

f) El INFLUENCER deberá informar a su audiencia, de manera clara, que el contenido creado para la ANUNCIANTE es de carácter publicitario o patrocinado, conforme a la normativa de protección de los derechos de los consumidores contenida en la Ley Nº 19.496.


Art. 3.- PRECIO Y FORMA DE PAGO.
En concepto de remuneración por los servicios de promoción y difusión prestados, la ANUNCIANTE pagará al INFLUENCER lo siguiente:

Una remuneración de periodicidad ________, consistente en $________ (________ pesos chilenos), sin Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido (en adelante, la "remuneración").

Conforme se deja constancia, el monto antes señalado no incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el que será de cargo de quien corresponda según la legislación tributaria vigente.

La remuneración será pagada mediante ________, en la cuenta o lugar convenido por las Partes.

El pago de la remuneración se realizará dentro de los ________ días corridos contados desde la recepción de la boleta de honorarios emitida por el INFLUENCER a la ANUNCIANTE.

Adicionalmente, cada vez que un cliente utilice el código promocional del INFLUENCER y adquiera uno de los productos de la ANUNCIANTE, el INFLUENCER recibirá el siguiente porcentaje sobre la venta: ________% (________ por ciento).

El INFLUENCER deberá emitir la correspondiente boleta de honorarios por los servicios prestados, siendo de su exclusivo cargo y responsabilidad el cumplimiento de las obligaciones tributarias que correspondan, incluido el entero de los impuestos a que haya lugar conforme a la Ley sobre Impuesto a la Renta.


Art. 4.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
El presente Contrato tendrá la duración de la campaña, entrando en vigor el día ________ y finalizando el día ________. Llegada su finalización, el Contrato terminará automáticamente, sin necesidad de declaración judicial y sin posibilidad de prórroga tácita. No obstante, las Partes podrán acordar por escrito nuevas colaboraciones.


Art. 5.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
El INFLUENCER se obliga a prestar los servicios de promoción y difusión de manera diligente, profesional y oportuna, cumpliendo con los plazos, directrices y estándares de calidad establecidos por la ANUNCIANTE en el presente Contrato. Asimismo, se obliga a crear contenido original, veraz y respetuoso, que no atente contra la imagen, prestigio ni reputación de la ANUNCIANTE ni de su marca, y a abstenerse de realizar publicaciones que contengan información falsa, engañosa, ofensiva o contraria a la ley, la moral o las buenas costumbres.

Por su parte, la ANUNCIANTE se obliga a proporcionar al INFLUENCER, en tiempo y forma, toda la información, materiales, productos y directrices necesarias para el correcto desarrollo de los servicios, así como a pagar la remuneración acordada en los términos y plazos establecidos en el presente Contrato.

Asimismo, las Partes podrán poner término al presente Contrato por mutuo acuerdo, debidamente notificado por escrito. En caso de terminación anticipada, la ANUNCIANTE se obliga a pagar al INFLUENCER la fracción de la remuneración correspondiente al tiempo en que efectivamente se prestaron los servicios hasta la fecha de la terminación.


Art. 7.- NO COMPETENCIA.
Durante la ejecución de los servicios y por el plazo de un año contado desde la terminación del Contrato, dentro del territorio nacional, el INFLUENCER se obliga a abstenerse de promocionar productos o servicios de terceros que resulten similares o competitivos respecto del objeto del presente Contrato. Esta obligación se establece como restricción razonable y proporcionada en cuanto a su objeto, plazo y territorio.

La ANUNCIANTE podrá renunciar a esta cláusula de no competencia, en cualquier momento durante la vigencia del Contrato o dentro de los 10 días siguientes a su terminación, lo que notificará debidamente al INFLUENCER.


Art. 8.- CONFIDENCIALIDAD.
Las Partes se obligan a adoptar todas las medidas necesarias para mantener el carácter confidencial y reservado de la información que entre ellas se comunique con motivo de la celebración y ejecución del Contrato, así como de aquella que lleguen a conocer durante la realización de su objeto.

Se considerará Información Confidencial toda la información transmitida entre las Partes en virtud del Contrato, incluyendo, sin limitación, datos comerciales, financieros y administrativos, secretos empresariales, prácticas comerciales, planes de negocios, presupuestos, marcas comerciales, derechos de propiedad intelectual e industrial, bases de datos, informes, publicaciones, ilustraciones, software, planes de productos, servicios, listas de clientes y cualquier otra información sensible y de carácter propietario que pueda ser revelada durante la ejecución del Contrato.

Las Partes se obligan a usar dicha información con el único fin de la ejecución del Contrato. Se excluye de la obligación de confidencialidad toda información que sea de dominio público, así como aquella que las Partes conocían legítimamente con anterioridad a la celebración del Contrato.

Una vez finalizada la vigencia del Contrato, tanto la ANUNCIANTE como el INFLUENCER se obligan a restituir cualquier documento que contenga Información Confidencial obtenida de la otra Parte, y a destruir todas las copias que de ella pudieren haber obtenido. La obligación de confidencialidad regirá durante toda la vigencia del Contrato y lo sobrevivirá por el plazo de un año contado desde su término. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la obligación de las Partes de dar cumplimiento a la Ley Nº 19.628 sobre Protección de la Vida Privada respecto del tratamiento de datos personales.


Art. 9.- PROPIEDAD INTELECTUAL.
El contenido creado y producido por el INFLUENCER para la ANUNCIANTE en virtud de este Contrato, incluyendo, sin limitación, publicaciones en redes sociales, fotografías, videos, textos y cualquier otro material creativo, será de propiedad del INFLUENCER, conforme a la Ley Nº 17.336 sobre Propiedad Intelectual.

La ANUNCIANTE tendrá un derecho de uso exclusivo y no transferible sobre el contenido creado por el INFLUENCER, más allá del uso promocional propio de este último. Dicho derecho de uso incluye la posibilidad de utilizar el contenido en campañas publicitarias, en sus plataformas digitales y medios de comunicación, y en cualquier otro ámbito relacionado con la promoción y comercialización de sus productos o servicios.

Las Partes reconocen y declaran que cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial, incluyendo derechos de autor, marcas registradas, patentes y demás, existente en relación con el contenido o con cualquier material utilizado en el marco de este Contrato, pertenece a la respectiva Parte titular. Por este Contrato, ninguna de las Partes transfiere ni otorga a la otra derechos de propiedad sobre sus marcas, patentes u otras creaciones de propiedad exclusiva.

Cualquier uso adicional del contenido creado por el INFLUENCER, distinto del uso exclusivo de la ANUNCIANTE establecido en este Contrato, requerirá el consentimiento previo y por escrito del INFLUENCER. Ninguna de las Partes podrá sublicenciar, transferir o ceder los derechos de propiedad intelectual sin el consentimiento expreso y por escrito de la otra.

En caso de que cualquiera de las Partes identifique una infracción o uso no autorizado de derechos de propiedad intelectual durante la ejecución del Contrato, se obliga a notificarlo de inmediato a la otra, colaborando ambas de buena fe en la adopción de las acciones y medidas necesarias para la protección de sus respectivos derechos.

En caso de terminación del Contrato por caso fortuito o fuerza mayor, la ANUNCIANTE se obliga a pagar al INFLUENCER la fracción de la remuneración correspondiente al tiempo en que efectivamente se prestaron los servicios.


Art. 11.- LEY APLICABLE.
El presente Contrato se regirá por las leyes de la República de Chile y, en caso alguno, por el Código del Trabajo, por no constituir una relación laboral de subordinación y dependencia, tratándose de una prestación de servicios de naturaleza civil y mercantil.


Art. 12.- NULIDAD O INEFICACIA DE UNA CLÁUSULA.
En caso de declararse la nulidad o ineficacia de cualquiera de las disposiciones del presente Contrato, la disposición afectada se tendrá por no escrita, manteniendo el Contrato su plena vigencia y efectos en todo lo demás.

Si la nulidad de la disposición afectare el Contrato de modo tal que desfigure su sentido y propósito inicial, las Partes acuerdan negociar de buena fe nuevos términos que se asemejen lo más posible al sentido de la disposición declarada nula. De no ser ello posible, se producirá la terminación del Contrato.


Art. 13.- DATOS PARA COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.
Para efectos de comunicaciones y notificaciones, las Partes señalan los siguientes datos de contacto:

Datos de la ANUNCIANTE:

Correo electrónico: ________

Número de teléfono: ________

Datos del INFLUENCER:

Correo electrónico: ________

Número de teléfono: ________

Las Partes acuerdan que los medios de comunicación señalados son válidos para todas las comunicaciones y notificaciones derivadas del presente Contrato. En caso de modificarse alguno de ellos, la Parte respectiva deberá notificarlo a la otra a más tardar dentro de los 3 días corridos siguientes al cambio, bajo apercibimiento de tenerse por válidamente realizada cualquier comunicación o notificación dirigida a los datos consignados en este Contrato.


Art. 14.- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN.
Para todos los efectos legales derivados del presente Contrato, las Partes fijan su domicilio en la comuna de ________, y se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la República de Chile.


Art. 15.- EJEMPLARES.
El presente Contrato se firma en dos ejemplares de idéntico tenor y fecha, quedando uno en poder de cada Parte.






__________________________

ANUNCIANTE
________
RUT: ________






__________________________

INFLUENCER
________
RUT: ________

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