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Modelo 036 / 037 - Alta de Autónomo (Declaración Censal) - Guía

MODELO 036 / 037 — ALTA DE AUTÓNOMO (DECLARACIÓN CENSAL) — GUÍA

Documento de apoyo. El impreso oficial (Modelo 036 o 037) se presenta en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Esta guía no reproduce el impreso oficial: sirve para preparar y organizar la información antes de la presentación telemática.

1. ¿QUÉ ES LA DECLARACIÓN CENSAL?

La declaración censal es el trámite mediante el cual una persona física o jurídica comunica a la AEAT su alta, modificación o baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Para darse de alta como autónomo debe presentarse antes del inicio de la actividad. Con ella se comunican, entre otros datos, la actividad económica que se va a desarrollar (epígrafe del IAE), el domicilio fiscal y las obligaciones tributarias en materia de IVA e IRPF.

Conviene tener claro desde el principio que el alta censal en Hacienda (Modelo 036 / 037) y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social son dos trámites distintos, que se realizan ante organismos diferentes. Ambos son necesarios para operar legalmente como autónomo.

2. MODELO 037 (SIMPLIFICADO) FRENTE AL MODELO 036 (GENERAL)

El Modelo 036 es la declaración censal general y debe usarse en los demás casos: sociedades y otras entidades, autónomos que se inscriben en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), quienes tributan en regímenes especiales de IVA (por ejemplo, recargo de equivalencia en ciertos supuestos, régimen de la agricultura, comercio electrónico), quienes actúan mediante representante o quienes tienen obligaciones aduaneras. En caso de duda, el 036 siempre es válido.

  • Modelo que voy a presentar (036 o 037): ________
  • Motivo por el que uso ese modelo: ________

3. DATOS QUE SE NECESITAN

Datos del declarante:

  • Nombre y apellidos: ________
  • NIF / NIE: ________
  • Domicilio fiscal (calle, número, código postal, municipio, provincia): ________
  • Teléfono de contacto: ________
  • Correo electrónico: ________

Datos de la actividad:

  • Descripción de la actividad económica: ________
  • Epígrafe del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas): ________
  • Lugar de realización de la actividad (domicilio de la actividad, si difiere del fiscal): ________
  • Fecha de inicio de la actividad: ________

Obligaciones tributarias:

  • Régimen de IVA aplicable (general, exención, recargo de equivalencia, etc.): ________
  • Régimen de IRPF (estimación directa simplificada, estimación directa normal o estimación objetiva/módulos): ________
  • ¿Practicará retenciones (por ejemplo, en nóminas o alquileres)? Sí / No: ________

4. GUÍA PASO A PASO

Paso 1 — Alta antes del inicio de la actividad. Presente el Modelo 036 o 037 en la sede electrónica de la AEAT con anterioridad al inicio efectivo de la actividad. En este momento comunica el alta en el censo, el domicilio fiscal y los datos identificativos.

  • Fecha prevista de presentación del alta censal: ________

Paso 2 — Selección del epígrafe del IAE. Elija el epígrafe (o epígrafes) que mejor describa su actividad dentro de las tarifas del IAE. El epígrafe determina la sección (empresarial, profesional o artística) y condiciona algunas obligaciones. La mayoría de autónomos con cifra de negocios inferior a 1.000.000 € están exentos del pago del IAE, pero deben igualmente declarar el epígrafe.

  • Epígrafe(s) del IAE seleccionado(s): ________
  • Sección (empresarial / profesional / artística): ________

Paso 3 — Régimen de IVA. Indique el régimen de IVA correspondiente a su actividad (régimen general, actividades exentas conforme al artículo 20 de la Ley del IVA, recargo de equivalencia para el comercio minorista, etc.). Este régimen determina si debe repercutir IVA en sus facturas y presentar el Modelo 303.

  • Régimen de IVA declarado: ________

Paso 4 — Régimen de IRPF. Elija el método de determinación del rendimiento: estimación directa simplificada (opción habitual para la mayoría de autónomos con cifra de negocios inferior al límite legal), estimación directa normal o estimación objetiva (módulos) cuando la actividad esté incluida en la Orden de módulos y no se haya renunciado a ella.

  • Régimen de IRPF declarado: ________

Paso 5 — Obligaciones de facturación y declaraciones periódicas. Como autónomo deberá emitir facturas conforme al Reglamento de Facturación, conservar los libros registro correspondientes y presentar las autoliquidaciones periódicas que le correspondan:

  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF (trimestral), cuando tribute en estimación directa y no tenga la mayoría de ingresos sujetos a retención.
  • Modelo 303: autoliquidación trimestral del IVA, cuando la actividad esté sujeta y no exenta.
  • Declaraciones resumen anuales cuando proceda (por ejemplo, Modelo 390 de IVA y la declaración de la renta anual).
  • Declaraciones periódicas previstas (130 / 303 / otras): ________
  • Periodicidad de presentación: ________

  • Fecha de solicitud del alta en el RETA: ________
  • Base de cotización elegida / tramo de rendimientos netos previstos: ________
  • ¿Solicita tarifa plana? Sí / No: ________

5. LISTA DE COMPROBACIÓN

  • He decidido si presento el Modelo 036 o el 037: ________
  • Dispongo de NIF/NIE y certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico para la presentación telemática: ________
  • He identificado el epígrafe del IAE de mi actividad: ________
  • He determinado mi régimen de IVA: ________
  • He determinado mi régimen de IRPF (directa / módulos): ________
  • Presentaré el alta censal antes del inicio de la actividad: ________
  • He solicitado (o solicitaré) el alta en el RETA en plazo: ________
  • He comprobado si tengo derecho a la tarifa plana: ________
  • Conozco las declaraciones periódicas que deberé presentar (130 / 303): ________

6. TABLA RESUMEN

ConceptoDato
Actividad económica________
Epígrafe del IAE________
Régimen de IVA________
Régimen de IRPF________
Fecha de alta________

Presentación telemática en la sede electrónica de la AEAT (Modelo 036 / 037). Alta en el RETA en la sede electrónica de la Seguridad Social (Importass). Ambos trámites son distintos y ambos son necesarios.

Los campos que completas se insertan en el documento en tiempo real. Esta plantilla es solo una orientación general, no asesoramiento jurídico.