Contrato de Consultoría - Documento Modelo | Formulario Pro · MX-law
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En ________, a ________.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORÍA
Contrato de prestación de servicios profesionales de consultoría (en lo sucesivo, el "Contrato") que celebran, por una parte, ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Consultor"; y por la otra parte, ________, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Cliente". Al conjunto del Consultor y el Cliente se les denominará conjuntamente "Las Partes" e individual e indistintamente como "la Parte", quienes formulan las siguientes Declaraciones y se obligan al tenor de las Cláusulas que más adelante se consignan.
DECLARACIONES
I.- Declara el Consultor, bajo protesta de decir verdad:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente Contrato.
b) Ser persona física, de nacionalidad mexicana, mayor de edad y contar con la capacidad jurídica y de ejercicio plena para obligarse a nombre y por cuenta propios en los términos del presente Contrato, en términos de los artículos 22, 23 y 1798 del Código Civil Federal y sus correlativos de la legislación civil local aplicable.
c) Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP): ________.
d) Encontrarse inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con clave (RFC): ________, y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
e) Tener su domicilio ubicado en: ________, mismo que señala para todos los efectos legales derivados del presente Contrato.
f) Contar con los conocimientos técnicos, la experiencia profesional, la infraestructura y los elementos propios necesarios para prestar los servicios contratados en favor del Cliente, en términos del artículo 2606 del Código Civil Federal.
g) Que es su libre voluntad prestar en favor del Cliente los servicios profesionales que se describen en el clausulado del presente Contrato.
II.- Declara el Cliente, bajo protesta de decir verdad:
a) Llamarse tal y como ha quedado asentado en el proemio del presente Contrato.
b) Ser persona física, mayor de edad y contar con la capacidad jurídica y de ejercicio plena para obligarse a nombre y por cuenta propios en los términos del presente Contrato.
c) Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP): ________.
d) Encontrarse inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con clave (RFC): ________.
e) Tener su domicilio ubicado en: ________, mismo que señala para todos los efectos legales derivados del presente Contrato.
f) Que es su libre voluntad recibir los servicios profesionales de consultoría que el Consultor prestará en virtud del presente Contrato, así como cubrir la contraprestación pactada.
III.- Declaran Las Partes, de manera conjunta:
a) Que se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparecen, así como la suficiencia para obligarse recíprocamente.
b) Que en la celebración del presente Contrato no existe error, dolo, violencia, lesión, mala fe ni vicio alguno del consentimiento que pudiere invalidarlo, en términos de los artículos 1812 y 1813 del Código Civil Federal.
c) Que conocen el alcance y contenido de cada una de las estipulaciones del presente instrumento y, en virtud de lo anterior, se someten a lo establecido en las siguientes:
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente Contrato consiste en la prestación de servicios profesionales independientes de consultoría que el Consultor brindará en favor del Cliente, de conformidad con lo establecido en el Título Décimo del Código Civil Federal y sus correlativos de la legislación civil local aplicable, consistentes en:
________
El Consultor prestará los servicios con la diligencia, calidad y mejor saber técnico que su profesión exige, obligándose únicamente a una obligación de medios, salvo pacto expreso en contrario.
CLÁUSULA SEGUNDA.- VIGENCIA. El presente Contrato estará vigente desde la fecha de su firma y hasta el ________, sin perjuicio de las cláusulas cuya naturaleza implique que subsistan con posterioridad a su terminación, tales como las relativas a confidencialidad, propiedad intelectual y responsabilidad.
CLÁUSULA TERCERA.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. El Consultor prestará los servicios de consultoría en el domicilio ubicado en: ________, sin perjuicio de que, dada la naturaleza independiente de los servicios, el Consultor pueda desarrollarlos en el lugar que estime conveniente conforme a su autonomía técnica.
CLÁUSULA QUINTA.- INFORMES. El Cliente podrá solicitar al Consultor que rinda informes relativos a la consultoría, para lo cual deberá requerirlos por escrito, precisando la información que requiere. El Consultor tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles, contados a partir de la recepción del requerimiento, para rendir los informes correspondientes.
CLÁUSULA SEXTA.- CONTRAPRESTACIÓN Y FORMA DE PAGO. El Cliente se obliga a pagar en favor del Consultor, por concepto de honorarios, la cantidad total de $________ (________), cantidad a la que deberá adicionarse el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, conforme a la legislación fiscal aplicable. El Consultor se obliga a expedir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que reúna los requisitos fiscales vigentes. El pago se efectuará mediante transferencia electrónica de fondos a la cuenta siguiente:
- Número de Cuenta: ________
- CLABE Interbancaria: ________
- Titular: ________
- Banco: ________
El pago se realizará conforme a la periodicidad y condiciones siguientes: ________. Cubierto el importe respectivo, el presente Contrato y el comprobante de transferencia servirán como el recibo de pago más amplio que en derecho corresponda.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- NATURALEZA Y RELACIÓN ENTRE LAS PARTES. Las Partes reconocen y aceptan que el presente Contrato es de naturaleza estrictamente civil, regido por las disposiciones aplicables del Código Civil Federal y sus correlativos de la legislación civil local, por lo que no existe ni se generará relación laboral alguna entre el Consultor y el Cliente, en términos de los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo.
En consecuencia, el Consultor prestará sus servicios con plena autonomía técnica, operativa y económica, sin estar sujeto a subordinación, dirección, jornada u horario de trabajo. El Consultor será el único responsable de las obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social que se generen respecto del personal que, en su caso, llegue a contratar para el cumplimiento del presente Contrato, obligándose a sacar en paz y a salvo al Cliente de cualquier reclamación, demanda o responsabilidad de dicha naturaleza, incluyendo gastos y costas que se generen.
CLÁUSULA NOVENA.- RESPONSABILIDAD JURÍDICA. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente Contrato, la Parte afectada podrá exigir el cumplimiento forzoso o la rescisión, así como, en cualquier caso, el pago de los daños y perjuicios que el incumplimiento le hubiere ocasionado, en términos de los artículos 1949, 2104 y 2107 del Código Civil Federal, además de las compensaciones legales que resulten procedentes.
CLÁUSULA DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD. Las Partes convienen en que, a partir de la fecha de celebración del presente Contrato, cualquier "información confidencial" generada con motivo del mismo no podrá ser enajenada, arrendada, prestada, grabada, negociada, revelada, publicada, transmitida o de cualquier forma divulgada o proporcionada a persona física o moral alguna por cualquier medio, ni total ni parcialmente, sin la autorización previa y por escrito de la Parte titular de dicha información.
Las Partes convienen expresamente en que no podrán aprovechar ni utilizar la "información confidencial" para sí mismas o para fines ajenos a este Contrato. Esta obligación de confidencialidad subsistirá por un plazo de 5 (cinco) años contados a partir de la terminación del presente Contrato.
Si cualquiera de Las Partes resultare obligada en un procedimiento administrativo o judicial a revelar "información confidencial", deberá dar aviso previo y por escrito a la contraparte para que ésta proteja sus intereses, limitándose la revelación a lo estrictamente requerido por la autoridad competente.
Las Partes manifiestan que el tratamiento de los datos personales que se generen con motivo de este Contrato se realizará conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Para efectos de este Contrato, la "información confidencial" se define como:
- Información incorporada en software o incluida en medios de almacenamiento electrónico.
- Información contenida en documentos, medios magnéticos, discos ópticos, microfilmes, videos, conversaciones y otros medios similares.
- Información revelada en forma oral o escrita relativa a la consultoría.
- Toda información, trabajos, informes, programas y estudios generados con motivo de los servicios prestados, así como las negociaciones relacionadas con el presente Contrato.
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA.- NO COMPETENCIA. Durante la vigencia del presente Contrato y por un plazo de 2 (dos) años contados a partir de su terminación por cualquier causa, Las Partes se abstendrán de realizar, por cuenta propia o ajena, de forma directa o indirecta, actividades concurrentes que impliquen aprovechamiento indebido de la "información confidencial" o que generen competencia desleal en perjuicio de la contraparte o de sus socios comerciales, en los términos y limitaciones que resulten compatibles con la libertad de trabajo prevista en el artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA.- NO CAPTACIÓN. Durante la vigencia del presente Contrato y por un plazo de 2 (dos) años contados a partir de su terminación por cualquier causa, Las Partes se abstendrán de realizar contacto alguno con el fin de captar, sustraer o iniciar actividad comercial con cualquier trabajador, proveedor o cliente de la contraparte. En caso de incumplimiento, la Parte afectada podrá exigir una compensación hasta por un monto equivalente a la cantidad que razonablemente se estime dejada de percibir como consecuencia de dicho incumplimiento.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA.- OBLIGACIONES FISCALES. Cada una de Las Partes se obliga a cubrir las contribuciones y demás erogaciones fiscales que conforme a la legislación aplicable estuvieren a su cargo con motivo del presente Contrato, sin que ninguna de ellas pueda repercutir a la otra cargas fiscales que no le correspondan legalmente.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA.- RESCISIÓN. El Cliente podrá rescindir administrativamente el presente Contrato, sin necesidad de declaración judicial previa, por cualquiera de las siguientes causas imputables al Consultor:
a) Por prestar la consultoría de manera inoportuna o sin apegarse a lo estipulado en el presente Contrato;
b) Por no observar la discreción debida respecto de la información a la que tenga acceso con motivo de la consultoría;
c) Por suspender injustificadamente la consultoría o por negarse a corregir lo rechazado fundadamente por el Cliente;
d) Por negarse a informar al Cliente sobre la prestación y/o el resultado de la consultoría;
e) Por imposibilidad física o mental del Consultor para prestar la consultoría; y
f) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este Contrato.
Para los efectos de esta cláusula, el Cliente comunicará por escrito al Consultor el incumplimiento en que hubiere incurrido, a fin de que, en un término de 10 (diez) días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas correspondientes.
Transcurrido dicho término, el Cliente, tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por el Consultor, determinará de manera fundada y motivada la procedencia o no de la rescisión, y comunicará por escrito al Consultor su determinación. La parte que dé lugar a la rescisión responderá de los daños y perjuicios ocasionados.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES. Las Partes señalan como domicilios para oír y recibir toda clase de notificaciones los indicados en el capítulo de Declaraciones. Todo cambio de domicilio deberá notificarse por escrito a la contraparte con al menos 5 (cinco) días hábiles de anticipación; de no hacerse, las notificaciones practicadas en el domicilio originalmente señalado surtirán plenos efectos.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA.- CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. Ninguna de Las Partes será responsable por el incumplimiento de sus obligaciones cuando éste derive de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados, en términos del artículo 2111 del Código Civil Federal, debiendo la Parte afectada notificar tal circunstancia a la contraparte dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a que tenga conocimiento de la misma.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA.- ACUERDO TOTAL Y MODIFICACIONES. El presente Contrato constituye la totalidad del acuerdo entre Las Partes respecto de su objeto y deja sin efecto cualquier convenio, acuerdo o entendimiento previo, verbal o escrito. Cualquier modificación deberá constar por escrito y estar firmada por ambas Partes. Si alguna disposición del presente Contrato fuere declarada nula o inválida, las demás conservarán plena validez y eficacia.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y JURISDICCIÓN. Las Partes acuerdan que, en caso de presentarse diferencias o controversias derivadas de la interpretación, cumplimiento o ejecución del presente Contrato, procurarán razonablemente resolverlas de forma amistosa mediante un proceso de mediación y/o conciliación de carácter voluntario y previo a cualquier otro. De subsistir la controversia, Las Partes se someten voluntaria y expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales competentes de ________, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles en razón de su domicilio, vecindad presente o futura, o por cualquier otra causa.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES Y ENTERADAS DE SU CONTENIDO, ALCANCE Y FUERZA LEGAL, LO FIRMAN POR DUPLICADO Y SE COMPROMETEN A ESTAR Y PASAR POR ÉL EN TODO TIEMPO Y LUGAR.
__________________________________
________
El Consultor
___________________________________
________
El Cliente
__________________________________
________
Testigo
__________________________________
________
Testigo
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